Sunday, August 29, 2010

DIA INTERNACIONAL PARA LA TOLERANCIA



Artículo 6
Día Internacional para la Tolerancia

A fin de hacer un llamamiento a la opinión pública, poner de relieve los peligros de la intolerancia y reafirmar nuestro apoyo y acción en pro del fomento de la tolerancia y de la educación en favor de ésta, proclamamos solemnemente Día Internacional para la Tolerancia el día 16 de noviembre de cada año.

COMENTARIO:

El Día Internacional para la Tolerancia se crea con la finalidad de que la opinión pública se pronuncie en pro de la tolerancia y contra los actos intolerantes. El día 16 de noviembre de cada año, es conocido como el DIA INTERNACIONAL PARA LA TOLERANCIA, a fin, de que este principio moral se inserte en el subconciente de los ciudadanos y los oriente a una práctica fraternal con todos los seres del mundo.

Mg.Sc. Faustino Beraún Barrantes
Abogado y Economista

FUENTE:
Declaración de Principios sobre la Tolerancia
Proclamada y firmada el 16 de noviembre de 1995
Los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura congregados en París con motivo de la 28ª reunión de la Conferencia General, del 25 de octubre al 16 de noviembre de 1995,

Monday, August 23, 2010

TOLERANCIA Y COMPROMISO PARA LA ACCION


Artículo 5 Compromiso para la acción

Nos comprometemos a fomentar la tolerancia y la no violencia mediante programas e instituciones en los ámbitos de la educación, la ciencia, la cultura y la comunicación.

COMENTARIO:

Los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, se compromenten a desarrollar programas e instituciones para promover la tolerancia y la no violencia en el nivel cultural, científico y la comunicación.

Los programas educativos deben contener la enseñanza de las virtudes de la tolerancia y los medios no violentos de solución de conflictos. El diálogo fraterno entre gobernados y gobernantes es esencial para la difusión de los principios de la tolerancia y la solución de los conflictos por medios no violentos. En este sentido, debemos considerar que la democracia y la tolerancia son virtudes cardinales para el logro de la Paz y de una sana convivencia entre todos los hombres.

Participemos en la difusión de esta Declaración de Principios sobre la Tolerancia, en todos los ámbitos donde se desarrolla la vida humana, para lograr sociedades justas y equitativas donde se respeten los derechos humanos y no haya discriminación política, cultural, social, económica, religiosa, etc.. Para esta finalidad, son importantes las instituciones educativas como las escuelas, los colegios, las universidades, los medios de comunicación pública y, sobre todo, la familia, que es la célula básica de la sociedad.

Mg.Sc. Faustino Beraún Barrantes
Abogado y Economista


FUENTE:
Declaración de Principios sobre la Tolerancia
Proclamada y firmada el 16 de noviembre de 1995

Los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura congregados en París con motivo de la 28ª reunión de la Conferencia General, del 25 de octubre al 16 de noviembre de 1995,

Sunday, August 22, 2010

EL BLOG http://www.faustinoberaunbarrantes.blogspot.com SUPERO LOS 100,000 VISITANTES


Estimados bloggers:


A través de la presente, quiero expresar mi agradecimiento a todos los que han visitado y/o comentado el Blog:



Les reitero mi compromiso de continuar esforzándome para llevarles a Uds. lo mejor de la información en filosofía y política.


Les agradezco la colaboración desinteresada con sus comentarios y aportes para el enriquecimiento de la información que les brindo diariamente.


Muchas Gracias,

Atentamente,


Mg. Sc. Faustino Beraún Barrantes
Abogado y Economista

EDUCACION Y TOLERANCIA


Artículo 4 Educación

4.1 La educación es el medio más eficaz de prevenir la intolerancia. La primera etapa de la educación para la tolerancia consiste en enseñar a las personas los derechos y libertades que comparten, para que puedan ser respetados y en fomentar además la voluntad de proteger los de los demás.

4.2 La educación para la tolerancia ha de considerarse un imperativo urgente; por eso es necesario fomentar métodos sistemáticos y racionales de enseñanza de la tolerancia que aborden los motivos culturales, sociales, económicos, políticos y religiosos de la intolerancia, es decir, las raíces principales de la violencia y la exclusión. Las políticas y los programas educativos deben contribuir al desarrollo del entendimiento, la solidaridad y la tolerancia entre los individuos, y entre los grupos étnicos, sociales, culturales, religiosos y lingüísticos, así como entre las naciones.

4.3 La educación para la tolerancia ha de tener por objetivo contrarrestar las influencias que conducen al temor y la exclusión de los demás, y ha de ayudar a los jóvenes a desarrollar sus capacidades de juicio independiente, pensamiento crítico y razonamiento ético.

4.4 Nos comprometemos a apoyar y ejecutar programas de investigación sobre ciencias sociales y de educación para la tolerancia, los derechos humanos y la no violencia. Para ello hará falta conceder una atención especial al mejoramiento de la formación del personal docente, los planes de estudio, el contenido de los manuales y de los cursos y de otros materiales pedagógicos, como las nuevas tecnologías de la educación, a fin de formar ciudadanos atentos a los demás y responsables, abiertos a otras culturas, capaces de apreciar el valor de la libertad, respetuosos de la dignidad y las diferencias de los seres humanos y capaces de evitar los conflictos o de resolverlos por medios no violentos.

CONCLUSIONES:

La eneseñanza de la tolerancia debe empezar en la familia, en base a los derechos y libertades que cuenta el ser humano para llevar adelante una sana conviviencia humana. Debemos pensar siempre que debemos educar a los niños y a los adolescentes para mañana, mas tarde, no castigar a los hombres.

Debe enseñarse cuáles son las causas de exclusión como las que provienen de intolerancia religiosa, política, étnica, cultural, social, económico, político, de género, etc.

Debemos enseñar a los jóvenes a desarrollar juicios independientes, pensamientos críticos y razonamiento ético que los capacite en la solución de los conflictos sin violencia, con pleno respeto de los derechos humanos, sin caer, en la "tolerancia boba", es decir, de soportar actos de fanáticos religiosos o políticos que atentan: contra los derechos civiles y políticos, los derechos económicos, sociales y culturales, la igualdad racial, la prevención y sanción del Delito de Genocidio, los Derechos del Niño y el Adolescente, los derechos de los refugiados, contra la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer, contra la la eliminación de todas las formas de intolerancia y de discriminación fundadas en la religión o en las creencias, contra los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, contra la eliminación del terrorismo internacional, etc.

Mg.Sc. Faustino Beraún Barrantes
Abogado y Economista

FUENTE:
Declaración de Principios sobre la Tolerancia,Proclamada y firmada el 16 de noviembre de 1995.
Los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura congregados en París con motivo de la 28ª reunión de la Conferencia General, del 25 de octubre al 16 de noviembre de 1995,

Sunday, August 15, 2010

LAS DIMENSIONES SOCIALES DE LA TOLERANCIA


Artículo 3 Dimensiones sociales

3.1 En el mundo moderno, la tolerancia es más esencial que nunca. Nuestra época se caracteriza por la mundialización de la economía y una aceleración de la movilidad, la comunicación, la integración y la interdependencia; la gran amplitud de las migraciones y del desplazamiento de poblaciones; la urbanización y la transformación de los modelos sociales. El mundo se caracteriza por su diversidad, la intensificación de la intolerancia y de los conflictos, lo que representa una amenaza potencial para todas las regiones. Esta amenaza es universal y no se circunscribe a un país en particular.

3.2 La tolerancia es necesaria entre los individuos, así como dentro de la familia y de la comunidad. El fomento de la tolerancia y la inculcación de actitudes de apertura, escucha recíproca y solidaridad han de tener lugar en las escuelas y las universidades, mediante la educación extraescolar y en el hogar y en el lugar de trabajo. Los medios de comunicación pueden desempeñar una función constructiva, facilitando un diálogo y un debate libres y abiertos, difundiendo los valores de la tolerancia y poniendo de relieve el peligro que representa la indiferencia al ascenso de grupos e ideologías intolerantes.

3.3 Como se afirma en la Declaración de la UNESCO sobre la Raza y los Prejuicios Raciales, es preciso adoptar medidas, donde hagan falta, para garantizar la igualdad en dignidad y derechos de los individuos y grupos humanos. A este respecto se debe prestar especial atención a los grupos vulnerables socialmente desfavorecidos para protegerlos con las leyes y medidas sociales en vigor, especialmente en materia de vivienda, de empleo y de salud; respetar la autenticidad de su cultura y sus valores y facilitar su promoción e integración social y profesional, en particular mediante la educación.

3.4 A fin de coordinar la respuesta de la comunidad internacional a este reto universal, se deben realizar y crear, respectivamente, estudios y redes científicos apropiados, que comprendan el análisis, mediante las ciencias sociales, de las causas fundamentales y de las medidas preventivas eficaces, así como la investigación y la observación destinadas a prestar apoyo a los Estados Miembros en materia de formulación de políticas y acción normativa.

COMENTARIO

Caminamos hacia un mundo multicultural, donde los "otros" y "nosotros" nos integramos en razón de una globalización económica y jurídica. En estas circunstancias, la tolerancia es fundamental para la convivencia humana, y debe difundirse a través de las escuelas, universidades,los medios de comunicación, etc. para ayudar a la comprensión de las diversas culturas. Es necesario garantizar la dignidad y la igualdad en derechos de los individuos y de los grupos humanos que se refleje, fundamentalmente, en los servicios de empleo, vivienda, alimentación y salud . Para ello, debe investigarse y formularse políticas adecuadas para promover la tolerancia e integración de todos los seres humanos.


Mg.Sc. Faustino Beraún Barrantes
Abogado y Economista
FUENTE:
Los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura congregados en París con motivo de la 28ª reunión de la Conferencia General, del 25 de octubre al 16 de noviembre de 1995. Declaración de Principios sobre la Tolerancia.

Wednesday, August 11, 2010

LA FUNCION DEL ESTADO Y LA TOLERANCIA


Artículo 2 La función del Estado

2.1 En el ámbito estatal, la tolerancia exige justicia e imparcialidad en la legislación, en la aplicación de la ley y en el ejercicio de los poderes judicial y administrativo. Exige también que toda persona pueda disfrutar de oportunidades económicas y sociales sin ninguna discriminación. La exclusión y la marginación pueden conducir a la frustración, la hostilidad y el fanatismo.

2.2 A fin de instaurar una sociedad más tolerante, los Estados han de ratificar las convenciones internacionales existentes en materia de derechos humanos y, cuando sea necesario, elaborar una nueva legislación, que garantice la igualdad de trato y oportunidades a todos los grupos e individuos de la sociedad.

2.3 Para que reine la armonía internacional, es esencial que los individuos, las comunidades y las naciones acepten y respeten el carácter multicultural de la familia humana. Sin tolerancia no puede haber paz, y sin paz no puede haber desarrollo ni democracia.

2.4 La intolerancia puede revestir la forma de la marginación de grupos vulnerables y de su exclusión de la participación social y política, así como de la violencia y la discriminación contra ellos. Como confirma el Artículo 1.2 de la Declaración sobre la Raza y los Prejuicios Raciales, "todos los individuos y los grupos tienen derecho a ser diferentes".

COMENTARIO:

En la lucha contra el fanatismo, la hostilidad y la frustración de los ciudadanos, el Estado debe de preocuparse en dictar leyes justas e incluyentes. La normas deben servir para integrar e incluir a los grupos e individuos en la sociedad; puesto que, “todos los individuos y los grupos tienen derecho a ser diferentes” (Art.1.2. de la Declaración sobre la Raza y los Perjuicios Raciales”). Y, no por ello, se les debe marginar.

La igualdad de trato y oportunidades, la aceptación y el respeto de la familia humana considerando su carácter multicultural son la única vías de forjar la paz y, con ello, el desarrollo y la democracia.

Al Estado le corresponde promover la tolerancia y la paz y, a nosotros, sembrar valores democráticos sin discriminación de razas, religiones, sexo, ideología, cultura, etc.

Mg. Sc. Faustino Beraún Barrantes
Abogado y Economista


FUENTE:
Los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura congregados en París con motivo de la 28ª reunión de la Conferencia General, del 25 de octubre al 16 de noviembre de 1995. Declaración de Principios sobre la Tolerancia.

Saturday, August 07, 2010

SIGNIFICADO DE LA TOLERANCIA


Artículo 1 Significado de la tolerancia

1.1 La tolerancia consiste en el respeto, la aceptación y el aprecio de la rica diversidad de las culturas de nuestro mundo, de nuestras formas de expresión y medios de ser humanos. La fomentan el conocimiento, la actitud de apertura, la comunicación y la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. La tolerancia consiste en la armonía en la diferencia. No sólo es un deber moral, sino además una exigencia política y jurídica. La tolerancia, la virtud que hace posible la paz, contribuye a sustituir la cultura de guerra por la cultura de paz.

1.2 Tolerancia no es lo mismo que concesión, condescendencia o indulgencia. Ante todo, la tolerancia es una actitud activa de reconocimiento de los derechos humanos universales y las libertades fundamentales de los demás. En ningún caso puede utilizarse para justificar el quebrantamiento de estos valores fundamentales. La tolerancia han de practicarla los individuos, los grupos y los Estados.


1.3 La tolerancia es la responsabilidad que sustenta los derechos humanos, el pluralismo (comprendido el pluralismo cultural), la democracia y el Estado de derecho. Supone el rechazo del dogmatismo y del absolutismo y afirma las normas establecidas por los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos.

1.4 Conforme al respeto de los derechos humanos, practicar la tolerancia no significa tolerar la injusticia social ni renunciar a las convicciones personales o atemperarlas. Significa que toda persona es libre de adherirse a sus propias convicciones y acepta que los demás se adhieran a las suyas. Significa aceptar el hecho de que los seres humanos, naturalmente caracterizados por la diversidad de su aspecto, su situación, su forma de expresarse, su comportamiento y sus valores, tienen derecho a vivir en paz y a ser como son. También significa que uno no ha de imponer sus opiniones a los demás.

COMENTARIO:

La tolerancia como deber moral, político y social, nos permite incluir al "otro" al que "nosotros" consideramos diferente. Esta inclusión se hace sin renunciar a nuestras convicciones y valores culturales, porque todos tenemos derecho a vivir en paz y armonía, sin imponer nuestras opiniones a los demás, ni mucho menos, aceptar que nos impongan ideas ajenas a nuestros valores. Sin embargo, hay que tener en cuenta que una forma de tolerancia "boba" sería aceptar la injusticia social, el dogmatismo y el absolutismo de personas o grupos que violan los derechos humanos. En estos casos, hay que combatir y denunciar estas injusticias y violaciones que destruyen a la humanidad .


Mg. Sc. Faustino Beraún Barrantes
Abogado y Economista


Fuente:
Los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura congregados en París con motivo de la 28ª reunión de la Conferencia General, del 25 de octubre al 16 de noviembre de 1995, aprobaron la Declaración de Principios sobre la Tolerancia