Thursday, June 12, 2008

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE

¿Existe en nuestra sociedad el Derecho a no tener hambre? . Al parecer es un derecho que no está garantizado en el ordenamiento institucional existente.

No existen los derechos de trasfondo que justifiquen a nuestra sociedad la toma de decisiones políticas para implementar el Derecho a no tener hambre. Tampoco, existen derechos institucionales específicos que justifiquen la decisión de implementar políticas para erradicar el hambre.

La sociedad debe reconocer el Derecho a que los ciudadanos tengan políticas dirigidas a asegurar que todos los hombres , mujeres, ancianos y niños tengan derecho a medios adecuados para su subsistencia.

Esto no quiere decir que la obligación de la sociedad es tener los medios de antemano, sino, que tan sólo se obliga a establecer las políticas necesarias para conseguir el derecho a estar libre de hambre.

En otras palabras, el reconocimiento del derecho a estar libre de hambre daría a los hombres y mujeres el derecho a exigir que una determinada política esté dirigida a asegurar el objetivo de hacer del derecho a medios adecuados un derecho realizable.

El derecho a estar libre de hambre es el derecho a políticas para asegurar los medios adecuados para la subsistencia; con esto se lograría que con el ejercicio de sus derechos las personas puedan tener acceso a un conjunto de bienes alimenticios para realizar su derecho a estar libre de hambre. .

En conclusión, de positivizarse el derecho a estar libre de hambre, la sociedad estaría obligada a decidir las políticas necesarias para asegurar los medios de subsistencia y los ciudadanos de exigir el establecimientos de esas políticas. Es decir, los hambrientos tienen derecho moral a la alimentación y la sociedad el deber moral de proveer la alimentación o los medios necesarios para proveer tal alimentación.

Mg.Sc. Faustino Beraún Barrantes

BIBLIOGRAFIA
AMARTYA K.SEN."El Derecho a no tener hambre".Universidad Externado de Colombia.Centro de Investigación en Filosofía y Derecho.Traducción Everaldo Lamprea Montealegre.1a.Edic.2002.Perú.pp.1-35.
Este artículo apareció orginalmente en The Right to Food, editado por José P.Alston y K. Tomasevki.

422 comments:

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Unknown said...

Este derecho no se da en nuestro paìs, actualmente se viene promoviendo ciertas campañas de alimentaciòn a los escolares, pero este tema deberia ampliarse para aquellas personas que carecen de recursos y sufren de desnutriciòn esto empobrece cada ves màs al paìs puesto que la alimentaciòn es base para un buen desarrollo fisico y mental, esto supone tambien a la cantidad de personas que se encuentran el paìs sin recurso alguno y sòlo sobreviven en la calle, lamentable detràs de esto esta la pobreza. Se nos hace necsario la toma de decisiones por parte del gobierno que busquen medios adecuados para ayudar a estas personas.

Universidad Nacional del Callao
Carmen Alvites Crispin. (FCC) 01-C
100028E

Unknown said...

La sociedad debe reconocer el derecho a que los ciudadanos tengan políticas dirigidas a asegurar que todos los hombre, mujeres, ancianos y niños tengan derechos a medios adecuados para su subsistencia, no quiere decir que la obligación de la sociedad es deber los medios de antemano sino que tan solo se obliga a establecer las políticas necesarias para que todo hambriento tiene derecho moral a la alimentación y la sociedad el deber de proveer la alimentación a los medios necesarios para proveer tal alimento.
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
01C FCC

JOHANE HUMMEL AGUSTINI said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PRIVADO, PÚBLICO Y SOCIAL

HUMMEL AGUSTINI, JOHANE KATHERINE
PRIMER CICLO. TURNO 01C
100406J


El derecho a no tener hambre es el derecho a políticas para asegurar los medios adecuados para la subsistencia. Esto daría la garantía que todas personas que estén regidas por este derecho, puedan obtener los alimentos necesarios para su vida diaria.

Este derecho beneficiaria principalmente a las personas de bajos recursos económicos, proporcionándole alimentos para su alimentación. Y a la vez generaría un desarrollo a nivel social en el país.
Esta en nuestras manos que este derecho se llegue a cumplir por el bienestar de nosotros y del país.

JOHANE HUMMEL AGUSTINI said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PRIVADO, PÚBLICO Y SOCIAL

HUMMEL AGUSTINI, JOHANE KATHERINE
PRIMER CICLO. TURNO 01C
100406J

El derecho a no tener hambre es el derecho a políticas para asegurar los medios adecuados para la subsistencia. Esto daría la garantía que todas personas que estén regidas por este derecho, puedan obtener los alimentos necesarios para su vida diaria.

Este derecho beneficiaria principalmente a las personas de bajos recursos económicos, proporcionándole alimentos para su alimentación. Y a la vez generaría un desarrollo a nivel social en el país.
Esta en nuestras manos que este derecho se llegue a cumplir por el bienestar de nosotros y del país.

JOHANE HUMMEL AGUSTINI said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PRIVADO, PÚBLICO Y SOCIAL

HUMMEL AGUSTINI, JOHANE KATHERINE
PRIMER CICLO. TURNO 01C
100406J

El derecho a no tener hambre es el derecho a políticas para asegurar los medios adecuados para la subsistencia. Esto daría la garantía que todas personas que estén regidas por este derecho, puedan obtener los alimentos necesarios para su vida diaria.

Este derecho beneficiaria principalmente a las personas de bajos recursos económicos, proporcionándole alimentos para su alimentación. Y a la vez generaría un desarrollo a nivel social en el país.
Esta en nuestras manos que este derecho se llegue a cumplir por el bienestar de nosotros y del país.

Unknown said...

Universidad Nacional del Callao
Elkin Quispe Negreiros
1er ciclo 01-C mañana (FCC)
104018-D

Debería de ser el derecho de la política alimentar a todos los ciudadanos, pero especialmente a aquellas personas que verdaderamente requieran de una alimentación, porque hay muchos casos como en los acentamientos humanos, provincias de nuestro país en los que no cuentan con los recursos ni los medios adecuados para su subsistencia.
El texto tiene mucha razón y algún partido político debería plantearlo.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
Primer ciclo 1-C
VALENTIN CAMINO, WALTER
100031F



Desde hace mucho se ha buscado erradicar las hambrunas existenetes en nuestro país, pero lamentablemente algunos gobiernos
no le toman mucha importancia a este tema. Es por eso que estoy de acuerdo con que exista ya en el Perú "El derecho a no tener hambre", para que
el gobierno que esté a cargo busque la manera como acabar con esto lo más antes posible.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Susan Dajaira Rodriguez Fernandez
01-C FCC TURNO:MAÑANA

Si existiera un derecho a no tener hambre, se salvarían muchas vidas, pero esto no es solo trabajo del Estado sino también de nosotros como sociedad, porque estaríamos en la obligación moral de hacer algo para que esto se concretice.

abraham said...

universidad nacional del callao
Callacna calvo abraham
01-c turno mañana (FCC)

El derecho a no tener hambre solo se acata en algunas partes de nuestro pais .El gobierno debe tomar cartas en el asunto para que ese derecho llegue a las personas mas necesitadas de nuestro pais

Gretta Guimaraes Vergara said...

Hoy en día en el Perú , a pesar de que se han implementado programas nacionales que incentivan la satisfacción de necesidades tanto de los niños , las madres como los ancianos ;no es distribuido equitativamente a nivel nacional .Es por eso que considero importante que exista un derecho a no tener hambre , ya que de esa manera el estado estará obligado a alimentar a toda su población , especialmente a los más necesitados que tanta falta les hace. Además no olvidar , que a partir del planteamiento de este derecho , muchos más niños serán alimentados adecuadamente , es decir incrementará el intelecto de estos y así habrá muchos más ciudadanos capaces de poder representarnos.


GUIMARAES VERGARA GRETTA NADIR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
PRIMER CICLO . TURNO 01C
DERECHO PRIVADO , PÚBLICO Y SOCIAL

Anonymous said...

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
UNIVERSIDAD DEL CALLAO
AULA 01-C
104020I

Hoy en nuestro país existe extrema pobreza , mucho de nuestros compatriotas sufren
por esta razón ,
las enfermedades de desordenes alimenticios acechan,
la desnutrición como principal enemigo , por eso es vital
que se reconozca el derecho a
NO TERNE HAMBRE ,
a parte que ele estado debe tomar las medidas
adecuadas para poder solventar
este derecho teniendo la obligación
de satisfacer al pueblo.

Unknown said...

El derecho de hambre nos plantea una perspectiva de la realidad.
se supone que el estado debe proteger y promover el desarrollo económico.
vemos que este derecho se ha implementando en algunos sectores de la sociedad como el PRONAA , vasos de leche, comedor populares, entre otros.

Vemos que no existen derechos institucionales específicos
que justifiquen la decisión
de implementar políticas para erradicar el hambre.
La sociedad debe reconocer el Derecho a que los ciudadanos tengan políticas dirigidas a asegurar que todos los hombres , mujeres, ancianos y niños
tengan derecho a medios adecuados para su subsistencia. Debemos saber que no existen instituciones especificas que justifiquen
la decisión de implementar políticas para erradicar el hambre.

creo que en vez de darle la prioridad a políticas que garanticen la seguridad de la población, debe incrementar la protección de derechos fundamentales y en este caso
del llamado "El derecho a no tener hambre".

Es importante tener en cuenta este planteamiento para lograr que la alimentación sea considerada como un derecho fundamental.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
GEMA BAQUERIZO DE LA TORRE
01-C FCC

Unknown said...

El derecho de hambre nos plantea una perspectiva de la realidad.
se supone que el estado debe proteger y promover el desarrollo económico.
vemos que este derecho se ha implementando en algunos sectores de la sociedad como el PRONAA , vasos de leche, comedor populares, entre otros.

Vemos que no existen derechos institucionales específicos
que justifiquen la decisión de implementar políticas para erradicar el hambre.
La sociedad debe reconocer el Derecho a que los ciudadanos tengan políticas dirigidas a asegurar que todos los hombres , mujeres, ancianos y niños
tengan derecho a medios adecuados
para su subsistencia.
Debemos saber que no existen instituciones especificas que justifiquen la decisión de implementar políticas para erradicar el hambre.

creo que en vez de darle la prioridad a políticas que garanticen la seguridad de
la población, debe incrementar
la protección de derechos fundamentales y en este caso
del llamado "derecho a no tener hambre".

Es importante tener en cuenta
este planteamiento para lograr
que la alimentación sea considerada como un derecho fundamental.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
BAQUERIZO DE LA TORRE GEMA
01-C FCC

Hans Colonia Suárez said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PRIVADO, PÚBLICO Y SOCIAL

COLONIA SUÁREZ, HANS JUNIOR JOSUÉ
100026-B
01-C Mañana

ES IMPORTANTE QUE SE ESTABLEZCA UNA NUEVA LEY QUE TENGA POR OBJETO, POR EJEMPLO, GARANTIZAR EL DERECHO DE TODA PERSONA A UNA INGESTA MÍNIMA DE ALIMENTOS PARA QUE LE EVITE PASAR HAMBRE A CAUSA DE SU SITUACIÓN ECONÓMICA. QUE SE ESTABLEZCAN DIVERSAS POSIBILIDADES COMO EL ACCESO A COMEDORES POPULARES, BOLSAS DE ALIMENTOS O BECAS PARA COMEDORES ESCOLARES SOBRETODO EN LAS ZONAS MÁS POBRES DEL PERÚ.

Unknown said...

El derecho de hambre nos plantea una perspectiva de la realidad.
se supone que el estado debe proteger y promover el desarrollo económico.
vemos que este derecho se ha implementando en algunos sectores de la sociedad como el PRONAA , vasos de leche, comedor populares, entre otros.

Vemos que no existen derechos institucionales específicos
que justifiquen la decisión de implementar políticas para erradicar el hambre.
La sociedad debe reconocer el Derecho a que los ciudadanos tengan políticas dirigidas a asegurar que todos los hombres , mujeres, ancianos y niños tengan derecho a medios adecuados
para su subsistencia. Debemos saber que no existen instituciones especificas que justifiquen la decisión de implementar políticas para erradicar el hambre.

creo que en vez de darle la prioridad a políticas que garanticen la seguridad de
la población, debe incrementar
la protección de derechos fundamentales y en este caso del llamado "derecho a no tener hambre".

Es importante tener en cuenta
este planteamiento para lograr
que la alimentación sea considerada como un derecho fundamental.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
GEMA BAQUERIZO DE LA TORRE
01-C FCC

Unknown said...

El derecho de hambre nos plantea una perspectiva de la realidad.
se supone que el estado debe proteger y promover el desarrollo económico.
vemos que este derecho se ha implementando en algunos sectores de la sociedad como el PRONAA , vasos de leche, comedor populares, entre otros.

Vemos que no existen derechos institucionales específicos
que justifiquen la decisión de implementar políticas para erradicar el hambre.
La sociedad debe reconocer el Derecho a que los ciudadanos tengan políticas dirigidas a asegurar que todos los hombres , mujeres, ancianos y niños tengan derecho a medios adecuados
para su subsistencia. Debemos saber que no existen instituciones especificas que justifiquen la decisión de implementar políticas para erradicar el hambre.

creo que en vez de darle la prioridad a políticas que garanticen la seguridad de
la población, debe incrementar
la protección de derechos fundamentales y en este caso del llamado "derecho a no tener hambre".

Es importante tener en cuenta
este planteamiento para lograr
que la alimentación sea considerada como un derecho fundamental.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
GEMA BAQUERIZO DE LA TORRE
01-C FCC

raul enrique navido silupu said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD CIENCIAS CONTABLES
RAUL NAVIDO 104019K
AULA: 01C


DEBERIA DE EXISTIR UNA LEY PARA EASTE PROBLEM PORQUE MUCHAS PERSONAS EN EL MUNDO MUEREN DE HAMBRE , EL ESTADO DEBERIA PROPORCIONAR ALIMENTOS DE SUBSISTENCIA PARA SOBREBIBIR EN ESTE TIEMPO TAN DURO QUE ES DIFICIL DE VIVIR Y MAS AUN PARA LAS PERSONAS POBRES , ASENTAMIENTOS Y NO SER INDIFERENTES A ESTA SITUACION QUE SIEMPRE VEMOS POR LAS CALLES A MADRES QUE NOS PIDEN QUE LES COMPREMOS ALGO PARA QUE LLEVEN UN PARA SU CASA Y ALGO PARA ALIMENTYAR A SUS HIJOS O EN LOS BUSES Y MUCHOS MAS QUE VEMOS DIA A DIA Y ME DA MUCHA LASTIMA QUE LAS PERSONAS POBRES Y MAS AUN LAS MADRES QUE VIVEN SOLAS TIENEN PROBLEMAS QUE TAMBIEN VEMOS EN LAS NOTICIAS QUE GENTE POR FALTA DE DINERO PARA MANTENER A SU FAMILIA SE SUICIDA EL Y TODA SU FAMILA , ESTO TIENE QUE ACABAR YA, NO PODEMOS SEGUIR ASI , YMUCHOS MAS PAISES QUE ESTAN PEOR QUE NOSOTROS QUE LAS IMAGENES QUE SE VEN AHI SON PENOSAS (GRACIAS)

Unknown said...

UNIVERSIAD NACIONAL DEL CALLAO
CONTABILIDAD
DERECHO PUBLICO Y PRIVADO
DIAZ PEREZ JORDI EDWIN
01-C 100039G

el estado deberia implementar en los comedores una calidad de alimento, porque en estos lugares la nutricion no es muy completa y asi afecta en los diferentes aspectos como la educacion, el trabajo,etc si apoyamos todos juntos podremos ayudar a las personas mas necesitadas no solo dependiendo del estado sino de nosotros mismos

JOHANE HUMMEL AGUSTINI said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PRIVADO, PÚBLICO Y SOCIAL

HUMMEL AGUSTINI, JOHANE KATHERINE
PRIMER CICLO. TURNO 01C
100406J

El derecho a no tener hambre es el derecho a políticas para asegurar los medios adecuados para la subsistencia. Esto daría la garantía que todas personas que estén regidas por este derecho, puedan obtener los alimentos necesarios para su vida diaria.
Este derecho beneficiaria principalmente a las personas de bajos recursos económicos, proporcionándole alimentos para su alimentación. Y a la vez generaría un desarrollo a nivel social en el país.
Esta en nuestras manos que este derecho se llegue a cumplir por el bienestar de nosotros y del país.

JOHANE HUMMEL AGUSTINI said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PRIVADO, PÚBLICO Y SOCIAL

HUMMEL AGUSTINI, JOHANE KATHERINE
PRIMER CICLO. TURNO 01C
100406J


El derecho a no tener hambre es el derecho a políticas para asegurar los medios adecuados para la subsistencia. Esto daría la garantía que todas personas que estén regidas por este derecho, puedan obtener los alimentos necesarios para su vida diaria.
Este derecho beneficiaria principalmente a las personas de bajos recursos económicos, proporcionándole alimentos para su alimentación. Y a la vez generaría un desarrollo a nivel social en el país.
Esta en nuestras manos que este derecho se llegue a cumplir por el bienestar de nosotros y del país.

JOHANE HUMMEL AGUSTINI said...
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Mey Lin Amau Palomino said...

Universidad: Universidad Nacional del Callao
Curso: Derecho Privado
Alumna: Mey Lin Amau Palomino
FCC 01C

Un artìculo relacionado con el DERECHO A NO TENER HAMBRE especificamente no tenemos en nuestra constitucion polìtica, pero es un tema que deberìa estarlo puesto que en nuestro paìs existe muchas personas que deberìan de contar con un respaldo polìtico para este derecho. Sin embrago, en muchas localidades contamos con los que son los VASOS DE LECHE, COMEDORES POPULARES, etc; por lo que creo que estas supuestas instituciones deberìan de contar con el apoyo del estado para beneficio de muchos peruanos no solo generando màs tarbajo sino tambièn dejando que muchas personas gozen de este derecho A NO TENR HAMBRE.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Derecho Privado, Público y Social
Mesías Valdivia Giuliana Vanessa
G.H. 01-C 100023C

Pese a que todos los países del mundo reconocen directa o indirectamente el derecho a los alimentos. Nuestra Constitución no estipula de forma directa el Derecho a no tener hambre.

El derecho a estar protegidos contra el hambre es fundamental. Significa que el Estado tiene la obligación de asegurar, por lo menos, que las personas no mueran de hambre. Como tal, está asociado al derecho a la vida. No obstante, los estados deberían hacer todo lo posible por para que las personas puedan tener acceso físico y económico en todo momento a los alimentos en cantidad y de calidad adecuadas para llevar una vida saludable y activa.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Vania García Sinchi cod(1000036H)
01-c 1ciclo Turno mañana FCC-11

El derecho a no tener hambre hoy en día debería esta como derecho constitucional, pero como no es el caso siempre dicen que apoyarán a los más pobres se sabes que hay instituciones que ayudan a los más pobre pero en muchos casos la ayuda no llega en lugares apartados donde ahí existe la pobreza extrema.
Se debería implementar medidas que ayuden a las familias más pobres como la planificación familiar, como dándoles asesorías para que así no procreen más hijos ya que no pueden mantenerlos porque esos niños viven en la desnutrición y abandono.
Ayudar a otro pobres como dándoles un trabajo donde ellos sepan bien desempeñarse es un progreso para que ellos crezcan en su calidad de vida .asi nuestro país crecerá.y nos consolidaremos como nación

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Vania Garcia Sinchi cod(100036H)
01-C 1 ciclo Turno mañana FCC-11

El derecho a no tener hambre hoy en día debería esta como derecho constitucional, pero como no es el caso siempre dicen que apoyarán a los más pobres se sabes que hay instituciones que ayudan a los más pobre pero en muchos casos la ayuda no llega en lugares apartados don de ahí existe la pobreza extrema.
Se debería implementar medidas que ayuden a las familias más pobres como la planificación familiar, como dándoles asesorías para que así no procreen más hijos ya que no pueden mantenerlos porque esos niños viven en la desnutrición y abandono.
Ayudar a otro pobres como dándoles un trabajo donde ellos sepan bien desempeñarse es un progreso para que ellos crezcan en su calidad de vida .así nuestro país crecerá. Y nos consolidaremos como nación.

Unknown said...

UNAC
DERECHO PUBLICO PRIVADO
COPITAN POLO
100338D 1C-Mañana
Este derecho es muy discutido y muy polemico creo que intrucir en nuestra constitucion seria muy importante porque en la actualidad en nuestro pais hay miles de personas que estan privados de este derecho y por tal mitivo a veces se vuelven antisociales y delinquen para satisfacerse esa necesidad que muchos de nosotros ignoramos y simplemente nos hacemos el descentendido.

robin said...

El derecho a no tener hambre es un derecho de gran importancia para la ciudadanía.
El gobierno debería promulgar en la constitución como un derecho de carácter obligatorio para todos, así habría un derecho moral ala alimentación.
De esta manera aumentaría la salud, aumentaría el desarrollo para el país y esencialmente disminuiría la desnutrición en el País.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
ROBIN RODRIGUEZ SANCHEZ
CODIGO 100037D
TURNO MAÑANA 01C

Anonymous said...

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
TURNO 01-C CICLO: I
MONICA KARINA PEÑA SOTO
100350D

Simplemente con mirar algunas noticias, reportajes, etc. podemos apreciar que el llamado "DERECHO A NO TENER HAMBRE" no existe en nuestra realidad.
A Cuantos niños, niñas, jovenes, adultos y sres de tercera edad les falta alimentos?
Obviamente ncesitamos una buena organizacion para lograr brindar este derecho.. Si bien el dinero no crece en los arboles.. si podemos decir que es el aporte de los tributos que pagamos, aunque lamentablemente, muchas personas no toman conciencia, de que si todos aportamos con nuestros tributos, quizas estos tambien podrian ser utilizados para financiar este derecho.

Carlos. said...

El derecho a no tener hambre no esta reconocido en la constitución política del estado. Debemos exigir a la sociedad a reconocer el derecho a que los ciudadanos tengan políticas a asegurar que todas las personas tengan derechos a medios adecuados para su subsistencia.
Universidad Nacional del Callao
Fcc- 01-c cod 100341E
Carlos Arévalo Torres

Carlos. said...

El derecho a no tener hambre no esta reconocido en la constitución política del estado. Debemos exigir a la sociedad a reconocer el derecho a que los ciudadanos tengan políticas a asegurar que todas las personas tengan derechos a medios adecuados para su subsistencia.
Universidad Nacional del Callao
Fcc- 01-c cod 100341E
Carlos Arévalo Torres

Carlos. said...

El derecho a no tener hambre no esta reconocido en la constitución política del estado. Debemos exigir a la sociedad a reconocer el derecho a que los ciudadanos tengan políticas a asegurar que todas las personas tengan derechos a medios adecuados para su subsistencia.
Universidad Nacional del Callao
Fcc- 01-c cod 100341E
Carlos Arévalo Torres

ChrisBoc said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PUBLICO, PRIVADO Y SOCIAL
CHRISTIAN ANGEL BOCANEGRA ARANDA
100025F
"El derecho a no tener hambre"
De legalisarse el derecho a estar libre de hambre, el pueblo estaría obligada a decidir las políticas necesarias para asegurar los medios de subsistencia y de exigir el establecimientos de esas políticas. en conclusion, los que tienen hambre tienen derecho moral a la alimentación y la sociedad el deber moral de proveer la alimentación o los medios necesarios para proveer tal alimentación.

jeslin said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
AULA:01-C TURNO: MAÑANA
ANGELICA MARTINEZ LOPEZ

El derecho a no tener hambre creo, a mi parecer hace referencia a que todos los ciudadanos no les falten alimentos, para su subsistencias, que el estado brinde apoyo preferencialmente a la campaña de alimentación a la sociedad, y que a través de ella el deber moral de darles a todos los ciudadanos los medios necesarios para su alimentación.
El deber del estado es brindar apoyo a la sociedad, pero en el aspecto ; enfatizando lo más importante e indispensable LA ALIMENTACIÓN , ya que esto nos llevaría a una adecuada BIENESTAR DE SALUD ;y creo que de esta manera vamos a prevenir las GRAVES ENFERMEDADES , que vienen acechando a nuestro PAÍS , como fue el último caso de la GRIPE H1N1.
En la actualidad se puede observar , que los alimentos principalmente están con una alza de precios fuertes, y lo que debería hacer el gobierno , es fomentar una alza más grande de precios a las exportaciones ; ya que lo vendemos afuera al exterior más barato , y que dentro de nuestro país lo vendemos más caro ; y eso es injusto. Es por eso que el precio de algunos alimentos que es uso diario de nuestra alimentación están muy caros, o como se podría decir “POR LAS NUBES”.
En conclusión el estado debe fomentar campañas de alimentos que estén al alcance de todos nosotros y así quedaríamos satisfechos.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
SEGUNDO SEMESTRE
CHRISTIAN RAFAEL SEVILLANO NUÑEZ
Sobre el artículo "El derecho a no tener hambre"; si bien es cierto en nuestra legislación actualmente no está consignado este derecho, también es cierto que existen en nuestro país programas a nivel nacional que ha implementado el estado en beneficio de los ciudadanos tales como el vaso de leche, Pronaa, etc., que si bien estos programas de una u otra manera no son suficientes, no tienen el alcance o los medios para que se erradique el hambre en nuestro país, no significa que no existan, más bien deberían de implementarse mas, dándoles mayor atención ya sea de forma económica o con los medios necesarios para alcanzar sus metas, así también deberían implementarse más programas de ese tipo, para lograr que las personas tengan acceso a bienes alimenticios, ahora bien teniendo en cuenta que la vida la defensa y el respeto de la dignidad de la persona humana son el fin supremo de la sociedad así como del estado conforme se señala en la Constitución, se haría necesario crear una política para que la persona pueda vivir, subsistir, dignamente, debiendo crear el estado políticas para asegurar que las personas tengan acceso a bienes alimenticios o a no tener hambre.

Katherina said...
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Katherina said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE

La discusión sobre el derecho a la alimentación ha tomado un lugar de especial importancia entre todos nosotros, teniendo la necesidad de integrar este derecho como objetivo social dentro del sistema jurídico.

Los alimentos son un derecho humano fundamental, ya que sin los alimentos adecuados, las personas no pueden llevar una vida saludable y productiva, retrasando el desarrollo en nuestras sociedades. El problema de la deficiencia alimentaria global es un problema de acceso a los alimentos, no de la producción de los mismos. Los Estados tienen la obligación de abstenerse de tomar medidas que puedan privar a las personas del acceso a la alimentación y por tratarse de un derecho de solvencia económica, el Estado debe tomar las medidas necesarias para promover el desarrollo económico velando porque los particulares no priven a las personas del acceso permanente a una alimentación adecuada.

Debemos tener en cuenta que tanto en el orden internacional como en el nacional existe una relación fundamental entre el derecho a la alimentación y el derecho a la tierra, debido a que la mejora de la producción agrícola por medio de la aplicación de conocimientos científicos y los procesos comerciales de importación y exportación de alimentos puede mejorar sustancialmente las condiciones actuales de garantía del derecho a la alimentación.

La falta de los alimentos es mucho más preocupante que otras carencias, por lo que deben existir políticas dentro del Estado tendientes a promover la garantía universal de este derecho humano. En la medida en que se garantice este derecho, podemos encontrarnos frente a un avance en la mejora de las condiciones de vida de las personas. Los gobiernos de los países son los principales responsables de asegurar el derecho a una alimentación adecuada. La satisfacción total de este derecho es esencial, teniendo como objetivo asegurar un mundo sin hambre, esto traera como resultado un progreso social, político y económico.

UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
EPISTEMOLOGIA Y METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION CIENTIFICA
I SEMESTRE
KATHERINA ROSMERY GUEVARA VANINI

midua cecilia said...

Midua Cecilia Garayar Garibay
Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica
Maestria Civil II ciclo
No es lo mismo que el derecho a no tener hambre. Éste significa que los países tienen la obligación jurídica de evitar que su población muera de hambre. No es pedir mucho ¿verdad? Por lo general, sólo cuando hay una gran catástrofe es necesario que los países, a menudo con ayuda internacional, intervengan para proteger el derecho de su población a no sufrir hambre.
El derecho a no tener hambre, ami pensar tal vez no exista una acción directa del gobierno ya que no se encuentra establecido en nuestra Carta Magna pero de alguna manera a medida del paso de los años se ha ido implementando pequeños aportes a el derecho a no tener hambre no se puede negar que se ve reflejado en algunas acciones realizadas por el estado como las obras de beneficio social (vasos d leche, comedores populares, albergues y otras instituciones).

midua cecilia said...

Midua cecilia Garayar Garibay
Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica
Maestria en Derecho civil II ciclo
No es lo mismo que el derecho a no tener hambre. Éste significa que los países tienen la obligación jurídica de evitar que su población muera de hambre. No es pedir mucho ¿verdad? Por lo general, sólo cuando hay una gran catástrofe es necesario que los países, a menudo con ayuda internacional, intervengan para proteger el derecho de su población a no sufrir hambre.

midua cecilia said...

Midua Cecilia Garayar Garibay
Universidad "San Luis Gonzaga" Ica
Derecho civil II ciclo.
COMENTARIO SOBRE EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
No es lo mismo que el derecho a no tener hambre. Éste significa que los países tienen la obligación jurídica de evitar que su población muera de hambre. No es pedir mucho ¿verdad? Por lo general, sólo cuando hay una gran catástrofe es necesario que los países, a menudo con ayuda internacional, intervengan para proteger el derecho de su población a no sufrir hambre.
Sabemos que el derecho a no tener hambre, en nuestro país no se encuentra reglamentado; sin embargo, el gobierno actual mediante algunas medidas de política de gobierno en cierta forma lo está aplicando.

Katherina said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE

La discusión sobre el derecho a la alimentación ha tomado un lugar de especial importancia entre todos nosotros, teniendo la necesidad de integrar este derecho como objetivo social dentro del sistema jurídico.

Los alimentos son un derecho humano fundamental, ya que sin los alimentos adecuados, las personas no pueden llevar una vida saludable y productiva, retrasando el desarrollo en nuestras sociedades. El problema de la deficiencia alimentaria global es un problema de acceso a los alimentos, no de la producción de los mismos. Los Estados tienen la obligación de abstenerse de tomar medidas que puedan privar a las personas del acceso a la alimentación y por tratarse de un derecho de solvencia económica, el Estado debe tomar las medidas necesarias para promover el desarrollo económico velando porque los particulares no priven a las personas del acceso permanente a una alimentación adecuada.

Debemos tener en cuenta que tanto en el orden internacional como en el nacional existe una relación fundamental entre el derecho a la alimentación y el derecho a la tierra, debido a que la mejora de la producción agrícola por medio de la aplicación de conocimientos científicos y los procesos comerciales de importación y exportación de alimentos puede mejorar sustancialmente las condiciones actuales de garantía del derecho a la alimentación.

La falta de los alimentos es mucho más preocupante que otras carencias, por lo que deben existir políticas dentro del Estado tendientes a promover la garantía universal de este derecho humano. En la medida en que se garantice este derecho, podemos encontrarnos frente a un avance en la mejora de las condiciones de vida de las personas. Los gobiernos de los países son los principales responsables de asegurar el derecho a una alimentación adecuada, la satisfacción total de este derecho es esencial, teniendo como objetivo asegurar un mundo sin hambre, lo cual nos llevara a un progreso social, político y económico.

UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
EPISTEMOLOGIA Y METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION CIENTIFICA
I SEMESTRE
KATHERINA ROSMERY GUEVARA VANINI

JAVIER BERNAOLA NAVARRO said...

UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
SEGUNDO SEMESTRE
JAVIER BERNAOLA NAVARRO

Todas las personas tienen el derecho de tener una vida adecuada, dentro de la cual incluye el derecho a la alimentacion, basico para la subsistencia del ser humano. Las Autoridades por razones altruistas deberian de tener en su agenda politica la inclusion de programas eficientes y adecuados sobre la alimentacion a fin de erradicar el hambre que existe para muchas personas, si bien es cierto se esta canalizando con programas sociales, como el vaso de leche, comedores populares, etc. se debe tener como prioridad dar una buena alimentacion y con esto se estaria evitando que la poblacion este bien alimentada y no este enfermandose y esten fuertes y puedan desarollarse como seres humanos.

Hèctor Hilario Martin said...

Con el debido respeto, discrepo con el doctor Beraun cuando señala que el derecho a no tener hambre no esta garantizado en el ordenamiento institucional existente, y que no existen los derechos de trasfondo que justifiquen a nuestra sociedad la toma de decisiones politicas para implementar el derecho a no tener hambre, y que ademas no existen derechos institucionales especìficos que justifiquen la decisiòn de implementar polìticas para erradicar el hambre.
Debo señalar que nuestra Constituciòn Polìtica en su articulos 2º señala que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psìquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.
Si bien es cierto, de acuerdo con cifras oficiales en nuestro pais existen mas de 789,000 niños entre los 12 y 35 meses que sufren de anemia y la desnutriciòn crònica en niños menores de 05 años es del 26.7% no debemos olvidar que en el año 2007 la Organizaciòn de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentaciòn – FAO – decidiò que el dema que presida la celebraciòn del Dìa Mundial de la Alimentaciòn – DMA – sea “ El derecho a la Alimentaciòn” . Este derecho universal implica que toda persona ( mujer, hombre o niño) debe tener acceso a alimentos en todo momento, o medios para procurarselos, que sean suficientes en terminos de calidad, cantidad y variedad para satisfacer sus necesidades, que estèn libres de sustancias nocivas y saan aceptables para su cultura.
La celebraciòn central del Dia Mundial de la Alimentaciòn se llevò a cabo en las instalaciones de la Comunidad Andina durante la mañana del 16 de octubredel 2007 con el eje temàtico: “El derecho a la alimentaciòn: Estrategias y Polìticas a nivel Andino”. Dicho tema fue priorizado por la Comisiòn Nacional Multisectorial, la cual fue presidida por el Gobierno del Perù a travès del Ministerio de Agricultura, con el fin de incorporar la amplia y rica experiencia del Perù sobre el tema de la seguridad Alimentaria, el Desarrollo Rural y la defensa de los derechos fundamentales.
Dicho acto contò con la presencia del Ministro de Agricultura, representantes de la Comisiòn Nacional Multisectorial, representantes de la Comunidad Andina, de la FAO y personalidades relaciionadas con la actividad agrìcola y la problemàtica del hambre en nuestro paìs. Durante dicho evento se expusieron las Polìticas de Agricultura y Alimentaciòn a nivel Andino, a nivel Nacional, y tambièn, se analizò sobre el problema de la desnutriciòn crònica en nuestro paìs. Ademàs se organizò una serie de actividades a nivel nacional para fomentar el aprovechamiento de los recursos alimenticios, la agricultura, la seguridad alimentaria e iniciativas para promover polìticas a favor del derecho a la Alimentaciòn.
Estos hechos solo demuestran el crecimiento reconocimiento de la comunidad nacional e internacional a la importante funciòn que los derechos humanos desempeñan en la erradicaciòn del hambre; hasta el màs esceptico no puede negar que el camino emprendido por el paìs a travès del modelo econòmico actual es el correcto en la aceleraciòn del desarrollo sostenible, solo asì, con mejores recursos se podrà vencer el hambre.

Hèctor Briceño Donayre
Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica
Maestria en Derecho Civil y Comercial
Derecho Comercial I

Unknown said...

m

mayela karina said...

MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL-II SEMESTRE
UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA
ALUMNA: MAYELA INJANTE NAVARRO

Todos los país del mundo reconocen de manera directa o indirectamente el derecho a los alimentos, el hambre, producida por la guerra, la sequía, las catástrofes naturales o la pobreza, sigue causando mucho sufrimiento. Y la pobreza, una de las causas del hambre, también es su consecuencia.
El hambre opaca el intelecto y atrofia la productividad, e impide a sociedades enteras realizar su potencial. En los países en desarrollo las enfermedades relacionadas con el hambre le suman gastos a las familias pobres e incrementan la carga de atención que llevan los miembros saludables de éstas, que ya de por sí luchan por su subsistencia. Cuando esta dificultad se multiplica por millones de familias en todo el mundo se crea un devastador efecto de propagación que pone en peligro el desarrollo mundial.
Erradicar el hambre no es un mero ideal elevado. Asegurar el derecho a disponer de alimentos adecuados y el fundamental de no padecer hambre es un asunto de derecho internacional, específicamente contenido en diversos instrumentos de los derechos humanos con los que se han comprometido países de todo el mundo.
Desde sus inicios, las Naciones Unidas han establecido el acceso a una alimentación adecuada como derecho individual y responsabilidad colectiva. La Declaración universal de derechos humanos de 1948 proclamó que "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación..." Casi 20 años después, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1996) elaboró estos conceptos más plenamente, haciendo hincapié en "el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso la alimentación...", y especificando "el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre".
Así pues ¿qué diferencia hay entre el derecho a estar protegidos contra el hambre y el derecho a tener una alimentación adecuada? El primero de estos derechos es fundamental. Significa que el Estado tiene la obligación de asegurar, por lo menos, que las personas no mueran de hambre. Como tal, está intrínsecamente asociado al derecho a la vida. Además, no obstante, los estados deberían hacer todo lo posible por promover un disfrute pleno del derecho de todos a tener alimentos adecuados en su territorio, en otras palabras, las personas deberían tener acceso físico y económico en todo momento a los alimentos en cantidad y de calidad adecuadas para llevar una vida saludable y activa, su suministro no debe interferir con el disfrute de otros derechos humanos, por ejemplo, no debe costar tanto adquirir suficientes alimentos para tener una alimentación adecuada, Sin los alimentos adecuados, las personas no pueden llevar una vida saludable y activa. El derecho a los alimentos atraviesa la totalidad de los derechos humanos.

mayela karina said...

MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL-II SEMESTRE
UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA
ALUMNA: MAYELA INJANTE NAVARRO

Todos los país del mundo reconocen de manera directa o indirectamente el derecho a los alimentos, el hambre, producida por la guerra, la sequía, las catástrofes naturales o la pobreza, sigue causando mucho sufrimiento. Y la pobreza, una de las causas del hambre, también es su consecuencia.
El hambre opaca el intelecto y atrofia la productividad, e impide a sociedades enteras realizar su potencial. En los países en desarrollo las enfermedades relacionadas con el hambre le suman gastos a las familias pobres e incrementan la carga de atención que llevan los miembros saludables de éstas, que ya de por sí luchan por su subsistencia. Cuando esta dificultad se multiplica por millones de familias en todo el mundo se crea un devastador efecto de propagación que pone en peligro el desarrollo mundial.
Erradicar el hambre no es un mero ideal elevado. Asegurar el derecho a disponer de alimentos adecuados y el fundamental de no padecer hambre es un asunto de derecho internacional, específicamente contenido en diversos instrumentos de los derechos humanos con los que se han comprometido países de todo el mundo.
Desde sus inicios, las Naciones Unidas han establecido el acceso a una alimentación adecuada como derecho individual y responsabilidad colectiva. La Declaración universal de derechos humanos de 1948 proclamó que "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación..." Casi 20 años después, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1996) elaboró estos conceptos más plenamente, haciendo hincapié en "el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso la alimentación...", y especificando "el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre".
Así pues ¿qué diferencia hay entre el derecho a estar protegidos contra el hambre y el derecho a tener una alimentación adecuada? El primero de estos derechos es fundamental. Significa que el Estado tiene la obligación de asegurar, por lo menos, que las personas no mueran de hambre. Como tal, está intrínsecamente asociado al derecho a la vida. Además, no obstante, los estados deberían hacer todo lo posible por promover un disfrute pleno del derecho de todos a tener alimentos adecuados en su territorio, en otras palabras, las personas deberían tener acceso físico y económico en todo momento a los alimentos en cantidad y de calidad adecuadas para llevar una vida saludable y activa, su suministro no debe interferir con el disfrute de otros derechos humanos, por ejemplo, no debe costar tanto adquirir suficientes alimentos para tener una alimentación adecuada, Sin los alimentos adecuados, las personas no pueden llevar una vida saludable y activa. El derecho a los alimentos atraviesa la totalidad de los derechos humanos.

Unknown said...

En ningún articulo de nuestra Constitución Política se regula “el derecho a no tener hambre”, no debemos de verlo solo como el satisfacer la necesidad básica del ser humano, este concepto engloba mucho más, hay que tener presente que este vacío lo único que genera es que la población desprotegida por el Estado, no tenga el instrumento legal que le permita exigir el establecimiento de políticas que regulen la erradicación del hambre, exigir que las instituciones encargadas de reducir el hambre, como es el caso de los “programas sociales” brinden una alimentación adecuada cumpliendo los estándares nutricionales, que permita tanto al concebido, niño, mujer, hombre vivir dignamente.

LESLYE DIAZ AGUDO
ESTUDIANTE DE MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
SAN LUIS GONZAGA DE ICA

VLADIMIR said...

COMENTARIOS EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
Respecto al comentario sobre el derecho de no tener hambre, esto recae principalmente sobre nuestros gobernantes y legisladores, ya que en ellos está el destino de la regulación de la alimentación y vivienda, ya que el derecho a no tener hambre no solamente es satisfacer las necesidades alimentarias de la población, sino que abarca más allá como es el derecho de la vivienda, tan es así que nuestros legisladores están en la obligación de regular en nuestros países, a regular la siembra de los productos alimenticios y darle prioridad a los alimentos de consumo humano, y no como últimamente se viene dando en estos años, como es la de promover masivamente en grandes extensiones de cultivos de productos para la elaboración de bio combustibles, y de esta manera desprotegiendo la seguridad alimentaria de nuestra población, ya que en este caso vamos a tener una dependencia de los mercados externos para la seguridad alimentaria de nuestra población, hecho que nuestros legisladores deben de preveer, tal es así que en nuestro país contamos con una seguridad energética, ya sea del gas natural, gas licuado de petróleo, petróleo diesel, energía hidroeléctrica que hacen generar los aparatos de producción de nuestro país, y por lo tanto destinar miles de hectáreas para los bio combustibles, es en estos momentos desproteger a nuestra población, y asimismo, a la vez deberíamos asegurar viviendas dignas para nuestros habitantes, toda vez que en estos momentos nuestro país viene dependiendo de las importaciones del trigo, del maíz y la soya, los cuales son regulados por los mercados internacionales, y que a veces no están al alcance de nuestra población, y por lo tanto nuestros gobernantes como nuestros legisladores, tienen que tomar conciencia para asegurar el derecho a No Tener Hambre en nuestra población.
Alumno: Vladimir Francis Benel Jimenez - Alumno del 2do Semestre Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica.
Publicado por VLADIMIR en 17:03 0 comentarios
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YURI said...

YURI ALEXIS ALBUJAR MOLINA.
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
DERECHO COMERCIAL I
UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA
Es necesario y muy importante que en nuestra legislación constitucional se incorporare positivamente el derecho a no tener hambre como un derecho elemental inherente y fundamental de la persona humana, el Estado debe plantear políticas más efectivas que garanticen los medios adecuados que combatan la alimentación y de esta manera crear una sociedad donde no exista desigualdad. En la actualidad los gobiernos vienen impulsando programas sociales que buscan frenar la falta de alimentación en sectores de la población que menos tienen, sin embargo, considero que el Estado y la sociedad tiene la responsabilidad de generar un conciencia de valores que permitan el acceso a una alimentación digna y dentro del marco del respeto a la dignidad humana.

JuanJorgeGavilánTataje said...

UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA.
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL.
SEGUNDO SEMESTRE.
JUAN JORGE GAVILÁN TATAJE.
Sobre el presente articulo en mención llegamos a la conclusión que los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales proclamados en la Declaración Universal se consideran interdependientes, interrelacionados, indivisibles y de igual importancia, entre ellos "El Derecho a la Alimentación".

Para disfrutar plenamente del derecho a los alimentos las personas necesitan tener acceso a la atención médica y la educación, respeto a sus valores culturales, el derecho a la propiedad privada y el derecho a organizarse económica y políticamente.

Sin los alimentos adecuados, las personas no pueden llevar una vida saludable y activa. No pueden tener un empleo. No pueden cuidar a sus hijos y éstos no pueden aprender a leer y escribir. El derecho a los alimentos atraviesa la totalidad de los derechos humanos. Su satisfacción es esencial para combatir la pobreza, y está en el centro del mandato de la FAO de asegurar un mundo sin hambre.

cynthia said...

En nuestra sociedad, este derecho es relativamente imposible, por cuanto no hay, no existen, mecanismos ni técnicas que conlleven a que este derecho se convierta en universal.
El Estado, no cuenta con las políticas necesarias e idóneas que permitan el crecimiento y el desarrollo progresivo para aquellos pueblos en donde no hay crecimiento, porque cada día estos pueblos realizan el sobreesfuerzo de no caer en el hundimiento, mal social, economía,etc, conllevando
así a la perdida de este derecho.
Positivizar este derecho,depende mucho del Estado y de cada integrante de este (sociedad), por cuanto el Estado debe profundizar mas en este tema, implementandolo con técnicas, mecanismos, recursos y a que la sociedad también participe de este derecho a no tener hambre.
CYNTHIA GRACIELA RAMOS CRISÓSTOMO
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
I SEMESTRE - UNICA

greth said...

UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL I
DERECHO COMERCIAL I
GRETH CASTILLO ZUÑIGA
Los gobiernos de los países son los principales responsables de asegurar el derecho a una alimentación adecuada y el derecho fundamental a no sufrir hambre. Se reconoce en general que el hambre constituye una violación contra la dignidad humana y un obstáculo para el progreso social, político y económico, y una serie de países (Ecuador, Colombia, Brasil, Paraguay, etc) han consagrado en sus constituciones el derecho a los alimentos. Pero a la fecha, ningún país ha adoptado una legislación nacional para el cumplimiento específico de este derecho.
La diferencia entre el derecho a estar protegidos contra el hambre y el derecho a tener una alimentación adecuada, es que el primero de estos derechos es fundamental. Significa que el Estado tiene la obligación de asegurar, por lo menos, que las personas no mueran de hambre. Como tal, está intrínsecamente asociado al derecho a la vida. Además, no obstante, los estados deberían hacer todo lo posible por promover un disfrute pleno del derecho de todos a tener alimentos adecuados en su territorio, en otras palabras, las personas deberían tener acceso físico y económico en todo momento a los alimentos en cantidad y de calidad adecuadas para llevar una vida saludable y activa. Para considerar adecuados los alimentos se requiere que además sean culturalmente aceptables y que se produzcan en forma sostenible para el medio ambiente y la sociedad. Por último, su suministro no debe interferir con el disfrute de otros derechos humanos, por ejemplo, no debe costar tanto adquirir suficientes alimentos para tener una alimentación adecuada, que se pongan en peligro otros derechos socioeconómicos, o satisfacerse en detrimento de los derechos civiles o políticos. Sin los alimentos adecuados, las personas no pueden llevar una vida saludable y activa. No pueden tener un empleo. No pueden cuidar a sus hijos y éstos no pueden aprender a leer y escribir. El derecho a los alimentos atraviesa la totalidad de los derechos humanos.

Andrealy said...

Si bien es cierto el Estado Peruano tiene instituciones públicas como el PRONNA que se encarga de la distribución de alimentos a nivel nacional a aquellas personas lo necesitan y de escasos recursos a través de organizaciones como Comedores, vaso de leche y desayuno infantil, pero como en este mundo nada es perfecto, vemos crudamente que dicha ayuda no llega a los sectores más necesitados y donde hay extrema pobreza, al contrario reparten dichos enseres en zonas urbanas e incluso en algunas zonas residenciales a personas, perjudicando así a los que más necesitan, y en cuanto a la creación de nuevas políticas, tendríamos primero que tomar conciencia de las necesidades que tiene muchas persona pobres, e iniciar conjuntamente con la sociedad iniciativas que ayuden a frenar este tipo de irregularidades y velar de que se cumplan los objetivos para los cuales fueron creados.
MAESTRIA DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
UNICA
LIDIA ANDREA CAMPOS GARCIA

SALA said...

Derecho a No Tener Hambre.

Conforme lo ha manifestado el Dr. Beraún en una interrogante ¿Existe en nuestra Sociedad el Derecho a No Tener hambre?, debo indicar que sobre tal situación fáctica, resulta claro que la respuesta a simple vista seria que no, sin embargo, me veo en la imperiosa necesidad de ampliar dicha situación.
Es conocido por todos la existencia de una seria de instrumentos supranacionales que protegen los derechos humanos de las personas, así tenemos desde la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano hasta la declaración universal de los derechos humanos, ello nos hace repensar sobre los mismos, a propósito de los derechos fundamentales inherentes a toda persona y que en nuestra carta magna se encuentran recogidos con amplitud en el artículo 2°, sin perder de vista los derechos conexos recogidos a lo largo de dicho documento supremo; así podemos indicar que al tratar sobre el derecho a no tener hambre se me viene a la mente la fuerza con la que el maestro Beraún lo ha enfatizado, pues analiza y puntualiza que debe priorizarse políticas que beneficien el refuerzo alimentario de la población, así como la positivización del mismo que sirva como exigencia de la población a que se cumpla dichas políticas.
Creo que lo que en buena cuenta quiere hacer conocer el autor al comentar este articulo, no es sino la superación de la pobreza, muy entrelazada con la situación que hoy en día sufren miles de familias en el Perú, y es que en la actualidad el Estado ha descuidado su rol protagónico de garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, promoción del bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación (artículo 44° de la Constitución Política), y porque no advertir la ineficiencia de las instituciones públicas por desarrollar políticas que ayuden a superar la pobreza, lo que ha traído como consecuencia que en la fecha el fructuoso desarrollo económico haya quedado para los más pobres en lejanas aspiraciones, empero no se trata solo de beneficiar a las grandes empresas con un libre mercado y libertad de empresa, sino que la responsabilidad de las mismas debe hacerse valer para con lo que menos tienen.
Y es que el estado recibe y recibe, pero no distribuye sus riquezas a los más necesitados, menos cumple con realizar políticas que puedan contribuir a disminuir la desnutrición infantil, pobreza, etc., sino que solo se ha preocupado por seguir fortaleciendo aquellos lugares donde no imperan dichos problemas, por ello a mi entender no puedo concebir la idea de estado democrático que no cumpla con su pueblo, recordemos que conforme lo ha previsto el artículo 4° de nuestra Constitución “La Comunidad y el estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano, a la familia y al matrimonio” de ahí que se sustenta la posibilidad que todo ser humano alcance la supremacía de todos sus derechos sin tener que reclamar su derecho a no tener hambre.
Finalmente frente a lo anterior, resulta claro que deben implementarse políticas serias y consistentes del estado a favor de los más necesitados, fortalecer los programas sociales en las zonas en que la presencia del estado es nula, pues el apoyo a los más necesitados es imperiosa, asimismo debe identificar las formas y encontrar los instrumentos necesarios para que los más pobres puedan acceder a distintos derechos como salud, educación, trabajo, alimentación, etc.; si ello se concretiza podemos hablar de efectiva protección de los derechos fundamentales y por tal realizado y protegido el fin supremo de la sociedad y el estado a que se refiere el artículo 1° de la Constitución de 1993.

Wilmer Fernando Quispe Pacheco
Maestria D. Civil y Comercial
II Semestre
U.N. "San LUis Gonzaga" de Ica

Henrry Melendrez M. said...

"EL DERECHO A NO TENER HAMBRE"

No obstante, que el hombre anhela ostentar mejores condiciones para su vida; El estado, constitucionalmente, esta obligado a dictar medidas de inclusión social para aquellas personas que no cuentan con estas condiciones, tomando en cuenta que la persona humana es el fin supremo del Estado, y sólo queda ejercitarlo.

HENRRY MELENDREZ MENDOZA
MAESTRIA CIVIL - UNICA

Irina TV said...
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Irina TV said...

Si bien es cierto que el estado como representante de la Sociedad o entidad juridicamente organizada, debería implementar politicas relacionadas a una población con mejores estandares de calidad de vida, o el llamado derecho a no tener hambre también lo es que esto debe estar acompañado de politicas de alfabetización, culturización y orientación a la sociedad en conjunto para una paternidad responsable y disminución de natalidad en un determinado país, por que el hambre y la pobreza tiene su origen en las tasas de natalidad creciente en cada año, por lo que contribuir con alimentación o programas sociales (vaso de leche, Pronna, etc), a una población ignorante y anlfabeta sin conocimiento de lo que pueda afectar a su propia existencia y calidad de vida, es simplemente contribuir en vacio, y de esa manera continuar con el problema, por lo que es valido pensar y decir que el estado no debe impulsar programas sociales sin antes impulsar con una buena educación, concluyendo de esa manera que el mejor modo de asegurar la subsitencia y mejorar la calidad de vida es implementar una mejor educación y afianzar la cultura en la población, estando con ello a la par con la creación de más trabajo con una remuneración justa equilibrada acorde a una buena calidad de vida

Atte. Irina Trigozo Vásquez
Maestria en Derecho Mención Civil y Comercial
Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica

Irina TV said...

Si bien es cierto que el estado como representante de la Sociedad o entidad juridicamente organizada, debería implementar politicas relacionadas a una población con mejores estandares de calidad de vida, o el llamado derecho a no tener hambre también lo es que esto debe estar acompañado de politicas de alfabetización, culturización y orientación a la sociedad en conjunto para una paternidad responsable y disminución de natalidad en un determinado país, por que el hambre y la pobreza tiene su origen en las tasas de natalidad creciente en cada año, por lo que contribuir con alimentación o programas sociales (vaso de leche, Pronna, etc), a una población ignorante y anlfabeta sin conocimiento de lo que pueda afectar a su propia existencia y calidad de vida, es simplemente contribuir en vacio, y de esa manera continuar con el problema, por lo que es valido pensar y decir que el estado no debe impulsar programas sociales sin antes impulsar con una buena educación, concluyendo de esa manera que el mejor modo de asegurar la subsitencia y mejorar la calidad de vida es implementar una mejor educación y afianzar la cultura en la población, estando con ello a la par con la creación de más trabajo con una remuneración justa equilibrada acorde a una buena calidad de vida

Atte. Irina Trigozo Vásquez
Maestria en Derecho
Mencion Civil y Comercial
Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica

Damaris said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.
DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

Damaris said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

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EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

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EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

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EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

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DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

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DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

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DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

Damaris said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

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EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

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EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
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I SEMESTRE- 2011.

Damaris said...

LA FILOSOFÍA MORAL VIENE HACER LA TEORÍA FILOSÓFICA SOBRE EL COMPORTAMIENTO MORAL, ESTO ES, LA CONDUCTA HUMANA LIBRE Y RESPONSABLE DE LAS PERSONAS; ASÍ DE LA LECTURA MATERIA DE COMENTARIO PODEMOS VER QUE LA FILOSOFÍA MORAL INDAGA LA NATURALEZA DE LA VIRTUD LA CUAL VIENE HACER UNA CUALIDAD HUMANA QUE PERMITE A QUIEN LA POSEE TOMAR Y LLEVAR A TÉRMINO LAS DECISIONES CORRECTAS EN LAS SITUACIONES MÁS ADVERSAS, SIN EMBRAGO LA FILOSOFÍA MORAL TAMBIÉN INDAGA ACERCA DEL PRINCIPIO APROBATORIO EN CUAL TIENE TRES EXPLICACIONES: EL PRIMERO ES EL PRINCIPIO APROBATORIO DEL AMOR ASI MISMO, EL CUAL ES UN PRINCIPIO EGOÍSTA, NO INTERESÁNDOLE AL HOMBRE EL BIENESTAR DE LA SOCIEDAD, SINO SOLAMENTE LE INTERESA LO QUE PUEDA DARLE EL BIENESTAR PERSONAL, ES DECIR PARA SI MISMO. POR OTRO LADO TENEMOS EL PRINCIPIO APROBATORIO BASADO EN LA RAZÓN, POR ESTE PRINCIPIO VEMOS QUE LA MENTE DEL HOMBRE TIENE LA CAPACIDAD Y FACULTAD DE DISTINGUIR ENTRE LO BUENO Y LO MALO DETERMINADOS ACTOS Y EFECTOS. Y POR ÚLTIMO TENEMOS AL PRINCIPIO APROBATORIO BASADO EN EL SENTIMIENTO, A TRAVÉS DE ESTE PRINCIPIO VEMOS QUE LA MENTE ACTÚA ÍNTIMAMENTE LIGADA A LOS SENTIMIENTOS LO QUE ORIGINA QUE ESTO SEA APROBADO O DESAPROBADO POR EL HOMBRE.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

Damaris said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

Damaris said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

Damaris said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”.
I SEMESTRE- 2011.

Damaris said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, A PESAR DE SER UN DERECHO FUNDAMENTAL VEMOS QUE NO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN NUESTRA CARTA MAGNA, SIENDO ESTE UN DERECHO DE VITAL IMPORTANCIA TODA VEZ QUE CON EL RECONOCIMIENTO DE REFERIDO DERECHO SE GARANTIZARÍA LA SUBSISTENCIA DE LAS PERSONAS, MEJORANDO SU CALIDAD DE VIDA. SIN EMBARGO A PESAR DE NO ENCONTRARSE RECONOCIDO EL “DERECHO A NO TENER HAMBRE”, EL ESTADO A TRAVÉS DE PROGRAMAS SOCIALES VIENE REALIZANDO TRABAJOS QUE CONTRIBUYEN PERO NO SOLUCIONAN LA ERRADICACIÓN DE ÉSTE PROBLEMA EN NUESTRO PAÍS, DEBIENDO SER ÉSTE UN DEBER DEL ESTADO.

DAMARIS DEL ROSARIO QUISPE OCHOA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL – “UNICA”..
I SEMESTRE- 2011.

Henry Azula de la Cruz said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
NOMBRE: HENRY AZULA DE LA CRUZ
MAESTRÍA EN DERECHO – CIENCIAS PENALES
UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA” –ICA
TURNO: TARDE I SEMESTRE
CURSO: TEORÍA GENERAL DEL DERECHO

En general, en los países en vía de desarrollo, no existen políticas de gobierno, eficientes para la erradicación del hambre; el hecho de implementar políticas sociales, muchas veces cuestionadas de acceso a determinada alimentación (programas sociales), no significa, satisfacer la obligación que el estado tiene con respecto de sus ciudadanos, de satisfacer la necesidad tan básica de alimentación; sin embargo debe considerarse como política de estado primordial el derecho de alimentación como acceso prioritario para los que más lo necesitan.
En efecto el derecho a no tener hambre, nos está objetivamente previsto en nuestra carta magna. Sin embargo, este derecho en nuestra sociedad se viene implementando en algunos sectores mediante políticas para determinadas personas, quienes tienen acceso a ciertos alimentos, como por ejemplo los desayunos escolares, comedores populares impulsados por el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA, los programas de vaso de leche impulsado por las municipalidades entre otros.
Pero considero que este derecho debe estar expresamente positivisado en nuestro ordenamiento jurídico, a efectos de garantizar a que se establezcan políticas mínimas para asegurar la subsistencia de las personas (varones, mujeres, ancianos y niños o niñas) como un derecho a su dignidad humana.
Es importante que se establezca en nuestro ordenamiento jurídico, y así tener la seguridad que “El Derecho a no tener hambre” también sea un compromiso de nuestros gobernantes de velar por la alimentación del ser humano. Sin embargo queda en los gobiernos de turno y en nuestros legisladores el positivizarse el derecho a no tener hambre, porque si se erradica este problema tendremos mejor educación, por que un niño mal alimentado es un niño que no rinde intelectualmente, debiéndose comprometer los gobernantes a que esta política se encuentre dentro de sus planes de gobierno, siendo una necesidad primordial, con lo que se obtendría un mejor desarrollo de nuestro país.
A pesar de que no se encuentre en la constitución peruana existen diversas instituciones que velan por el derecho de cada persona humana de satisfacer su necesidad fundamental a la alimentación. Se debería incluir este tema en las políticas económicas de cada estado en especial del Perú para disminuir, y, en un futuro no muy lejano, erradicar la pobreza y crear así una mejor manera de vida que este dentro de los límites de la subsistencia establecida como humana.
Sin los alimentos adecuados, las personas no pueden llevar una vida saludable y activa. El hambre opaca el intelecto y atrofia el desarrollo de la persona, así como su productividad, e impide a las sociedades realizar su potencial.
Asegurar el derecho a disponer de alimentos adecuados y no padecer hambre es un asunto de derecho internacional, específicamente contenido en diversos instrumentos de los derechos humanos con los que se han comprometido países de todo el mundo.
Ciertamente, dentro de nuestro ordenamiento jurídico no se encuentra consagrado el derecho a no tener hambre, con lo cual se estaría desprotegiendo a gran parte de nuestra población que a raíz de no tener los medios para alimentarse sufren de grandes problemas de salud e incluso de rendimiento académico y laboral.
En otras palabras, los hambrientos tienen derecho moral a la alimentación y la sociedad el deber moral de proveer la alimentación o los medios necesarios para proveer tal alimentación.
El derecho a la alimentación es un derecho humano fundamental que debe estar dentro de nuestra lucha por los derechos y la dignidad humana. Pienso que el estado debe crear políticas económicas y sociales que generen empleos, para que las personas puedan cubrir sus necesidades.

jla said...

JENNY LOAYZA ABUHADBA
ALUMNA DE MAESTRIA EN DERECHO PENAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA

Al positivarse el derecho a no tener hambre, nuestra sociedad estaría obligada a garantizar y proveer los alimentos necesarios para la subsistencia de la persona..y ¿cómo lo lograría el Estado?.

Ulices said...

UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA.
MAESTRÍA EN DERECHO Y CIENCIAS PENALES.
ALUMNO: ULICES VLADIMIR MANCHA PALOMINO.
TURNO: TARDE.
AÑO: PRIMERO.
CURSO: TEORÍA GENERAL DEL DERECHO.
TEMA: EL DERECHO A NO TENER HAMBRE.

Comentario:

En nuestra sociedad existe pobreza, pese a que el gobierno una y otra vez se vana gloria que el Perú cada vez hay erradicación de la pobreza, debido a la inversión de Multinacionales en nuestro estado, sien bien es cierto hay inversión estos como muchos seguramente lo han escuchado en programas televisivos y radiales no hay una repartición equitativa de este avance económico, existiendo, a causa de esto programas alimenticios u ONG que se dedican a la ayuda de los mas necesitados, los cuales han desarrollado una estructura institucional no solo a hora, sino vienen trabajando desde hace mucho tiempo atrás, debido a que los gobiernos de turno, realizan políticas en aras de combatir el hambre y así la sociedad este libre de las necesidades que sufre, determinado grupos.

eloy farfan said...

Universidad nacional “SAN LUIS GONZAGA DE ICA “
UNICA
CURSO:TEORIA GRAFICA DEL DERCHO
PROFESOR:D.r FAUSTINO BERAUN BARRANTES
MAESTRISTA: ELOY FARFAN GRANDA
1er año : MAESTRISTA DE DERECHO PENAL
TEMA: EL DERECHO DE NO TENER HAMBRE
No existe el derecho a no tener hambre en nuestra sociedad ,no esta positivizado,por lo tanto el estado peruano garantiza en forma indubiitable y escrito ese derecho.
El estado peruano ,asimismo no ha implementado políticas institucionales a garantizar el derecho a no tener hambre en el Perú.
Por el contrario creo k si existen programas asistencialistas destruidor a mencionar el hambre en el Perú –señala algunos-(vaso de leche comedores populares-por mencionar algunas lo que si es discutible es el derecho a encontrarse libre de hambre ,hecho que daría al hombre el derecho que sus gobernantes instauren políticos a asegurar los medios de sub-sistencia cuestión que traería consigo la formación de un estado asistencialista tipo el gobierno de HUGO CHAVEZ en VENEZUELA, o CUBA de los astros países donde el estado fija un conjunto de bienes especialmente alimenticios destinados a asegurar un estado de sub –sistencia que da creo yo a esos ciudadanos un derecho a estar libre del hambre .
Concluyendo el estado debe asegurar afirmando positivamente en la constitución del estado mismo ,un nivel de sub-sistencia por ejemplo para todos aquellos que no forman parte de la P.E.A. de cadsa país ,de lo contrario coustituiran un ejercito de “hambrientos “siendo deber de la sociedad – en ese extremo el de procionarles niveles básicos de alimentación ya que de lo contario el estado gastaría injustas cantidades de dinero en salud de esos compatriotas ya que por su nivel de desnutrición contraería fácilmente enfermedades siendo responsabilidad de la sociedad proporcionan el restablecimiento de la salud de todo ese segmento social.

godofredo said...

curso teoria general de derecho
ciencias penales unica
En conclusión, de positivizarse el derecho a estar libre de hambre, la sociedad estaría obligada a decidir las políticas necesarias para asegurar los medios de subsistencia y los ciudadanos de exigir el establecimientos de esas políticas. Es decir, los hambrientos tienen derecho moral a la alimentación y la sociedad el deber moral de proveer la alimentación o los medios necesarios para proveer tal alimentación

MARIA F. said...

UNIVERSIDAD SAN LUIS GONZAGA DE ICA
MARIA FELICITAS ESCOBAR ROJAS
MAESTRIA DERECHO PENAL
TURNO TARDE
SEMESTRE I
CURSO TEORIA GENERAL DEL DERECHO

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE.-
El hombre para alcanzar su supervivencia en un mundo ya globalizado, necesariamente vivirá inmerso en una sociedad que le garantice el derecho a la alimentación; y remontándose a los albores de este derecho, se esgrime como fundamento para su cometido una luenga controversia por alcanzar estos derechos, al igual que su dignidad inherente a las responsabilidades que el estado a demarcado dentro de una democracia absoluta y soberana, que debería de garantizarla, permitiendo así, pábulos para su consolidación en los países mejor organizados o desarrollados. Con ese cometido mucho se ha debatido o estudiado si en verdad es un derecho el no tener hambre, invitando a la reflexión teorética a la alimentación, desde este ángulo se ha debatido con carácter internacional con el objeto de alcanzar un marco normativo amparado en el derecho, con fines de garantizar la ausencia del hambre a través del logro de derechos constitucionales que se han alcanzado a nivel continental y mundial con fines de alcanzar su erradicación.

zosimo jaime escobar said...

UNIVERSIDAD SAN LUIS GONZAGA DE ICA
ZOSIMO JAIME CACERES
MAESTRIA DERECHO PENAL
TURNO TARDE
SEMESTRE I
CURSO TEORIA GENERAL DEL DERECHO


EL DERECHO A NO TENER HAMBRE.
El hambre siempre ha constituido hasta nuestros días un flagelo social que se pronuncia con mayor incidencia en los países más pobres o miserables. Aún cuando estudiosos en la materia han debatido las coyunturas para alcanzar su erradicación no ha sido posible en su absolutes, tomando como premisa los países pobres habidos en el continente africano donde por mucho que se articulen el contenido del derecho social a no tener hambre y exigir la realización progresiva de este aspecto por medio de ideologías o políticas publicas, no es factible la exageración de este flagelo en los países subdesarrollados, en la sociedad contemporánea los estados organizados a través de una política alimentaria han pretendido que el hambre no sea un flagelo en el sector mas débil de la sociedad y de donde se hace importante la visualización de la complejidad de este derecho, creándose nuevas estructuras en que se parapeten a efecto de erradicarlos de modo sistemático y definitivo, por ser un derecho inherente a la humanidad.

liliana said...

ALUMNA: LILIANA CAMPOS
CURSO TEORIA GENERAL DE DERECHO

El derecho a estar libre de hambre es el derecho a políticas para asegurar los medios adecuados para la subsistencia; con esto se lograría que con el ejercicio de sus derechos las personas puedan tener acceso a un conjunto de bienes alimenticios para realizar su derecho a estar libre de hambre.

Carmen Huamán said...
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Carmen Huamán said...
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Carmen Huamán said...
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Carmen Huamán said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
En comentario, respecto a lo expuesto precedentemente, de que el derecho a no tener hambre no se encuentra plasmada en nuestra Carta Magna, diría que la misma si bien no se encuentra específicamente establecida como “El derecho a no tener hambre en si”, de alguna forma ha sido considerada dentro de lo estipulado en el articulo 2º inciso uno, de la citada Ley fundamental, por cuanto describe nuestro derecho a la vida,… a nuestra integridad, no solo moral sino psíquica y física y a nuestro libre desarrollo y bienestar, lo que constituye nuestro derecho de que el estado nos proporcione o vele por que tengamos las condiciones necesarias suficientes para poder desarrollarnos dentro de una sociedad, el tener un trabajo que nos permita llevar una vida digna; y que la misma no tendría solución con programas sociales dadas por el gobierno, sino cambiar la política social económica aplicada por el estado, que quizá sea a largo plazo, pero que hasta ahora hemos visto que se hace poco o nada al respecto, siendo consientes de la realidad en la que vivimos; resultando por tanto necesario como bien lo dice nuestro docente, positivizar de manera específica tal necesidad para poder empezar a ver los primeros resultados.
UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA
Maestría en Derecho, Mención: Ciencias Penales
Estudiante: Carmen Rosa Huamán Mamani
I Semestre- turno tarde

Carmen Huamán said...
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Unknown said...

MAESTRIA DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
SOCIOLOGIA JURIDICA
PUCALLPA.
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Que, nuestra economia se rigue por la oferta y la demanda,¿ si el derecho a no tener hambre debe regirse por esta misma regla?, ¿o es que es necesario la intervension del estado?. En nuestra Constitucion Politica, recoge la defensa de la persona humana, y el respeto de su dignidad como el fin supremo de sociedad y del estado; de igualmanera el derecho a la vida, a su integridad psiquica y fisica, a su bienestar; asimismo al derecho a la proteccion de su salud del medio familiar y de la comunidad,se encuentran vinculados al derecho alimentario;es decir, a lo que hoy se puede expresar " el derecho a no tener hambre". El estado, expresa su preocupacion haciendo el papel de un ente asistencialista(mediante el PRONAA, COMEDORES POPULARES, PROGRAMSA DE VASO DE LECHE,ECT.)y normativo tal como lo encontramos en el derecho de familia- Codigo Civil; si bien es cierto puede constituir una satisfaccion parcial ante una necesidad de incremento, es necesario comprender la carencia de los alimentos no solo desde el punto de vista normativo sino tambien desde el punto social, considerando que el hambre subsiste, que el mismo en nuestro pais no ha tenido una planificacion integra para combatir el hambre; esta dolencia que a la fecha no ha sido solucionada por la economia del mercado ni la intervension del estado.

Freskisa said...

ALUMNA: JACKELIN SOFIA JALCK VASQUEZ.
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HUANUCO. (SEDE PUCALLPA)
Este artículo nos habla más que todo de la intervención estatal en el derecho a la alimentación, dicha intervención se da como una acción positiva del Estado, un derecho a tener políticas públicas cuyo principio rector sea la realización del mismo. En resumen se plantea que los únicos mecanismos que deben existir no son solamente los jurídicos, aunque respecto a estos se debe ampliar el ámbito de protección de la acción de tutela, pero que también por su alta carga política y moral estos derechos pueden ser exigidos a las instituciones como derechos concretos y exigidos(sobre todo) a la sociedad misma, ya que la obligación de realización de éstos no solo está cargo del Estado sino en todo el conglomerado social.

Unknown said...

MAESTRÍA DE DERECHO CIVIL Y COMERCIAL 2012
Sociología Jurídica
Pucallpa

En el derecho a no tener hambre, es un derecho humano fundamental de toda mujer, hombre, joven y niño. La seguridad alimentaria universal y sustentable son parte primordial para el alcance de los objetivos sociales, económicos y humanos de nuestro gobierno. Sin embargo nuestra sociedad hace caso omiso de la gran pobreza y crisis económica que existe en nuestro Perú, personas que no cuenta con una buena alimentación, viven en situaciones deplorables, que comen los desechos que se encuentran en la basura y que al poco tiempo se llegan a enfermar, el apoyo que realiza el Estado es muy poco, que no llegan a cubrir con todo la necesidad que ellos tienen.

Karen Villalobos.

Unknown said...

Libaña Rubi Culqui Pérez
Maestria de Derecho Civil y Comercial
UNHEVAL (Pucallpa)
Sociologia Juridica
EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
Considero que el Derecho a no tener hambre es parte de nuestra normatividad, ya que en la Cumbre del Milenio de la Naciones Unidas en el año 2000 el Perú y otros estados suscribieron la Declaración del Milenio y otros donde establecen su compromiso a cumplir los objetivos del desarrollo para el Milenio, como sabemos el primer objetivo es erradicar la pobreza extrema y el hambre. En dicho contexto en el Perú existen a la fecha algunos programas sociales destinados a dicho fin, como los desayunos escolares, programa integral de nutrición, vaso de leche, comedores populares, pensión 65, entre otros. Siendo que dicho objetivo debiera cumplirse al 2015, las evaluaciones que puedan hacerse respecto a los mismos serían desalentadoras, toda vez que a la fecha las cifras de mortalidad por desnutrición no han disminuido lo necesario para considerar que se haya erradicado.

Unknown said...

Neil Patrick Pipa Varas
Maestria en Derecho Civil y Comercial

El derecho a no tener hambre, es un fenomeno social que afecta desde hace mucho tiempo a nuestro pais, si bien es cierto el pais a estas alturas ha tratado de ir disminuyendo esta problematica meidante la creacion de instituciones como el PRONAA, que ayudan a combatir el hambre en la poblacion, sin embargo aun no se ha positivizado esta problematica, aun el legislador no ha tomado cartas en el asunto, para lograr mediantes medios adecudos la subsistencia de las personas que no tienen la posibilidad de evitar tener hambre. Es por ello que considero que el Estado debe velar por el bienestar y subsistencia de aquellas personas que carecen de medios suficientes para lograr evitr tener hambre, generando una politica adecuada para tal fenomeno social y positivizando el mismo.

Unknown said...

GLORIA SABRINA SANTILLAN SANCHEZ
ALUMNA DE LA MAESTRIA EN MENCIÒN CIVIL Y COMERCIAL - SEDE PUCALLPA
EL DERECHO A NO TENER HAMBRE ES UN IDEAL POLITICO, ES DECIR UN RECONOCIMIENTO ANTE UN DERECHO FUNDAMENTAL DE LA PERSONA, POR ENDE LOS POLITICOS SE DEBEN INTERESAR EN CREAR POLITICAS ADECUADAS QUE GENEREN MEDIOS NECESARIOS QUE GARANTICEN QUE TODAS LAS PERSONAS QUE NO TENGAN RECURSOS ECONÓMICOS SEAN ALIMENTADOS, Y CON ELLO GARANTIZARCE SU DERECHO A LA SALUD Y A LA EDUCACIÒN, Y ESA PERSONA QUE YA NO TIENE HAMBRE TENGA TANTA ENERGIA QUE CONTRIBUYA CON LA SOCIEDAD Y EL DESARROLLO DE LA HUMANIDAD.

Unknown said...

GLORIA SABRINA SANTILLAN SANCHEZ
ALUMNA DE LA MAESTRIA EN MENCIÒN CIVIL Y COMERCIAL - SEDE PUCALLPA
EL DERECHO A NO TENER HAMBRE ES UN IDEAL POLITICO ES UN CAMBIO CULTURAL, EN DONDE LOS POLITICOS SE INTERESEN EN CREAR SISTEMAS POLITICOS EN RECONOCIMIENTO DE UN DERECHO FUNDAMENTAL DE LA ALIMENTACION QUE PERMITA CREAR MEDIOS NECESARIOS QUE GARANTICEN QUE TODAS LAS PERSONAS QUE NO TENGAS RECURSOS ECONOMICOS PARA SU ALIMENTANCION, SE VEAN BENEFICIADOS CON ESTAS POLITICAS, Y CON ELLO GARANTIZARCE SU DERECHO A LA SALUD Y A LA BUEN DESARROLLO EDUCATIVO, Y ESE HABRIENTO YA SATISFECHO DICHA NECESIDAD CONTRIBUIRIA CON LA SOCIEDAD Y EL DESARROLLO SOCIAL.

Unknown said...

GLORIA SABRINA SANTILLAN SANCHEZ
ALUMNA DE LA MAESTRIA EN MENCIÒN CIVIL Y COMERCIAL - SEDE PUCALLPA
EL DERECHO A NO TENER HAMBRE ES UN IDEAL POLITICO ES UN CAMBIO CULTURAL, EN DONDE LOS POLITICOS SE INTERESEN EN CREAR SISTEMAS POLITICOS EN RECONOCIMIENTO DE UN DERECHO FUNDAMENTAL DE LA ALIMENTACION QUE PERMITA CREAR MEDIOS NECESARIOS QUE GARANTICEN QUE TODAS LAS PERSONAS QUE NO TENGAS RECURSOS ECONOMICOS PARA SU ALIMENTANCION, SE VEAN BENEFICIADOS CON ESTAS POLITICAS, Y CON ELLO GARANTIZARCE SU DERECHO A LA SALUD Y A LA BUEN DESARROLLO EDUCATIVO, Y ESE HABRIENTO YA SATISFECHO DICHA NECESIDAD CONTRIBUIRIA CON LA SOCIEDAD Y EL DESARROLLO SOCIAL.

vabyrom said...

UTOPÍA
NOMBRE: VANIA ABYGAIL ROMERO CHAVEZ
MAESTRÍA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
COLEGIO DE ABOGADOS DE UCAYALI – UNHEVAL
TURNO: NOCHE - I SEMESTRE
CURSO: SOCIOLOGIA JURIDICA

Este derecho a no tener hambre, resulta de la ineficacia del gobierno de no poder cubrir la necesidad alimentaria, no hay una adecuada administracion de los recursos y que estos puedan llegar a todos los rincones, muchos programas creados por el estado, tratan de aminorar las demandas de alimentos pero no es suficiente, si a esto le sumamos la larga cadena de corrupcion en la reparticion de los alimentos, veremos que esto empeora, la burocracia y corrupcion son entes que impiden que esto llegue a quienes mas lo necesitan, es una tarea dificil de cumplir, pero no imposible, todo parte de la voluntad polita libre de intereses personales, se necesita personas que lo den todo sin recibir nada a cambio, que tenga esa voluntad de ayudar, colaborar, y pelear por que este derecho se cumpla, mas alla que se positivise o no, es un derecho humano en la cual se debe dar cumplimiento.

Unknown said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
El derecho a no tener hambre, es un derecho social inherente a cada ser humano, que si bien no se encuentra expresamente positivizado, está sumamente relación con el derecho a la vida, a la integridad psíquica y física, así como al derecho al bienestar (artículo 2° inciso 1 de la Constitución Política del Estado); sin embargo, debe indicarse que existen programas sociales promovidos por el Estado e incluso por organizaciones altruista de índole privado, dedicados a erradicar el hambre, por lo que resulta necesario que éste derecho social sea articulado en nuestra normatividad con la finalidad de exigir la posibilidad de exigir la realización progresiva del mismo a través de políticas públicas y programas sociales que sean más efectivas y lleguen a aquellas poblaciones donde realmente existe un alto índice de pobreza y desnutrición.
Sissy Karen Robalino Cárdenas – UNEVHAL MAESTRIA D° CIVIL Y COMERCIAL – SOCIOLOGIA JURIDICA

Unknown said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
El derecho a no tener hambre, es un derecho social inherente a cada ser humano, que si bien no se encuentra expresamente positivizado, está sumamente relación con el derecho a la vida, a la integridad psíquica y física, así como al derecho al bienestar (artículo 2° inciso 1 de la Constitución Política del Estado); sin embargo, debe indicarse que existen programas sociales promovidos por el Estado e incluso por organizaciones altruista de índole privado, dedicados a erradicar el hambre, por lo que resulta necesario que éste derecho social sea articulado en nuestra normatividad con la finalidad de exigir la posibilidad de exigir la realización progresiva del mismo a través de políticas públicas y programas sociales que sean más efectivas y lleguen a aquellas poblaciones donde realmente existe un alto índice de pobreza y desnutrición.
Sissy Karen Robalino Cárdenas – UNEVHAL MAESTRIA D° CIVIL Y COMERCIAL – SOCIOLOGIA JURIDICA

Unknown said...

ALUMNA PAMELA LOURDES PÉREZ ROBLES
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL - UNHEVAL -SEDE PUCALLPA

Luego de analizar la lectura, considero que el derecho a no tener hambre (debe ser la expresion correcta), si se encuentra, intrinsicamente, dentro de los derechos fundamentales de la persona en nuestra Carta Magna, no obstante; nuestros gobernantes no desarrollan políticas públicas que coadyuven a disminuir las cifras de extrema probeza.
La Lestura muestra una gran realidad que se dá en nuestra sociedad y todos vemos con indiferencia y quienes tienen la obligacion de tutelarla son incapaces de ello.

Elizabeth Yanisa Campos Barreto said...

ELIZABETH YANISA CAMPOS BARRETO
ALUMNA DE LA MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL DE LA UNIVESRIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HÚANUCO - SEDE PUCALLPA
Considero que lo correcto es el “Derecho a estar Libre de Hambre”, con lo cual se estaría exigiendo a que el estado garantice la alimentación del hombre que vive en sociedad y en un estado de derecho; de llegarse a regular esta figura legal, estaríamos frente a políticas del estado que estén destinadas a crear medios alternativos de producción y de satisfacción de las personas, para que están no sufran por la falta de alimentos, que son vitales para su subsistencia y para su desarrollo en la sociedad, debido a que todo parte de una buena alimentación, para gozar de buena salud y estar preparados para la educación, adquiriendo conocimientos; sin embargo, no debemos confundir de que el Derecho a estar libre de Hambre, implique que el estado tenga que promover el derecho a no trabajar y esperar que el estado los suministre de alimentos y que ello implique una nueva cultura en nuestro país, que solo conllevaría a un fracaso político y social de su desarrollo; debiendo el estado gozar de políticas que no afecten estos aspectos.

Elizabeth Yanisa Campos Barreto said...

ELIZABETH YANISA CAMPOS BARRETO
ALUMNA DE LA MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL DE LA UNIVESRIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HÚANUCO - SEDE PUCALLPA
Considero que lo correcto es el “Derecho a estar Libre de Hambre”, con lo cual se estaría exigiendo a que el estado garantice la alimentación del hombre que vive en sociedad y en un estado de derecho; de llegarse a regular esta figura legal, estaríamos frente a políticas del estado que estén destinadas a crear medios alternativos de producción y de satisfacción de las personas, para que están no sufran por la falta de alimentos, que son vitales para su subsistencia y para su desarrollo en la sociedad, debido a que todo parte de una buena alimentación, para gozar de buena salud y estar preparados para la educación, adquiriendo conocimientos; sin embargo, no debemos confundir de que el Derecho a estar libre de Hambre, implique que el estado tenga que promover el derecho a no trabajar y esperar que el estado los suministre de alimentos y que ello implique una nueva cultura en nuestro país, que solo conllevaría a un fracaso político y social de su desarrollo; debiendo el estado gozar de políticas que no afecten estos aspectos.

Elizabeth Yanisa Campos Barreto said...

ELIZABETH YANISA CAMPOS BARRETO
ALUMNA DE LA MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL DE LA UNIVESRIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HÚANUCO - SEDE PUCALLPA
Considero que lo correcto es el “Derecho a estar Libre de Hambre”, con lo cual se estaría exigiendo a que el estado garantice la alimentación del hombre que vive en sociedad y en un estado de derecho; de llegarse a regular esta figura legal, estaríamos frente a políticas del estado que estén destinadas a crear medios alternativos de producción y de satisfacción de las personas, para que están no sufran por la falta de alimentos, que son vitales para su subsistencia y para su desarrollo en la sociedad, debido a que todo parte de una buena alimentación, para gozar de buena salud y estar preparados para la educación, adquiriendo conocimientos; sin embargo, no debemos confundir de que el Derecho a estar libre de Hambre, implique que el estado tenga que promover el derecho a no trabajar y esperar que el estado los suministre de alimentos y que ello implique una nueva cultura en nuestro país, que solo conllevaría a un fracaso político y social de su desarrollo; debiendo el estado gozar de políticas que no afecten estos aspectos.

Unknown said...

NATALIA RÁEZ CASABONA

ALUMNA DE LA MAESTRIA DE DERECHO CIVIL - UNHEVAL- SEDE PUCALLPA

Si bien el derecho a no tener hambre no está positivizado en nuestro ordenamiento jurídico, considero que sí es una norma moral que los estados incorporan en el diseño de sus políticas públicas para favorecer a los ciudadanos con menores oportunidades de desarrollo.

Sin embargo, más que las diseñar políticas públicas que permitan el acceso a la alimentación subvencionadas por el Estado, es preferente que el Estado provea a sus ciudadanos de los medios para procurarse por sí mismos de alimentación: no darles el pescado, sino enseñarles a pescar y darles las condiciones para obtener buena pesca, de modo que paulatinamente les sea retirado estos beneficios o subvenciones. Se entiende entonces, que los infantes tendrían el libre acceso a gozar de este derecho y que los adultos lo tengan restringido.

Actualmente, no sólo en los países latinoamericanos sino también en los europeos, se ve que se ha diseñado más de una política pública que anula al ciudadano en estado de necesidad, proveyéndolo (hasta cuando el presupuesto del programa alcance) de alimentos sin requerirle mayor esfuerzo por ganarse dicho derecho. Estas políticas, muchas veces, lejos de lograr que el ciudadano supere su estado de necesidad para lograr surgir y salir de este, hace que el ciudadano se adapte a las nuevas condiciones que le han tocado vivir sin lograr su superación.

Unknown said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
El derecho a no tener hambre, es un derecho social inherente a cada ser humano, que si bien no se encuentra expresamente positivizado, está sumamente relación con el derecho a la vida, a la integridad psíquica y física, así como al derecho al bienestar (artículo 2° inciso 1 de la Constitución Política del Estado); sin embargo, debe indicarse que existen programas sociales promovidos por el Estado e incluso por organizaciones altruista de índole privado, dedicados a erradicar el hambre, por lo que resulta necesario que éste derecho social sea articulado en nuestra normatividad con la finalidad de exigir la posibilidad de exigir la realización progresiva del mismo a través de políticas públicas y programas sociales que sean más efectivas y lleguen a aquellas poblaciones donde realmente existe un alto índice de pobreza y desnutrición.
Sissy Karen Robalino Cárdenas – UNEVHAL MAESTRIA D° CIVIL Y COMERCIAL – SOCIOLOGIA JURIDICA

César Jean Frank Tucto Santamaria said...

ALUMNO: CÉSAR JEAN FRANK TUCTO SANTAMARÍA
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HUANUCO. (SEDE PUCALLPA)

Considero que más allá de un derecho a no tener hambre, ésta el derecho del ser humano a vivir como tal, no es posible que en la época contemporánea en la que vivimos exista pobreza y abandono por parte del Estado de las personas más necesitadas; empero, también se debe tener en cuenta que dicha situación a veces se disgrega del comportamiento propio del ser humano, dado a que si se positivizara el “derecho a no tener hambre”, muchas personas verían en el Estado una fuente de alimentación, generando con ello un descuido en su esfuerzo y el trabajo que justifica la posibilidad de uno mismo a no tener hambre.

Anonymous said...

Jennifer Milagros Trujillo Pacaya
Alumna de la Maestría en Derecho Civil y Comercial de la Universidad Nacional Hermilio Valdizan de Huánuco - Sede Pucallpa.

El derecho a no tener hambre, o mejor dicho el derecho a la alimentación, en efecto en el Peru, no esta legislado, pero, a traves de Politicas de Gobierno,se viene tratando de apoyar con alimentos a las personas de bajos recursos con Programas Sociales,en los cuales encontramos, el Programa de Vaso de Leche, el PAAM, los desayunos escalores, Pero, esto es insuficiente para garantizar a la poblacion el derecho a la alimentación. La conceptualización acerca del derecho a no tener hambre o derecho a la alimentación , nos invita a reflexionar sobre la lucha por los derechos y la dignidad humana como fundamento de nuestras exigencias, igualmente sobre el papel del Estado y de la sociedad frente a las responsabilidades de la garantía de los derechos. La propuesta del derecho a no tener hambre se fundamenta en el concepto de meta derecho, éste trae la novedad de articular el contenido de cada derecho social con la posibilidad de exigir la realización progresiva del mismo por medio de políticas de estado.

Unknown said...

MAESTRIA –DERECHO CIVIL Y COMERCIAL –UCAYALI.
ALUMNA: MIRIAM C. SOLANO TORIBIO.
si se positivisa el derecho a no tener hambre, se obligaria al estado a tener politicas adecuadas para el cumplimiento de este derecho es subjetivo, pero el estado cumpliendo al funcion moral cumple esta politica atraves de los programas del vaso de leche y el prono, provee alimentación para los ciudadanos que tiene este derecho subjetivo.

Unknown said...

MARGARITA EMILIA TORRES TORRES
Maestría de Derecho Civil y Comercial-UNHEVAL (Pucallpa)
"Sociología Jurídica"- EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
Definitivamente, el derecho a no tener hambre, debería ser tomado en cuenta por nuestros gobernantes, en el mundo y en nuestro país, existen sobre todo muchos niños y ancianos que actualmente se muere de hambre, ya sea por diversos factores (sociales, económicos, etc.), a pesar de que muchas personas viene ayudando en esta problemática, no es suficiente, puesto que el Estado, es quien tiene la obligación de preocuparse en crear una ley, destinada a brindar alimentos a todas personas que no tiene recursos económicos, para asegurar con ello, la subsistencia de los mismos, aplicando políticas que orienten a dar una mejor calidad de vida, y permita que muchas gente, pueda unirse a este mismo objetivo.

Unknown said...

MAESTRIA –DERECHO CIVIL Y COMERCIAL –UCAYALI.
ALUMNA: MIRIAM C. SOLANO TORIBIO.
si se potivissa el derecho a no tener habre se obligaria al estado a tener politicas adecuadas para el cumplimeinto eficas de este derecho. en nuestro paiz este derecho es subjetivo, sin embargo el estado cumpliendo la funcion moral provee la alimentacion a los ciudadannos a traves del programa del vasod e lehce y el prona que llega a los mas necesitados

Unknown said...

BLANCA EUMELIA MONSALVE SILVA. Maestría con mención en Derecho Civil y Comercial - UNHEVAL (Pucallpa).-
De la lectura se desprende que el derecho a no tener hambre sería el fundamento que obligue a establecer políticas que conlleven a asegurar los medios adecuados para la subsistencia de todas las personas y asimismo que los ciudadanos puedan exigir el establecimiento de éstas políticas; al respecto, considero que nuestra Carta Magna al señalar que es fin supremo del Estado y de la sociedad la defensa de la dignidad de la persona humana así como también al reconocer el derecho fundamental de toda persona a la vida, a su integridad psíquica, física y a su libre desarrollo y bienestar, conlleva a que el Estado debe proveer los medios necesarios que aseguren a la sociedad la satisfacción de sus necesidades primarias dentro de las cuales se encontraría el derecho a estar libre de hambre; por lo que, es deber del Estado que para tal fin establezca las políticas necesarias y de la sociedad, exigirlo.

Unknown said...

BLANCA EUMELIA MONSALVE SILVA. Maestría con mención en Derecho Civil y Comercial - UNHEVAL (Pucallpa).-
De la lectura se desprende que el derecho a no tener hambre sería el fundamento que obligue a establecer políticas que conlleven a asegurar los medios adecuados para la subsistencia de todas las personas y asimismo que los ciudadanos puedan exigir el establecimiento de éstas políticas; al respecto, considero que nuestra Carta Magna al señalar que es fin supremo de nuestro Estado y de la sociedad la defensa de la dignidad de la persona humana así como también al reconocer el derecho fundamental de toda persona a la vida, a su integridad psíquica, física y a su libre desarrollo y bienestar, conlleva a que el Estado debe proveer los medios necesarios que aseguren a la sociedad la satisfacción de sus necesidades primarias dentro de las cuales se encontraría el derecho a estar libre de hambre; por lo que, es deber del Estado que para tal fin establezca las políticas necesarias y de la sociedad, exigirlo.

Unknown said...

MAESTRIA –DERECHO CIVIL Y COMERCIAL –UCAYALI.
ALUMNO: MARCO ANTONIO PAUCAR SOLANO.
En principio el hambre es un instinto del ser humano, que le surge de la necesidad de alimentarse, por loque busca los medios para satisfacer dicho fin.
Ahora bien dentro de una sociedad las personas para poder alimentarse (comer) tiene que comprar alimentos y consumirlos; sin embargo existe grupos sociales como los probres quu no cuentan con recursos economicos para poder comprar alimentos y asi satirsfacer su necesidad. a loq ue surge como una concepcion, de un derecho a no tener hambre.
Es decir que este fenomeno del hambre, proviene de otro que es la pobreza (extrema), siendo una especie de consecuecnia, por es ilogico decir que todos merecemos este derecho, ya que los que cuentan con medios economicos necesarios no sufren esta necesidad.
En mi opion al margen de positivisar este derecho lo que se debe hacer es, crear o fortalecer los programas contra la pobreza, a fin de que se erradique este fenomeno como es caso de suiza, o otros paices donde el pobre no es que el no tiene que comer.
Por lo que Mas que un derecho lo considero como una consecuencia de otro fenomeno mas grande que es la POBREZA.

Unknown said...

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE
Como bien se menciona en el presente artículo, no se encuentra regulado este derecho a no tener hambre, ello en razón a que no encontramos ni en la Constitución ni en norma positiva alguna que haya regulado esta parte del derecho; sin embargo, si bien es cierto, el Estado tiene la obligación de proveer de los recursos necesarios para la subsistencia de la población en general, consideramos que ello finalmente será posible en tanto las personas tomemos conciencia del pago de nuestros tributos, pues si las persona no proveen de los recursos necesarios al Estado, éste no podrá cumplir con sus obligaciones, en este caso de proveer de los recursos necesarios para proveer de alimentación de la población, principalmente la de menores recursos.

Unknown said...

BLANCA EUMELIA MONSALVE SILVA. Maestría con mención en Derecho Civil y Comercial - UNHEVAL (Pucallpa).-
De la lectura se desprende que el derecho a no tener hambre sería el fundamento que obligue a establecer políticas que conlleven a asegurar los medios adecuados para la subsistencia de todas las personas y asimismo que los ciudadanos puedan exigir el establecimiento de éstas políticas; al respecto, considero que nuestra Carta Magna al señalar que es fin supremo de nuestro Estado y de la sociedad la defensa de la dignidad de la persona humana así como también al reconocer el derecho fundamental de toda persona a la vida, a su integridad psíquica, física y a su libre desarrollo y bienestar, conlleva a que el Estado debe proveer los medios necesarios que aseguren a la sociedad la satisfacción de sus necesidades primarias dentro de las cuales se encontraría el derecho a estar libre de hambre; por lo que, es deber del Estado que para tal fin establezca las políticas necesarias y de la sociedad, exigirlo.

Unknown said...

Carlos Alberto Chirre Ramirez
Maestria en Derecho Civil y Comercial (unheval) Filial Pucallpa

El derecho a no tener hambre si bien es cierto es un tema sumamente importante ya que nadie por la condición que tenga debería padecer hambre, es más cierto aun que el titulo que se quiere dar para positivisarse no es el adecuado ya que si vamos a tratar de buscar políticas como sociedad buscar una manera de reducir el hambre el nombre que debemos dar seria mas bien el de “formas de satisfacer el hambre” o “mecanismos para reducir el hambre”, ya que con ello los beneficiarios tendrían una noción de lo que se quiere implementar, sin embargo es más prudente que se buscaran mejores mecanismos para la ampliación laboral, ya que con ello no solo se combatiría el hambre sino además se le brindaría a que gocen de un bienestar social y familiar.

Unknown said...

ALUMNA DE LA MESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL - UNHEVAL----Partiendo de la premisa “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del estado”, reconocido por nuestra Constitución; de donde se colige que el estado garantiza a sus habitantes el de procurar y cuidar por su bienestar dentro de la sociedad, por ende, el derecho a su alimentación; es así que, a la fecha si bien se han desarrollado programas sociales, que de cierto modo coadyuvarían a la mitigar las necesidades alimentarias de una parte de la población; sin embargo, considero que el Estado puede hacer mucho más, pues no basta con proveer de alimentos para cumplir con su obligación social; sino que la política debe estar orientada a promover el desarrollo económico de estas personas, a través del trabajo organizado, el cual permita un ingreso a la canasta familiar y como tal se garantice no solo su derecho alimentario, sino su derecho a disfrutar una vida digna.

Unknown said...

SANDRA MARGOT RODRIGUEZ REATEGUI. Maestría con mención en Derecho Civil y Comercial - UNHEVAL (Pucallpa).-

El derecho a no tener hambre
Sin estar positivizado el derecho a no tener hambre el estado ha venido aplicando políticas de apoyo a través de programas sociales, Si bien es cierto como parte del problema social tenemos la desnutrición, el estado de una u otra forma ha venido contribuyendo de manera parcial con los niños en etapa escolar a través del Pronaa, vasos de leche, comedores populares; en todo caso hablamos de un derecho a procurar alimentos con los cuales puedan subsistir, sin embargo de positivizarse el derecho a no tener hambre en nuestra sociedad contribuirá al conformismo de los sectores mas pobre por cuanto exigirían al estado el derecho a alimentarlos como una obligación en forma gratuita, y en el cual en estas políticas de no existir un control por parte del estado ocasionaría el despilfarro económico de alimentar y no producir un desarrollo social.

Unknown said...

LADY LINDA GRANDEZ DEL AGUILA
ALUMNA MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL UNEHVAL - SEDE PUCALLPA
El Derecho a No Tener Hambre comprende la participación del estado en el fomento de políticas que ayuden a saciar el hambre de los pobladores mas necesitados; si bien es cierto este derecho como tal no se encuentra recogido en nuestra constitución política, sin embargo como parte del derecho a una vida digna, el estado deberá crear políticas que permitan acudir a aquellos ciudadanos más pobres que requieran de alimentación, para lo cual actualmente ha creado diversos programas que buscan atender esta necesidad tales los vasos de leche, los comedores populares, etc; sin embargo, estas políticas, no deberían estar orientadas solo en otorgar un beneficio alimenticio directo en aquellos pobladores mas necesitados, sino mas bien una política más integral que permita a través del trabajo la satisfacción de los derechos alimenticios de los ciudadanos para a su vez no crear una política de ocio.

Unknown said...

LADY LINDA GRANDEZ DEL AGUILA
ALUMNA MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL UNEHVAL - SEDE PUCALLPA
El Derecho a No Tener Hambre comprende la participación del estado en el fomento de políticas que ayuden a saciar el hambre de los pobladores mas necesitados; si bien es cierto este derecho como tal no se encuentra recogido en nuestra constitución política, sin embargo como parte del derecho a una vida digna, el estado deberá crear políticas que permitan acudir a aquellos ciudadanos más pobres que requieran de alimentación, para lo cual actualmente ha creado diversos programas que buscan atender esta necesidad tales los vasos de leche, los comedores populares, etc; sin embargo, estas políticas, no deberían estar orientadas solo en otorgar un beneficio alimenticio directo en aquellos pobladores mas necesitados, sino mas bien una política más integral que permita a través del trabajo la satisfacción de los derechos alimenticios de los ciudadanos para a su vez no crear una política de ocio.

Unknown said...

MAESTRÍA DE DERECHO CIVIL Y COMERCIAL 2012
Sociología Jurídica
Pucallpa

El derecho a no tener hambre me parece una iniciativa valorable, ya que parte de una problemática social para buscar una alternativa de solución a través de decisiones políticas. Si observamos atentamente nuestra carta magna esta, prescribe que todo ciudadano tiene derecho a la educación, al vestir, a la alimentación entre otros derechos reconocidos fundamentales, sin embargo los esfuerzos desplegados para ostentar los medios necesarios para una subsistencia y dejar de tener hambre son escuetos y hasta dejados a un lado sin mayor importancia, y eh aquí, uno de los factores incidentales en mi modesto comentario como un factor de que nuestro país sea un país subdesarrollado. Respecto a esta última parte me explico y al mismo tiempo abrazo lo que en alguna oportunidad respondió Fidel Castro cuando un periodista de su país le pregunto: porque considera Ud. Que Cuba paso del subdesarrollo a ser un país desarrollo. Y él respondió: me preocupe por dos pilares fundamentales LA SALUD Y LA EDUCACION. La salud entendida como preocupación de que su población no pasara hambre. Por otro lado justifico el derecho a no tener hambre en un informe de la OMS, cuando se refiere que un niño no alimentado, es decir de hambre, no puede rendir con las mismas capacidades que otro niño alimentado, por un tema de que el hecho de tener hambre reflejara baja capacidad de atención y rendimiento intelectual. Finalmente esta alternativa de generar un derecho a no tener hambre seria una propuesta legislativa que buscaría alumbrar una nación más comprometida hacia un desarrollo sostenible para un Perú desarrollado.

CRISTIAN PEZO CHUQUISTA

Unknown said...

MAESTRÍA DE DERECHO CIVIL Y COMERCIAL 2012
Sociología Jurídica
Pucallpa

El derecho a no tener hambre me parece una iniciativa valorable, ya que parte de una problemática social para buscar una alternativa de solución a través de decisiones políticas. Si observamos atentamente nuestra carta magna esta, prescribe que todo ciudadano tiene derecho a la educación, al vestir, a la alimentación entre otros derechos reconocidos fundamentales, sin embargo los esfuerzos desplegados para ostentar los medios necesarios para una subsistencia y dejar de tener hambre son escuetos y hasta dejados a un lado sin mayor importancia, y eh aquí, uno de los factores incidentales en mi modesto comentario como un factor de que nuestro país sea un país subdesarrollado. Respecto a esta última parte me explico y al mismo tiempo abrazo lo que en alguna oportunidad respondió Fidel Castro cuando un periodista de su país le pregunto: porque considera Ud. Que Cuba paso del subdesarrollo a ser un país desarrollo. Y él respondió: me preocupe por dos pilares fundamentales LA SALUD Y LA EDUCACION. La salud entendida como preocupación de que su población no pasara hambre. Por otro lado justifico el derecho a no tener hambre en un informe de la OMS, cuando se refiere que un niño no alimentado, es decir de hambre, no puede rendir con las mismas capacidades que otro niño alimentado, por un tema de que el hecho de tener hambre reflejara baja capacidad de atención y rendimiento intelectual. Finalmente esta alternativa de generar un derecho a no tener hambre seria una propuesta legislativa que buscaría alumbrar una nación más comprometida hacia un desarrollo sostenible para un Perú desarrollado.

CRISTIAN PEZO

Unknown said...

MAESTRÍA DE DERECHO CIVIL Y COMERCIAL 2012
Sociología Jurídica
Pucallpa
Es interesante este pensamiento respecto al derecho a no tener hambre, desde el punto de vista de donde está enfocado este tema. Para solucionar este problema, pienso que es necesario establecer las causas que llevan a una persona a tener hambre, bien puede ser por no tener que comer por no tener familia, trabajo o provenir de un estatus social bajo, casos que si constituye un problema social para lo cual se deben buscar los programas adecuados destinados a crear asistencia social de alimentación a personas que no tengan que comer, vale decir que sufran de hambre. Pero no constituiría un problema atendible si este hambre es provocado por la misma persona pese a tener condiciones económicas que le permitan conseguir su propio alimento. Finalmente, volviendo tema principal, debo indicar a título personal que no es conveniente mal acostumbrar a la población, toda vez que antes de brindar apoyo social, es preciso ayudar a crear capacidades a las personas para conseguir o lograr su propia subsistencia y la de su familia.

Unknown said...

El derecho a no tener hambre, considero que genera una fuerte reacción en cada lector, por cuanto trata de salvaguardar la primordial necesidad del ser humano, lo cual es la alimentación, propiciando la búsqueda de mecanismos que aseguren la subsistencia de los miembros de cada sociedad, así como incluir politicas que garanticen los medios de subsistencia de todo ciudadano y el reconocimiento de un derecho llamado "el derecho a no tener hambre o el derecho a la alimentación".

Unknown said...

Universidad Nacional del Callao
Fernández Ordinola, Mariana
1321110193
Economía I (04C)

El Derecho a no tener hambre, lo viable que seria para los gobiernos en turno de implementar en las legislaciones políticas orientadas a abolir la hambruna y otras factores que influyan en ella. Viendo la realidad por la que vive el Perú, es un tema que poco a poco se ha querido erradicar, yendo a los pueblos mas recónditos, creando programas para beneficio de los mas necesitados, etc. Sin embargo, a mi parecer, no creo que ello garantice la eliminación o desaparición del hambre, pues se deberían tomar medidas a larga plazo, que beneficie no solo a los que ayudan directamente sino a las generaciones que vengan posteriormente. Un claro ejemplo, es capacitar en mano de obra, el acceso a un mercado competitivo que tenemos actualmente.

Unknown said...

Este articulo es muy interesante ya que en nuestra historia nunca nos han menciona el derecho o no al hambre, es algo biológico que pasa en nuestro cuerpo y es la madre de las necesidades, con respecto a las políticas sobre este derecho creo que serian absurdas puedes nadie te puede negar la alimentación; por otra parte aportando un poco más a este tema, el hambre hace que el hombre actué por ejemplo: si una madre no tiene los alimentos que dar a sus hijos, ella trabaja en lo necesario pero si tampoco sabe en que trabajar hasta puede llegar a hurtar todo por dar de comer a sus hijos.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Colque roas Danitza Marveli
1221120068
ECONOMIA I 04C

muy importante tema el derecho a no tener hambre, este derecho debería estar establecido en nuestra constitución pues así las personas ,las familias pobres de nuestro país serian las mas beneficiadas ya que hay niños y ancianos que no tienen una adecuada alimentación eso es muy triste.

Unknown said...

Carlos Rodrigo Alonso Cumpa Bardalez
Economía I UNAC
Para poder alimentar a 1 grupo de personas (por mas pequeño que sea) siempre se debe contar con los recursos económicos y alimenticios necesarios para lograrlo, y la única forma de conseguirlo es distribuyendo bien los recursos disponibles, y para eso se necesitan políticas económicas lo bastante eficientes para hacerlo.
Aunque es cierto que no todos los países cuentan con los recursos necesarios para eliminar la hambruna, se podría pedir la colaboración de los países mas desarrollados para lograr este objetivo

Unknown said...
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Unknown said...

Universidad Nacional del Callao
Perez Saldivar, Melanny
Economia 04C

Este artículo hace contraste sobre el derecho y el deber moral.
El derecho moral de los hambrientos a no pasar hambre y el deber moral del Estado de garantizar que no ocurra esto.
Que en el Perú no halla hambre es un tema difícil de tratar; ya que garantizar la saciedad del hambre del todo es difícil pero no imposible. Para ello, desde mi punto de vista, debe haber un mayor control de los entidades hacía el repartimiento del Presupuesto para las Organizaciones que se encargan de saciar el hambre de los más vulnerables. Y no sólo debe existir un control sobre el manejo del dinero, sino también en las condiciones que son dadas estas. Estamos hablando de alimentos por lo cual se necesitan que sean productos de calidad y que se encuentren en buenas condiciones. En la actualidad vemos que existen programas del gobierno. Por ejemplo uno de ellos que se encargan de darles un desayuno a los niños que se encuentran estudiando en lugares apartados o colegios nacionales, es el programa KALI WARMA. Donde se cumple con dar desayuno a los niños pero los alimentos no son de calidad. De que sirve esta ayuda si por el contrario causan enfermedad en los niños.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
HUAMALIANO SOSA SAYURI
ECONOMIA I
RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A NO TENER HAMBRE, políticas dirigidas a asegurar que todos los hombres , mujeres, ancianos y niños tengan derecho a medios adecuados para su subsistencia obligando a establecer políticas necesarias para conseguir el derecho a estar libre de hambre.

Unknown said...
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Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
HERNANDEZ OBREGON KARINA EMILY - 1321121038
ECONOMIA I- 04C

El derecho a no tener hambre es algo que deber darse en todos los países, los gobiernos deben crear políticas para erradicar el hambre y velar por la subsistencia de su población. Se debería primero enfatizar en las personas de escasos recursos ya que son ellas las sufren más para llevarse un pan a la boca. Los hambrientos tienen derecho moral a la alimentación y la sociedad el deber moral de proveer la alimentación o los medios necesarios para proveer tal alimentación. Lograrlo es un poco difícil pero con buenas reformas se puede empezar disminuyendo el hambre en muchos lugares.

Unknown said...

PEREZ TORRES ALEXANDER
UNAC
1311120806
ECONOMIA I

Nos habla que en los países que están en vías desarrollo no hay políticas para erradicar el hambre sin embargo en nuestro país existe algunas formas de combatir esas como por ejemplo los vasos de leches, los comedores populares, etc que muchas veces no son suficientes para erradicar el hambre.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO -FCC
EVELIN LOZADA LOZADA
1321120877
ECONOMÍA I( 04C )

EL DERECHO A NO TENER HAMBRE buen articulo que nos ayuda a pensar e imaginarnos lo bueno que seria esta ley para la sociedad actual en la que hay mucho consumismo vanal y un gran egoísmo hacia personas pobres que no satisfacen una necesidad principal me parece que este derecho debe empezarse a tomar en cuenta para el beneficio de la población

jorge Mamani said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
JORGE LUIS MAMANI HUANCA -1321130082
ECONOMIA - 04C

el derecho a no tener hambre es el derecho a políticas para asegurar los medios adecuados para la subsistencia. si existiera un derecho a no tener hambre, se salvarían muchas vidas principalmente en sectores como la pobreza.
según el estado vela y protege este derecho pero vemos en la realidad que no es así, se hace un esfuerzo pero es muy poco. no se da abasto para todos. tan solo tienes algunos programas que puedan ayudar a los ciudadanos de bajos recursos.
como mencionan:la sociedad estaría obligada a decidir las políticas necesarias para asegurar los medios de subsistencia.

Juan Manuel Rafael Salvador said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO

RAFAEL SALVADOR, JUAN MANUEL. 1321120814

ECONOMÍA I 04C.

Si la sociedad y los organismos políticos nacionales e internacionales tomaran conciencia de que muchas personas al día mueren de hambre, exigirían y fomentarían respectivamente la aplicación de estas normas. Si bien es cierto el derecho a no tener hambre no está dentro de nuestra norma constitucional, eso no es impedimento para crear y sobre todo llevar a cabo normas que ayuden a contrarrestrar esa deficiencia que sufren centenares de personas en nuestro país y en el mundo. Si luchamos hoy por los demás, también estamos luchando por nosotros mismos.

Juan Manuel Rafael Salvador said...
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Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
MENDOZA CCORAHUA SUSAN KATHERINE
1321120422
ECONOMÍA (04c)
El derecho a no tener hambre, eso no esta regulado en nuestro pais, existe personas que no tienen que comer y a mi parecer la vida fue muy dura para estas personas. El estado deberia de ir a los pueblos mas escondidos de la sierra o la selva y porque no de la costa y ayudar a todas quellas personas que no tienen con que subsistir, o auqellas que solo trabajan en la agricultura para su subsistencia a ellos les deberian de dar charlas de como hacer empresa. Aquellos programas que apoyan a los mas necesitados deberian de ser supervisados para que no malgasten los fondos que se les reconoce para ayudar a estas personas. El derecho a no tener hambre deberia de evaluarse en el pais para que sea un derecho obligatorio.

Guillermo said...
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Guillermo said...
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Guillermo said...
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Guillermo said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
GALARRETA CORONADO GUILLERMO ANTONIO
1311121003
ECONOMIA I

El derecho a no tener hambre mas que un derecho debe empezar como una obligacion para que el pais y los ciudadanos tomen conciencia.
El Estado debe ponerse en accion y priorizar este tema generando politicas necesarias para la subsistencia de las personas hambrientas y asi prosperar como pais.

Guillermo said...
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Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Montoya Torres Alonso
1321121297
ECONOMIA04C

Nosotros como seres humanos tenemos prioridades en los cuales en general se podria hablar de derechos y deberes como seres humanos adaptamos esto con el unico fin de ser mejores.
Las personas de buena manera podrian poner en efecto una medida para que el estado tome en consideracion las buenas decisiones de como mantener a los mas necesitados con la forma de subsistencia con las mejores condiciones como bien dice en este caso: el hambre; es un derecho porque es la fuente de cada persona como su energia que haga un caso exacto y si bien la sociedad debe apoyar esto no debe dejar de prioridades sus asuntos en los cuales mantenga un margen formal entre los demas

Unknown said...


Universidad Nacional del Callao
Escudero Fasanando, Pierina
1321120012
ECONOMIA I - 04C

Hoy en dia se puede ver que no existe ningun Derecho que defienda el tener hambre, ya que no hay derechos transfondos ni institucionales lo cual no esta correcto, ya que deberia haber un derecho que cuide la alimentacion de los niños, ancianos, jovenes, etc. La solucion que se daria es que una determinada politica se enfoque en este caso para que asi las personas puedan tener este Derecho. Esto deberia difundirse en varios paises para que asi poco a poco se vaya acabando con la hambruna en diversos paises, ya que hoy en dia es uno de los problemas mas complicados.

JHON GARCIA said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
GARCIA BRUNO JHON LENIN
1321120404
ECONOMIA 1-04C
Este es un tema que a pesar de los años de existencia, aun no tonemos un verdadero gobierno que promueva este derecho de una forma convincente y de forma contundente, nos encontramos frente a una cruda realidad donde nuestros lideres solo ven los beneficios de quienes poseen el poder, mientras que las personas que si necesitan, osea el pueblo, tiene que seguir igual o en casos peores cada día mas, sabemos y entendemos que esta idea es un poco utópica pero viéndolo desde una perspectiva de gobierno no es tal lejano ni poco probable, solo nos falta un poco de sentido común y voluntad de poder cambiar y hacer valer el derecho a ser persona y un ser humano con dignidad y bienestar ante nuestra sociedad

Jéssica Vidal said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
ECONOMÍA I
JÉSSICA VIOLETA VIDAL APARICIO 1311121093

Bueno ciertamente este derecho no está debidamente reconocido pero es sumamente importante ya que tiene el fin de lograr políticas de subsistencia, claro está que hay instituciones nacionales que tratan de cumplir esta labor, pero no creo que esté bien manejada y se debería dar más apoyo y calidad de servicio para estos programas, ya que la buena alimentación es la base para un buen desarrollo tanto intelectual como físicamente.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
SOSA AGUILAR BRANDON JEAN HERBERT
1321120155 - 04C - ECONOMÍA I

El reconocimiento del derecho a estar libre de hambre daría a los hombres y mujeres el derecho a exigir que una determinada política esté dirigida a asegurar el objetivo de hacer del derecho a medios adecuados un derecho realizable.

Es increíble como un grupo reducido puede comer lo que se le antoje (incluso desperdiciarlo), y otro grupo esté muriendo por un grano de arroz.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
GALARZA CCOYLLO JULIE MADELEINE
1111120436 - 04C - ECONOMIA I

El primero de estos derechos es fundamental. Significa que el Estado tiene la obligación de asegurar, por lo menos, que las personas no mueran de hambre. Como tal, está intrínsecamente asociado al derecho a la vida. Además, no obstante, los estados deberían hacer todo lo posible por promover un disfrute pleno del derecho de todos a tener alimentos adecuados en su territorio, en otras palabras, las personas deberían tener acceso físico y económico en todo momento a los alimentos en cantidad y de calidad adecuadas para llevar una vida saludable y activa. Para considerar adecuados los alimentos se requiere que además sean culturalmente aceptables y que se produzcan en forma sostenible para el medio ambiente y la sociedad. Por último, su suministro no debe interferir con el disfrute de otros derechos humanos, por ejemplo, no debe costar tanto adquirir suficientes alimentos para tener una alimentación adecuada, que se pongan en peligro otros derechos socioeconómicos, o satisfacerse en detrimento de los derechos civiles o políticos.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
CERNA QUEZADA TANIA GUADALUPE 1321130019
ECONOMIA I 04C
"La sociedad debe reconocer el Derecho a que los ciudadanos tengan políticas dirigidas a asegurar que todos los hombres , mujeres, ancianos y niños tengan derecho a medios adecuados para su subsistencia"
todas las personas deben tener este derecho,en el Perú se implementan medidas para erradicar el hambre tales como el vaso de leche,comedor etc.Todos debemos gozar de este privilegio,asi la sociedad tendrá un mejor futuro.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
COLLANQUI YANA YOBEL
1321120903
ECONOMÍA I

El derecho a no tener hambre no esta establecido como parte del objetivo del ordenamiento institucional, no existen normas que amparen específicamente la erradicación del hambre; por tal motivo se debe de actuar mediante políticas que favorezcan la subsistencia de las personas , reconociéndose como obligación moral del estado con la sociedad para una posible mejora en la calidad de vida del individuo.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
VEGA CALIXTRO YAMILE SOFIA - 1321130073
ECONOMÍA I - 04C
El derecho a no tener hambre, no existen los derechos de trasfondo que justifiquen a nuestra sociedad la toma de decisiones políticas para implementar el Derecho a no tener hambre. Obligada a decidir las políticas necesarias para asegurar los medios de subsistencia y los ciudadanos de exigir el establecimientos de esas políticas.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
VEGA CALIXTRO YAMILE SOFIA - 1321130073
ECONOMÍA I -04C
El derecho a no tener hambre es un mensaje muy interesante el derecho libre de hambre es el derecho a políticas para asegurar los medios adecuados para la subsistencia; con esto se lograría que con el ejercicio de sus derechos las personas puedan tener acceso a un conjunto de bienes alimenticios para realizar su derecho a estar libre de hambre. nos quiere decir que nadie deberia morirse de hambre y la sociedad deberia proveer la alimentación para el bien de nuestros mismos apoyandonos unos a otros.

JESSICA ZEVALLOS said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
JESSICA MARÍA ZEVALLOS MARTINEZ - 1321120485
ECONOMÍA I-04C
El derecho a no tener hambre, es un derecho no garantizado ya que en nuestra sociedad no hay medios que aseguren nuestra subsistencia ni derechos institucionales específicos que justifiquen la decisión de implementar políticas para erradicar el hambre.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
GOMEZ ESPINOZA CRISTIAN 1311120797
ECONOMIA I
Esta lectura nos habla sobre el derecho a no tener hambre siendo este un garn problema social y mundial, y ante esto los estados deberían adoptar por políticas que hagan que cumplir este derecho o también podría darse el caso de que sea positivizado, así aseguraríamos mejores niveles de vida equitativos tanto para las generaciones actuales como para las futuras.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
ECONOMIA I - 04C
VIDAURRE DE LA CRUZ DAYANA ALMENDRA - 1321110095
El derecho a no tener hambre es decidir politicas necesarias para garantizar la subsistencia, lo cual los mismos ciudadanos deben exigir esto. Ya que la alimentacion es la base en una persona. Es en lo cual un Estado debe basarse, ya que deben preocuparse por las personas que viven en una sociedad, aparte la alimentacion es lo basico en una persona.

Lesly Prado Garcia said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
PRADO GARCIA LESLY CAROL - 1321110023
ECONOMIA I 04C

Todo ser humano es digno, por el solo hacho se ser un ser humano y por lo tanto, tiene derecho a la alimentación, es un derecho natural, no se necesitan de políticas de estado para darse cuenta de ello, pero, lamentablemente este derecho no se cumple, ya que hay muchas personas que pasan hambre, hay mucha desnutrición, muchas personas con problemas de TBC, esto debido a la mala alimentación que llevan.
Hay mucha desigualdad, un caso típico, son de aquellas personas que se dan el lujo de cubrir todas las necesidades de sus mascotas, cuando hay niños deambulando que serían dichosos en su lugar.
El estado, debería de enfocarse en esta necesidad apremiante, y buscar medidas rápidas porque cada día que pasa es crítico para nuestros hermanos que viven en la pobreza.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
CIENCIAS CONTABLES
ECONOMIA I
ROCA PADILLA MARIE ANN 1321120859
el reconocimiento del derecho a estar libre de hambre daría a los hombres y mujeres el derecho a exigir que una determinada política esté dirigida a asegurar el objetivo de hacer del derecho a medios adecuados un derecho realizable.
Estoy de acuerdo en que este derecho se de ya que así harían que el estado estaria obligafo a asegurar los medios de subsistencia y los ciudadanos de exigir el establecimientos de esas políticas

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
CIENCIAS CONTABLES
ECONOMIA I
ROCA PADILLA MARIE ANN 1321120859
el reconocimiento del derecho a estar libre de hambre daría a los hombres y mujeres el derecho a exigir que una determinada política esté dirigida a asegurar el objetivo de hacer del derecho a medios adecuados un derecho realizable.
Estoy de acuerdo en que este derecho se de ya que así harían que el estado estaria obligafo a asegurar los medios de subsistencia y los ciudadanos de exigir el establecimientos de esas políticas

Elyn Valencia said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
ECONOMIA I 04C
VALENCIA VELAOCHAGA, ELYN SILVANA 1321110112
El derecho a no tener hambre debería ser uno de los objetivos del estado, pero tampoco el principal, Pues bien actualmente se desarrollan programas los cuales ayudan a reducir el tan discutido tema del hambre, pero pensemos también que hacen las personas por disminuir la pobreza y por ende el hambre. Yo creo que se podrían desarrollar programas para concientizar la planificación familiar, puesto que la gente de escasos recursos es la que mas descendencia tiene y por ende está mas propensa a pasar por este lamentable hecho; como es el pasar hambre.

Elyn Valencia said...
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Elyn Valencia said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
ECONOMIA 1 04C
VALENCIA VELAOCHAGA, ELYN SILVANA 1321110112
El derecho a no tener hambre debería ser uno de los objetivos del estado, pero tampoco el principal, Pues bien actualmente se desarrollan programas los cuales ayudan a reducir el tan discutido tema del hambre, pero pensemos también que hacen las personas por disminuir la pobreza y por ende el hambre. Yo creo que se podrían desarrollar programas para concientizar la planificación familiar, puesto que la gente de escasos recursos es la que mas descendencia tiene y por ende está mas propensa a pasar por este lamentable hecho; como es el pasar hambre.

BK said...

Josting Curi Quispe
FCC 04-C (1511121131)
Derecho público, privado y social.

En el país hay campañas para combatir el hambre, como por ejemplo los programas de vaso de leche, que se ejecutan en todo el país, sin embargo no es suficiente porque aún hay peruanos que mueren de hambre. Creo que se trabaja en el tema de reducir el hambre, pero no basta, se deben hacer leyes para combatir esto y apoyar al desarrollo del país; porque creo que un país con gente con los medios y la capacidad para subsistir y desarrollarse personalmente no pasará hambre.Creo yo que el verdadero derecho a no tener hambre está en que cada peruano tenga las posibilidades(medios) y capacidad para un desarrollo personal.

jorge ponce ciriaco said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Jorge ponce ciriaco FCC-O4C-TARDE código:1511120906 *Bueno el derecho a la alimentación es un derecho humano fundamental,lamentablemente no todos los países gozan de una economía estable ejemplo países africanos quienes no tienen la economía suficiente para solventar gastos de alimentación gratuita para la población, esto es indicador de que ^el derecho a no te ner hambredebe^ ser internacional que ayude a países de escasos recursos.Ya viendo esto como un punto critico de nuestra sociedad debería de tomarse conciencia en este tema el sector político y económico del estado peruano para poder disminuir la escasez de alimentos en un futuro no muy lejano, y así erradicar la pobreza y crear nuevas técnicas que generen beneficios para el país.

jorge ponce ciriaco said...


UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Jorge ponce ciriaco
FCC-O4C-TARDE
código:1511120906


*Bueno el derecho a la alimentación es un derecho humano fundamental,lamentablemente no todos los países gozan de una economía estable ejemplo países africanos quienes no tienen la economía suficiente para solventar gastos de alimentación gratuita para la población, esto es indicador de que ^el derecho a no te ner hambredebe^ ser internacional que ayude a países de escasos recursos.Ya viendo esto como un punto critico de nuestra sociedad debería de tomarse conciencia en este tema el sector político y económico del estado peruano para poder disminuir la escasez de alimentos en un futuro no muy lejano, y así erradicar la pobreza y crear nuevas técnicas que generen beneficios para el país

jorge ponce ciriaco said...


UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Jorge ponce ciriaco
FCC-contabilidad-O4C-TARDE
código:1511120906


*Bueno el derecho a la alimentación es un derecho humano fundamental,lamentablemente no todos los países gozan de una economía estable ejemplo países africanos quienes no tienen la economía suficiente para solventar gastos de alimentación gratuita para la población, esto es indicador de que ^el derecho a no te ner hambredebe^ ser internacional que ayude a países de escasos recursos.Ya viendo esto como un punto critico de nuestra sociedad debería de tomarse conciencia en este tema el sector político y económico del estado peruano para poder disminuir la escasez de alimentos en un futuro no muy lejano, y así erradicar la pobreza y crear nuevas técnicas que generen beneficios para el país

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO, PUBLICO Y PRIVADO 04 C
Nombre:Olivera Medina Andrea Jasmin
CODIGO:1511120932
El derecho a no tener hambre nos hace reflexionar constantemente como esta el mundo y sobre todo nuestro país en esos lugares donde no llega ni el agua y nuestra dignidad humana como fundamento de nuestras exigencias ,el derecho a no tener hambre debería ser fundamental y exigente en nuestras vidas ya que sin ello no podríamos sobrevivir , el estado tiene la obligación de realizar este derecho directamente .

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PRIVADO PUBLICO Y SOCIAL
GRUPO HORARIO: 04C
ALUMNO: MIGUEL EDUARDO RAMOS PACHERREZ
Código; 1511120943
El Derecho a No Tener Hambre, una buena idea para acabar la desnutrición en el mundo.
Si bien El Derecho a No tener Hambre, debería ser global,muchos Estados no lo cumplirían por su problemas demográficos, y otro factor sería por la mala distribución que hay en distintos países, ¿para que darle a un persona con muchos recursos un plato de comida, si a él le sobran?
Sería bueno que este derecho a no tener hambre, sea para las personas que en verdad lo necesiten, a aquellos que si les falta un plata de comida.
En el Perú actualmente hay programas de alimentos queso bien ayudan a los de escasos recurso muchas veces los alimentos no están en buenas condiciones y en vez de alimentarlos, terminan enfermandolos.

vasquez said...

universidad nacional del callao
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PUBLICO,PRIVADO Y SOCIAL
GRUPO DE HORARIO : 04C
VASQUEZ PAULINO STHEFANY SOFIA
CODIGO : 1511121294

es un tema complicado y extremo a la vez por que parte de este derecho se relaciona al derecho a la vida porque el hambre es una necesidad básica y fundamental para la existencia del ser humano ya que de no satisfacer esta necesidad vital necesidad se podría correr el riesgo de la extinción humana, políticamente el estado debería elaborar leyes para los mas necesitados de bajos recursos económicos y una solución mejor seria generar mas trabajo en el país

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
CURSO:DERECHO PRIVADO,PUBLICO Y SOCIAL
EDUARDO HUAPAYA ALOR
04C
CODIGO:1511121086
Para mi EL DERECHO A NO TENER HAMBRE, mas bien seria una propuesta para que este en la constitución porque beneficiaria a una considerada cifra de personas en el territorio peruano,como lo es una necesidad vital que es la alimentación.Si bien se dan esta idea como pequeñas propuestas como lo son los comedores populares, y desayunos en colegios estatales pero solo se mejora el problema parcialmente.Y creando programas de ayuda solo calma el problema mas no lo erradica por completo, creo yo que tendría solución si estaría impresa en nuestra carta magna.

Unknown said...
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Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO , PUBLICO Y PRIVADO
NOMBRE: NAHOMI VALERIA FARROÑAN VERDE
CODIGO: 1511121149 04C
El derecho a no tener hambre
En nuestra constitución no existe un documento legal que permita proteger el derecho a no tener hambre ya que no existe un punto exacto de este tema sin embargo existen sitios como el vaso de leche o comedor popular que permiten proteger en cierta manera a estas personas , este tema debe ser tratado y discutido por los legisladores y congresistas de nuestro país y elaborar un proyecto en la cual sea mas explícito para insertar este derecho a nuestra constitución ya que se deben amparar a esas personas que necesitan pero lametablemente no tienen los recursos.

Julissa said...

Actualmente en nuestro país Perú no se aplica una medida ni ninguna estrategia que defienda el derecho a no tener hambre ya que no hay una constitución que lo ampare pero el gobierno toma medidas indirectamente, ni legitimase el derecho a no tener hambre, pero el gobierno toma medidas indirectamente apoyando a los colegios estatales, el plan vaso de leche, beca de alimentos en universidades nacionales u otros más. Pero no prioriza como en otros países primer mundistas. El derecho a no tener hambre, a pesar que en Perú hay varios lugares que pasan hambre como Huancavelica, Ayacucho, Cuzco. Asentamientos humanos y otros del estado debe actuar directamente. Esta necesidad básica que es el alimento ya que es algo vital y primordial para los que lo necesitan.
Este texto es reflexivo, lastima que aun en Perú no haya mucha acción en esto pero al menos hay un apoyo indirecto
Atte: Ysabel Sayuri Muñoz Ochoa
Salón: 4c - turbo tarde

Mauricio said...
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Mauricio said...
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Mauricio said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES 04C
CURSO:DERECHO PRIVADO,PUBLICO Y SOCIAL
ALUMNO: TAPIA QUIÑONES MAURICIO JOEL
CÓDIGO: 1511121023

Este derecho de ser positivizado posiblemente traería buenos resultados con respecto a la calidad de vida general del país. Pero imaginemos que ya es realidad el derecho a no tener hambre y que el estado brinde la ayuda a las personas que tienen hambre,en un futuro, ya sea lejano o cercano, cierta parte población vería que es mas fácil ser pobre o fingir ser pobre para recibir alimentos gratis. ¿ Es eso lo que queremos, que la gente se mal acostumbre a no esforzarse lo suficiente y que reciba alimentos que 'no merece'? Muchos pensaran que el derecho propuesto debe ya estar en vigencia, mas yo creo que la población se iría por el lado más fácil, el más corto, el más conveniente. Con esto no me quiero decir que los programas de desayunos escolares estén mal. Quiero decir que mal acostumbrar a las personas dándole alimentos ya sea desayuno (Vaso de Leche), almuerzo (comedor Popular) u otro promueve a que la gente no se esfuerce, no busque la manera de mejorar su calidad de vida puesto que nosotros, el estado, se la facilitamos.

Danixa Zelaya Aguero said...

universidad nacional del callao
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PUBLICO,PRIVADO Y SOCIAL
GRUPO DE HORARIO : 04C
NOMBRE :DANIXA TERESA ZELAYA AGUERO
En el fragmento leído del derecho a no tener hambre nos muestra la realidad de una situación nefasta que acapara a casi todo el mundo y que debería ser un derecho puesto que todas las personas somos dignas y merecedoras de poder subsistir mediante varios aspectos pero el fundamental es la de poder alimentarse y para lograr dar una solución a este problema que aqueja a una masa de personas debemos la sociedad conjuntamente con el estado y otras entidades ayudar y guiar para erradicar esta penosa situación implantando ley y aceptando el derecho a poder alimentarse gratuitamente y logar cambiar y superar esta situación todos en sociedad

Danixa Zelaya Aguero said...

niversidad nacional del callao
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PUBLICO,PRIVADO Y SOCIAL
GRUPO DE HORARIO : 04C
NOMBRE :DANIXA TERESA ZELAYA AGUERO
En el fragmento leído del derecho a no tener hambre nos muestra la realidad de una situación nefasta que acapara a casi todo el mundo y que debería ser un derecho puesto que todas las personas somos dignas y merecedoras de poder subsistir mediante varios aspectos pero el fundamental es la de poder alimentarse y para lograr dar una solución a este problema que aqueja a una masa de personas debemos la sociedad conjuntamente con el estado y otras entidades brindes su apoyo y ayudar para erradicar esta penosa situación implantando ley y aceptando el derecho a poder alimentarse gratuitamente y logar cambiar y superar esta situación todos en sociedad

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES 04C
CURSO:DERECHO PRIVADO, PUBLICO Y SOCIAL
ALUMNNA: RUPAY FALCON, DEBORA BRENDA
CODIGO: 1511120842

Si bien es cierto, en nuestra constitución no hay ningún anticipo sobre el "DERECHO A NO TENER HAMBRE", pero eso no quiere decir que el estado peruano no se preocupe por la alimentación de las personas que mas lo necesitan, pues existen programas como es el caso del Vaso de Leche y la existencia de los comedores populares, donde el estado facilita los alimentos para que puedan beneficiarse las personas con escasos recursos. Pero eso no es toda la solución al problema que enfrenta la sociedad, pues no solo es necesario que existan "programas" sino de antemano una ley que beneficie a mas personas que incluso no saben de la existencia de esta ayuda social; y es que existen lugares donde la pobreza es tan extrema, que no hay manera que puedan satisfacer sus necesidades básicas y es ahí donde la ley los debería de amparar.
Recordemos que una buena alimentacion, es la base para tener una buena educación.

André Timoteo Saña said...
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André Timoteo Saña said...
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André Timoteo Saña said...
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Anonymous said...

Salon: 4c - turno tarde
El derecho a no tener habre realmente es algo impactante pero lastimosamente en el Perú no hay una constitucion que desfienda o ponga como prioridad la acción de alimentos, pero hay que aclarar que el gobierno o estado peruano actúa indirectamente ayudando en colegios estatales con el plan vaso de leche, en las universidades estatales dando beca de alimento y otros tipos de facilidades, lo malo es que no todo llega a lugares lejanos o remotos que padecen de hambre como Huancavelica, Cuzco, asentamientos y otros tipos que necesitan alimentos ya que es una necesidad tan básica y primordial, pero en este estado el numero de pobres que no pueden sustentar los alimentos es muy creciente, lo que el gobierno le falta hacer es tener un plan estratégico y mas criterio para poder lidiar con esto.

André Timoteo Saña said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES - 04C
ALUMNO: TIMOTEO SAÑA LUIS ANDRÉ
CURSO: DERECHO PUBLICO, PRIVADO Y SOCIAL
CODIGO: 1511121283

En el Perú no se encuentra reglamentado "El derecho a no tener hambre”, pero no quiere decir que no existan programas que promuevan la alimentación a los sectores más necesitados, como por ejemplo la implementación de desayunos para escolares de colegios del estado y comedores públicos. Pero sabemos que no es suficiente, pues las personas se vuelven dependientes de estos programas, junto con estas medidas se deberían implementar programas de ayuda social, promoviendo empleo al sector más necesitado para que puedan ellos mejorar su calidad de vida y ellos mismo puedan ver por su bienestar.

Unknown said...

Universidad Nacional del Callao
FCC 04-C
Vargas Perez Rossemery Jackeline (1511121276)
Concebir el derecho a la falta de alimentación en nuestro país esta mucho más allá de una problemática en el ámbito nutricional o socioeconómico, esta centrada en la falta de dignidad humana y el marco de los derechos humanos de cualquier persona.
El Estado Peruano debe ser responsable de velar por el derecho a la alimentación de toda la población de manera inmediata según la falta de este recurso en de la población afectada. Por ello el Estado deberá contar con capacidades suficientes lo que implica la disposición de los recursos necesarios mediante mecanismos institucionales y jurídicos adecuados, los cuales ayudaran a la realización de este derecho en toda la población necesitada y así se tenga como resultado la erradicación permanente del hambre y mayores niveles de cohesión social.

Unknown said...
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Anonymous said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO,PUBLICO Y PRIVADO 04C
NOMBRE: NAYLAMP TAPIA CLAUSEN
CÓDIGO: 1511121177
El estado debe garantizar efectivamente el derecho a no tener hambre mediante políticas económicas que permitan a cada ciudadano obtener recursos que puedan solventar su alimentación. Los actuales programas de alimentación tratan inútilmente de suplir este derecho, creando un daño mayor de lo que quieren solucionar pues crea un sistema parasitario.

Anonymous said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO, PUBLICO Y PRIVADO
O4C
NOMBRE:YANIRE MEJIA TORRES
CODIGO: 1511121301

Aunque es una "idea" , no esta muy ajena a nuestra realidad , ya que en el Perú se vienen empleando programas para la alimentación en colegios , universidades y comedores.
Sería a mi parecer algo muy bueno que lo dieran como un derecho , para así poder ayudar a la población que no cuenta con los recursos suficientes, ya que es dicha población , incluyendo mujeres y niños, la que sufre el hambruna día a día ; a pesar de ello estamos en una sociedad en la que nuestras autoridades desconocen los pueblos extremadamente alejados , siendo estos los que mayor hambruna padecen.

Anonymous said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
CURSO: DERECHO PUBLICO, PRIVADO Y SOCIAL
AULA: 04C
ALUMNA: GARCIA ALARCON KELLY JAZMIN
CODIGO: 1511120888

Desde mi punto de vista seria bueno que lo dieran como derecho ya que así podría ayudar a muchas personas que lo necesitan ya que no tienen los recursos suficientes para poder subsistir, así como emplean programas de alimentación en colegios, comedores, universidades. Pero aun así si esto fuera una sugerencia nuestras autoridades no se preocupan por los pueblos mas necesitados y seria bueno que esto se diera a nivel nacional en cual obtendríamos como resultado un porcentaje menor de hambruna a comparación de hoy en día.

Unknown said...
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Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO, PUBLICO Y PRIVADO
O4C
NOMBRE: MAICOLD EDMUNDO CHAVEZ RUDECINDO
CODIGO: 1511120959

"sobre esta lectura acerca del derecho a no tener hambre.. se puede rescatar algunas partes que son importantes para la sociedad peruana de que tan importante seria si se positivisara aquel derecho, y no es solo que se aprube sino tambien que se pusiera en practica, en el pais, alimentando a los mas nesecitados (niños, ancianos, hombres y mujeres) y brindar protección en sus diferentes programas sociales

evelin valverde lopez said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
VALVERDE LOPEZ EVELIN
FCC-04c
codigo:1511120996
el derecho a la alimentaciòn es y seguira siendo un tema alarmante en nuestro paìs puesto que las autoridades a cargo no le ponesn un mayor ènfasis ya que existen programas sociales sin embargo no llegan a todo el paìs una muestra significativa es la region de HUANCAVELICA que en lo que va del año es la que mayor indice de muerte por inaniciòn presenta por lo que es el momento que el gobierno empiece a colocar como prioridad respetar este derecho

jannira said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
O4-C
CÓDIGO: 1511121051
JANNIRA CABRERA CUZCANO

El derecho a no tener hambre,es un derecho que no se encuentra en nuestra constitución(1993). y es lamentable que se tenga que promover,pedir y luchar por políticas que establezcan algo que debería ser normal en nuestra sociedad (que las personas de bajos recursos tengan alimentos)para que puedan desarrollarse de manera adecuada.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Facultad de Ciencias Contables
Jacqueline Vara Cerna
Turno 04-C (1511120853)
Si bien no hay un articulo en la Constitución que reconozca el derecho a no tener hambre,
no quiere decir que sea algo sin importancia ya que muchas personas en la actualidad ya sea en el Perú o en otros países padecen de hambre por más que el Estado y otras entidades traten de eliminar el hambre , por medio de programas para la alimentación .Pero lo ideal seria que todos los ciudadanos no tengan que pasar hambre esperando que haya una ley o algo que exija su buena alimentación, para así poder vivir en una sociedad por lo menos algo más justa .

Unknown said...

BERNAL CARHUAS JOSELINE
FCC - 04C
CODIGO : 1511121048

El derecho a no tener hambre debería ser uno de los objetivos del estado, pero tampoco el principal, pues bien actualmente se desarrollan programas los cuales ayudan a reducir tan comentado tema del hambre, pero tan tenemos que poner a reflexionar en que hacen las personas por disminuir su pobreza y por lógica el hambre. Yo creo que se podrían desarrollar programas para concientizar la planificación familiar, puesto que la gente de escasos recursos son la que más descendencia tienes; por absurdo que suene, pero es real y por ende la más propensa a pasar hambre; y otro factor que ayudaría mucho a enfrentar este mal, por decirlo así es combatir la falta de empleo, ya que si mama ni papa trabajan por más que tengan pocos hijos, lamentablemente; también pasaran hambre.

Unknown said...

UNAC
JHOSELYN YAÑEZ TRUJILLO
FCC TURNO 04-C
EL DERECHO A NO TENER HAMBRE DEBERÍA ESTAR EN LA CONSTITUCIÓN EXISTENTE Y LOS CIUDADANOS DEBERÍAMOS DE EXIGIRLO.
HAY MUCHOS HOGARES PERUANOS QUE VIVEN EN LA EXTREMA POBREZA, LA CUAL TIENE UNA ESTRECHA RELACIÓN CON LA DESNUTRICIÓN.
LAS FAMILIAS SENCILLAMENTE NO CONSIGUEN SUFICIENTES ALIMENTOS.EL PROBLEMA NO ES DE PRODUCCIÓN SINO DE DISTRIBUCIÓN Y ACCESO.
ES NECESARIO CONTAR CON EL DERECHO A NO TENER HAMBRE PARA MEJORAR LA SITUACIÓN DE LAS FAMILIAS, PARA TENER UNA MEJOR EDUCACIÓN;PARA TENER NIÑOS, ANCIANOS, MUJERES Y HOMBRES FELICES.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
ETHEL SUAREZ TORRES
FCC-04C
CODIGO: 1511121107
EL DERECHO A NO TENER HAMBRE; El acatarse este derecho seria una medida que permita asegurar la subsistencia de la vida dentro de la sociedad para aquellas personas que no cuentan con los recursos necesarios y puedan satisfacer una de sus necesidades básicas a fin de evitar enfermedades como la Anemia la cual afectar la capacidad de trabajo y aprendizaje.

Unknown said...
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Unknown said...

Elsa Luz Maria Lopez Cueva
FCC turno 04-C 2015
Cod: 1511120977
El hambre es un problema, y hace que algunas familias despierten con el temor de no encontrar suficiente para comer. Puede que a lo mejor haya suficiente para hoy, quizás hasta para mañana, pero más adelante ¿quién sabe? La mayoría de los que pasan hambre, nacieron de madres que sufrían de hambre, la mayoría morirá con hambre, muchos de ellos a temprana edad por causa de enfermedades relacionadas con el hambre, que sus débiles cuerpos no podrán resistir.
Desanima a cualquiera saber que hoy, en pleno siglo XXI más personas están muriendo de hambre que de sida, malaria y tuberculosis combinados. El problema es de tal magnitud que existe la tendencia a desesperarse, aún entre aquellos que se declaran comprometidos con la ayuda humanitaria. Sabemos que el hambre está allí, nos hace sentir mal, pero preferimos que no se nos recuerde el tema. ¿Entonces? ¿que espera el estado?.

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