Tuesday, September 25, 2007

EL PARADIGMA DEL DELITO

EL PARADIGMA DEL DELITO

El paradigma predominante en el Derecho Penal respecto al Delito es de que el DELITO ES UN ACCION, TIPICA, ANTIJURÍDICA Y CULPABLE.

Para el CAUSALISMO NATURALISTA de Lizst-Beling, la acción es un movimiento corporal voluntario, que tiene una relación de causalidad con el resultado.

Esta teoría se desarrollo durante el último tercio del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX, durante el cual predominó el positivismo naturalista que impuso un pensamiento mecanicista y causalista a la acción. Esta filosofía trató de encuadrar el Derecho Penal a lo observable y verificable, dando lugar al desarrollo de la dogmática del derecho penal (normativismo) y a la criminología (naturalismo).

El Causalismo Naturalista consideró que la tipicidad era objetiva y descriptiva; la antijuricidad, objetiva y valorativa en el sentido causal objetivo externo; y en lo que respecta a la culpabilidad, la analizó desde el punto de vista de la relación hecho-autor y consideró al dolo y la culpa como dos formas de culpabilidad.

Por otro lado, el CAUSALISMO VALORATIVO (NeoKantiano) estudia el delito en orientación a valores e ideales. Kant, dividió las ciencias en dos: las ciencias de la naturaleza y las ciencias del espíritu. En las primeras, se utiliza el método empírico y de la observación y, en las segundas, el método comprensivo y valorativo. En éstas últimas se encuentra el derecho.

La acción, de acuerdo al causalismo valorativo pasó a ser: una conducta humana (Zaffaroni), un comportamiento voluntario (Mezger) y/o la realización de una voluntad humana (Meyer).

La tipicidad es descriptiva, valorativa; la antijuricidad, objetiva y valorativa y, la culpabilidad, normativa y valorativa, donde lo importante era el conocimiento de la ilicitud o reprochabilidad.

Otra corriente importante, EL SISTEMA FINALISTA, para explicar el Delito une dos corrientes filosóficas: el ontologísmo fenomenológico (el mundo se organiza de acuerdo a finalidades) y la epistemología (todos los fenómenos tienen un fin); en las cuales se señala que la acción es el ejercicio de la actividad final (Welzel); incluyendo en la tipicidad el análisis del dolo y la culpa: considerando que la antijuricidad es objetiva, subjetiva y valorativa y, que lo importante en la culpabilidad es la reprochabilidad, el conocimiento de la ilicitud.

Asimismo, el SISTEMA FUNCIONALISTA (Roxin), que une dos corrientes filosóficas: la sociología sistémica y el idealismo neokantiano, construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal. La acción es una conducta socialmente relevante; el tipo cumple un fin preventivo y construye la estructura del injusto señalando que, el tipo comprende las conductas prohibitivas, pero, no las permisivas. Este Sistema Funcionalista en su vertiente mesurada, deja de lado el libre albedrío como presupuesto del reproche y da paso a criterios normativos y axiológicos de cara al bien jurídico tutelado. Asimismo, la culpabilidad debe ser vista a la luz de una necesidad preventivo general o especial de la pena.

De otro lado, el Sistema Funcionalista en su vertiente extrema (GÜNTER JAKOBS), otorga una visión tecnocrática al Derecho Penal y a la Teoría del Delito. El Derecho penal no tutela bienes jurídicos, sino, el orden jurídico ( constituída por normas prohibitivas y normas permisivas).Para ésta corriente, el hombre es una construcción social, la acción es parte de la teoría de la imputación y la culpabilidad es infidelidad al Derecho.

Mg. Sc. FAUSTINO BERAUN BARRANTES

314 comments:

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rossmery said...

ROESMARY PAOLA MONTAÑEZ BACA
CODIGÓ:070015-H
01-C
ESTE TEXTO TRATA SOBRE EL DELITO QUE ES TEMA QUE EN NUESTRO PAIS OCURRE HA DIARIO COMETER UN DELITO OSEA VIOLAR UN LEY POR MAS SENCILA QUE SEA.
EN LA ACTUALIDAD POR MAS PEQUEÑO QUE SEA COMETEMOS DELITOS, POR QUE NUESTRAS AUTORIDADES NO SE HACEN RESPETAR .
SI NUESTRAS AUTORIDADES TUVIERAN MAS SEVERIDAD Y MAS EXACTITUD EN SUS DECISIONES TODOS ESTARIAMO BIEN PERO NO AHORA VIVIMOS EN UN MUNDO DONDE EXISTE LA VIOLENCIA,LAS PLAGAS SOCIALES QUE ABUNDAD EN NUESTRA SOCIEDAD ......HAGAMOS TODOS QUE NUESTRO PAIS SEA CADA MEJOR SIN VIOLENCIA NI POBREZA.

meliza said...

PALACIOS CARRILLO MELIZA
COD: 070267-G
01-C
...ESTE ARGUMENTO ME DA HA ENTERDER QUE EN NUESTRO PAIS HAY UN SINNUMERO DE TIPOS DE DELITOS ,PERO ANTE ESTO NOSOTROS COMO PERSONAS QUE QUEREMOS EL BIEN COMUN DEBEMOS DAR HA SOLUCION ...COMO? LLEVANDO EN ALTO NUESTROS PRINCIPICIOS Y MORAL CADA DIA . YA QUE SOLO DEPENDE DE NOSOTROS MISMOS NO ESPERANDO DE TERCEROS .PORQUE CADA UNO DE NOSOTROS GUIAMOS NUESTRO CAMINO.

E.F said...

El derecho penal por tal de ser el hecho de serlo viene hacer puramente humanitario y de resocializar a a la persona en la sociedad.

E.F

lisbeth said...

lisbeth pelaez mendez
codigo:070262E
01C
BUENO REALMENTE ES UN TEMA MUY INTERESANTE YA QUE HOY EN DIA HAY MUCHOS DELITOS EN NUESTRO PAIS. SE SABE QUE EN MUCHAS PARTES DE NUESTRO PAIS HACEN JUSTICIA POPULAR CUANDO LAS AUTORIDADES NO HACEN JUSTICIA POR ALGUN DELITO COMETIDO HACIA ELLOS , ES LAMENTABLE REALMENTE PERO ASI ES EL COMPORTAMIENTO DE NUESTRO COMPATRIOTAS HOY EN DIA; PERO MUCHAS VECES ES MUY JUSTIFICABLE QUE HAGAN ESTO POR Q HAY VECES Q HAY GENTE Q LE GUSTA HACER MUCHO DAÑO A GENTE INOCENTE E INCLUSO A NIÑOS QUE NO TINEN CULPA DE NADA. COMO PODEMOS VER ESTOS DELITOS SE VEN DESDE SIGLOS ATRAS ES ALGO MUY PECULIAR Q PASA EN TODO LADO.

Vanessa Millares said...

Millares Canales Vanessa Elena
COD: 070277B
01-C
Podemos rescatar de esta lectura conforme al Delito, que este tema es netamente una acción de estilo culposo que no esta dentro de la Ley ni en la razón consiente de los hombres, pues este tiene una orientación a falta de valores e ideales que puede ser voluntario o no, muchos sistemas sociales explican al delito, pero todos llegan a la conclusión que éste no es el medio para solucionar nada, y poniéndolo en una comparativa en nuestra actual sociedad pues veremos que últimamente este tema se nos esta saliendo de las manos, es nuestro deber de educar a nuestra sociedad a evitar estas conductas prohibitivas.

JESSICA said...

JESSICA LORENA JARA PALOMINO
CODIGO 074012C
01 C
AL PARECER ESTE ARGUMENTO ES UN POCO COMPLICADO DE PODER INTERPRETARLO YA QUE EL DERECHO EN SI ESTA RELACIONADO CON UN POCO DE IDEAS FILOSOFICAS Y JUNTAS ESTABLECEN LEYES QUE CORRIGEN AL SER HUMANO
ES IMPORTANTE DE DONDE PROVIENEN NUESTROS DERECHOS COMO EXIGIRLOS PERO TAMBIEN APLICARLOS CON OTRAS PERSONAS , NO PERJUDICANDOLAS. HACIENDO QUE ESE CUMPLIMIENTO DE DERECHOS TAL COMO SE ESTABLECE SEA RECIPROCO ENTRE NOSOTROS DE ESTA MANERA PODEMOS DECIR QUE REALMENTE LO CUMPLIMOS Y NO TAN SOLO DE UN PUNTO DE VISTA TEORICO SINO PRACTICO.

Unknown said...

BRENDA MUÑANTE VARGAS
CODIGO: 070270H
01-C
Lo que podemos rescatar de esta lectura es sobre lo que ocurre a diario en nuestro pais, cometer un delito que implica la violacion de una ley. Lo que podemos hacer al respecto es tener bien en alto los valores morales y llevarlos a la practica para que hoy en dia no haya mucha delincuencia en el pais y cresca en vez retroceder en cultura y en actos. depende de nosotros cambiar nuestro pais, no pidamos el cambio sino cambiemos nosotros mismos.

Unknown said...

EVELYN MARIELA HUANCA GONZALES
CODIGO:027221-I
CONTABILIDAD I CICLO
DERECHO PRIVADO PUBLICO Y SOCIAL
" PARADIGMA DEL DELITO"
EL DESCUBRIR CIERTOS TIPOS DE CONDUCTAS QUE CONLLEVAN A REALIZAR UN ACTO DELICTIVO LLEVARIA MUCHAS INTERROGANTES, YA Q EL ACTUAR HUMANO ES MUY COMPLEJO,SIENDO ASI, PARA QUE UNA CONDUCTA SEA PUNIBLE DEBE TENER CIERTOS REQUISITOS OBLIGATORIOS QUE DEBEN SER EJEMPLARIZADORES SINDO LA TIPICIDAD, CULPABILIDAD Y LA ANTIJURIDICIDAD UN EJEMPLO DESCUBRIENDOS CONDUCTAS QUE SEA CONSIDERADO DELITOS .

Joy said...

ALPACA VACCARO DAVID
COD:070250-G
01-C
LA VERDAD ES QUE EN NUESTRO PAIS SE COMENTEN MUCHOS DELITOS, EN LAS CALLES SE PUEDE VER UN SIN NUMERO DE PANDILLEROS QUE SE MATAN Y LAS AUTORIDADES NO HACEN NADA.
ES UN PROBLEMA SOCIAL QUE DEBERIAMOS DE SOLUCIONARLO CON AYUDA DE LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES.

katherine said...

KATHERINE DALIZ GUERRERO PEZO
CODIGO: 070252J
01-C
CADA PERSONA ACTUA DE ACUERDO A COMO LO A FORMADO LA SOCIEDAD, HE DE AHI QUE PUEDA O NO COMETER ALGUN ACTO DELIGTIVO.
PUES ES AHI DONDE SE INFRINGEN LAS LEYES.
MUCHA GENTE HACE JUSTICIA CON SUS PROPIAS MANOS (Y AMI PARECER) NO ES QUE QUIERAN HACERLO, SI NO QUE,ELLOS CREEN QUE PORQUE LA JUSTICA NO ACTUA CON TOTAL RIGUROCIDAD ESTA MAL... HE AHI DONDE LLEGAN A COMETER UN DELITO.
ESTE , YA ES UN PROBLEMA NETAMENTE SOCIAL.
ASI QUE DEPENDE DE NOSOTRON LLEGAR AL CAMBIO!

wilson said...

WILSON URBINA LÓPEZ
CODIGO:070266K
01C
"El delito no se observa solamente en la mayoría de las sociedades de tal o cual especie, sino en las sociedades de todos los tipos. No hay una en la que no haya criminalidad. Ésta cambia de forma, los actos así calificados no son en todas partes los mismos; pero en todos los sitios y siempre ha habido hombres que se conducían de forma que atraían sobre ellos la represión penal. Si al menos, a medida que las sociedades pasan de los tipos inferiores a los más elevados, el índice de criminalidad, es decir, la relación entre la cifra anual de los delitos y la de la población, tendiese a bajar, se podría creer que, aún siendo todavía un fenómeno normal, el delito tendía, sin embargo, a perder su carácter. Pero no tenemos ningún motivo que nos permita creer en la realidad de esta regresión. Antes bien, muchos hechos parecen demostrar la existencia de un movimiento en sentido inverso. Por tanto, no hay fenómeno que presente de manera más irrecusable todos los síntomas de normalidad, puesto que aparece estrechamente ligado a las condiciones de toda vida colectiva. Hacer del delito una enfermedad social sería admitir que la enfermedad no es una cosa accidental, sino, por el contrario, una cosa derivada en ciertos casos de la constitución fundamental del ser vivo..."

DIANA ANDREA PARIONA MARTINEZ said...

Este documento nos explica lo dificil y complejo que es explicar un delito es decir puede sonar algo raro pero todas las corrientes explican casi algo similar un delito es algo malo que comete una persona para mal de su sociedad.

DIANA ANDREA PARIONA MARTINEZ said...

mi codigo es 070013 E
01-C
contabilidad

marissella said...

HUARINGA MELCHOR MARISSELLA SH.
070253F
01-C
EL PARADIGMA DEL DELITO
En este texto se ve uno de los problemas que se vive día día en nuestro país, que es el de pasar por alto una ley o una regla, que por más mínima que sea, o más insignificante que paresca, ya estamos cometiendo un delito.
Todo peruano que comete un delito, no sólo está hiendo contra la ley, sino también contra los demás ciudadanos, es decir toda la sociedad.

marissella said...

HUARINGA MELCHOR MARISSELLA SH.
070253F
01-C
EL PARADIGMA DEL DELITO
En este texto se ve uno de los problemas que se vive día día en nuestro país, que es el de pasar por alto una ley o una regla, que por más mínima que sea, o más insignificante que paresca, ya estamos cometiendo un delito.
Todo peruano que comete un delito, no sólo está hiendo contra la ley, sino también contra los demás ciudadanos, es decir toda la sociedad.

Unknown said...

YISELA CAMPOS JIBAJA
CODIGOA: 070255 I
01C
EN NUESTRO PAIS CADA DIA VEMOS UNA SERIE DE DELITOS QUE DEBE SER ANALIZADO DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA RELACION HECH0 Y AUTOR QUE NO SE NOS PASE POR ALTO, NOS ESPERAR QUE UN CANAL TELEVISVO LO PASE PARA RECIEN TOMAR MEDIDAS.HASTA LOS POLITICOS NO SE ESCAPAN DE COMETER DELITOS QUE DEBEN SER SANCIONADOCON ANTE LA LEY QUE LES CORRESPONDA.
OJALA EN UN FUTURO NO MUY LEJANO CAMBIE NUESTRA SOCIEDAD

marlene said...

Marlene Villavicencio Crispín
Código: 070012-I
01-C
Bueno en este tema que leí a continuación recordé el sin números de delitos que se cometen a diario en nuestro país y que quedan impune y no cumplen con la ley como debería ser, hoy en día ya ni en las autoridades se puede confiar porque con tal de no crear escándalos buscan lo fácil y obvian los problemas por eso es que mucha gente busca justicia a su manera y así no debería ser... en esta sociedad estamos llenos de inmoralidades que nos llevaran a nada y ya es hora de cambiar...

marlene said...
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Unknown said...

MARLENE RUIZ QUISPE
CODIGO:070269J 01-C

El delito vendria a ser una accion voluntaria,entonces para el derecho penal vendria a ser una relacion hecho-autor y el dolo y la culpa serian dos formas de culpabilidad,el delito seria una accion del autor por desconocimiento de las normas permisivas, entonces el autor comete estas acciones por una mala formacion social. Un ejemplo vendria a ser cuando una persona con problemas de salud mental comete un delito, nose lo jusga ya que esta persona no actuo en su sano juicio.

Unknown said...

Emely Arata Mendoza
Codigo:070279E 01-c
Los delitos se vendrian a cometer por una mala formacion social de los que vendria a ser permisivo y prohibitivo, ya que la accion es algo voluntario del autor,entonces el delito sea dolo o culpa es una forma de culpabilidad.

Lizbeth Gamarra Rivera said...

Lizbeth Gamarra Rivera
Codigo:070258-H
01-C
El acción como se dice es una parte de la teoría de la imputación, por medio del cual se llega al delito. Pues hay muchas teorías que señalan en el articulo publicado que originan el paradigma ya que cada una de ellas muestra su punto de vista similar cada una de la otra.

La corriente del Sistema Finalista y la del Sistema Funcionalista deben ir de la mano ya que el conocimiento de la ilicitud debe ser aprobado según las normas prohibitivas y las normas permisivas, originándose así un delito.

Boris said...
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Boris said...

Silva Ramos Boris
Cod.:070256E - 01c

El pais tiene que tomar mas en cuenta la parte del delito por que segun lo que yo tengo entendido el estado esta manteniendo a personas que ia no merecen vivir, se les da alimento un techo y no es justo que el estado en vez que gaste en cosas mas importantes komo preocuparse en la economia de pais este manteniendo a estas personas que sin hacer nada estan bien alimentadas.
el delito es un problema muy grande que tiene que ser controlado de alguna manera por que en distritos komo san juan de lurigancho, villa el salvador entre otros se fomenta mucha delincuencia tanto como asesinatos asaltos, tambien existe el pandillaje que son personas que con proposito de ir a alentar a sus equipos van por las calles saqueando tiendas centros comerciales y estas cosas no se pueden controlar por que lo hacen en gran cantidades de grupos.

luci said...

Lopez Chavez Luci
codigo 070259D
01-c
Este tema es muy interesante, hoy en día los delitos ocurren a cada momento, nustro país no tiene un gobierno que realmente se preocupe por el bienestar de su gente y que las normas y leyes se cumplan como están establecidas, y eso también tiene parte de culpa el pueblo ya que no esta unido y no exigimos que el gobierno los haga cumplir.

K@r3n said...

NOVOA ANGULO KAREN
CODIGO:070248B
01-C
Bueno este tema es de mucha importancia por que habla de como es realmente nuestra sociedad y como nos estamos educando.
lamentablemente en nuestra sociedad se cometen muchos delitos que lo pasan por alto es asi que nuestro pais no sale adelante porque los que supuestamente deben dar el ejm(el gobierno) son los primeros en romper las reglas que establecen, es asi como la sociedad busca sobrevivir a su maneray buscan su propia defensa para salir adelante y la cual no deberia ser asi.

giancarlos said...

MIRANDA CASTRO GIANCARLOS

CONTABILIDAD 01-C
CODIGO : 070278


El tema tratado me parecio interesante ya que trata desde una amplia perspectiva clasificar a los delitos deacuerdo a sus caracteristicas y en algunos casos sus origenes . A mi personalmente me parece que no se podria clasificar un delito de una sola forma ya que es posible que tal delito sea influenciado por diversos factores que conlleven a verlo desde distintas perspectivas .

giancarlos said...
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yovina said...

Alumna: Alberto Inga Inés Yovina
código: 070276F
Aula: 01-c
Paradigma del delito.
El delito, no hay justificación alguna para el. Y lo común es que la persona que lo comete, no lo reconoce.
Para entender la filosofía del porque el delito es mas frecuente en nuestro país y de porque los autores de estos no aceptan q lo cometiéron, tenemos que analizar cada caso, aplicar normas, ser mas rectos.
Después de a ver leído este tema, considero que son muchos factores lo que ocasionan este problema social, y el mas importante es la falta de valores, tal vez todos conocemos cuales son, pero son pocos los que lo practican, es por eso que se debe inculcar, aunque de por si de que serviria inculcarlos si hay personas que son tan (disculpen) ignorantes que pudiendo ver y escuchar, cierran los ojos y oidos por que les resulta mas fácil la vida que llevan, aunque no les traiga beneficios (felicidad) este tema es tan amplio, son tantos temas al rededor de el.
En conclusion las normas a aplicar para este problema debe ser radicales.

Anonymous said...

Marita Buitron Talaverano - 01c
074010k
El texto me pareció interesante ya que explica el origen y como en las diferentes corrientes filosóficas es caracterizado un delito y en general se menciona que para cometer un delito la persona debe conocer las normas permisivas y prohibitivas y haciendo una valoración de las tales es que la lleva a realizar acciones conscientes que son voluntarias. Por tanto yo creo que todas las personas que son conscientes de sus acciones deben tener el mismo castigo pero en la sociedad no se refleja esto porque las personas que tiene poder son la excepción ya que con dinero pueden conseguir muchos beneficios judiciales.

Unknown said...

ANGIE,ROJAS GABRIEL.
CODIGO:076002-E
01-C FCC.
Este texto contempla las diversas definiciones que han surgido en torno al "delito" desde la corriente Neokantiana, Roxin y otros, que concluyen en definirla como una "acción" en que el individuo como constructor social rompe con las normas establecidas y viola la ley; es decir es el único culpable de su conducta.

Unknown said...

MARIA DEL ROSARIO, ALDORADIN GUTIERREZ
COD. 070275

EN ESTE TEXTO SE DEFINE LAS CARACTERISTICAS DEL DELITO (ACCION TIPICA, ANTIJURIDICA Y CULPABLE) DESDE EL PUNTO DE VISTA DE DOS CORRIENTES Y DE DOS SISTEMAS AFINES.

TODOS ESTOS PUNTOS DE VISTAS UTILIZAN DIFERENTES ESCUELAS FILOSOFICAS PARA EXPLICAR DICHAS CARACTERISTICAS Y SE LLEGA A LA CONCLUSION QUE EL DELITO, TANTO SU CONCEPTO COMO SU ORIGEN Y CONSECUENCIAS, ES ALGO QUE TIENE MULTIPLES DEFINICIONES Y NO SE PUEDE GENERALIZAR YA QUE COMO VEMOS DIA A DIA EXISTEN DELITOS "MENORES" Y DELITOS "GRAVES", LOS CUALES RECIBEN TRATAMIENTOS MUY ESPECIFICOS Y ALGO DIFERENTES ENTRE ELLAS.

EL PERÚ ES MUY COMÙN LOS DELITOS "MENORES", ALGUNOS SOLO INCURREN EN ELLA UNA VEZ, SIN EMBARGO HAY OTROS PERSONAJES QUE ABUSAN DE ELLAS, YA QUE AQUI NO EXISTE UNA POLITICA QUE CASTIGUE A LOS RECURRENTES EN FALTAS MENORES.

COMO ES EL CASO DE LOS ROBOS, HAY QUE SER DESPOJADOS DE CIERTA SUMA PARA PODER ASENTAR UNA DENUNCIA POLICIAL.

SIN EMBARGO DICHA SUMA NO CONTEMPLA A LOS MAS POBRES PARA LOS CUALES s/.100 ES TODO LO QUE TIENEN PARA SU SUSTENTO POR UN MES.

ESTAS DEFINICIONES DEBEN SER TOMADAS EN CUENTA, PARA PODER IMPONER LOS CASTIGOS QUE SEAN ÙTILES PARA EL MEJORAMIENTO DEL PAÍS.

yanina fabiola said...

yanina fabiola sànchez chàvez
codigo 070268-c 01c

este texto nos mestra que en nuestro pais hay muchos delitos
pero tambien en nuestro pais no se ahace respetar la ley y la justica como por ejemplo hay jente inocente detenido y los veraderos delincuentes no estan detenidos en el pais se debe cabiar topdas las normas y en vez caer mas debemos lebantarnos

STarFire said...

RODOLFO FLORES SALCEDO
CODIGÓ:070254-B
Pues su titulo lo dice paradigma del delito, los tipos de delitos que existen o similitudes.
Pues en este texto eh entendido que la palabra delito ah tomado diferencias entre las diversas posturas sobre todo entre (causalistas y finalistas).
La discusión en torno al concepto de acción ha perdido virulencia y la doctrina intenta reconducirla a términos más modestos, pero más prácticos. Por ello, la acción ha pasado para muchos autores de ser un elemento previo a partir del cual se definía el delito, a ser el primer elemento de la tipicidad.
A la doctrina penal actualmente no le interesa un concepto a priori de acción, sino "la acción típica.
Imputación en cualquiera de las modalidades de delito tendrían idéntica finalidad,destruir los derechos por ello tenemos que buscar el bien comun que es lo que busca toda persona y tener en cuenta las normas morales y juridicas.

MAYRACAYCHO@GMAIL.COM said...

MAYRA LISSETH CAYCHO DELGADO
CODIGO: 070263A
01-C
SE REFIERE ESTE TEXTO SOBRE EL DELITO QUE SE COMETE DIARIAMENTE EN EL PERU. Y QUE SE DEBE CUMPLIR CON LA LEY BRINDADA POR EL ESTADO.

Jhonnatan said...

Jhonnatan Bravo Perez
070247 - F
01 - C

COMO DICEN MIS COMPA�EROS ESTE TEMA TRATA SOBRE EL DELITO DESDE SUS COMIENZOS Y SUS TEOR�AS QUE SE SIGUEN APLICANDO HOY EN LA REALIDAD. ADEM�S ESTE TEMA ES MUY INTERESANTE POR QUE NOS DA MAS CONOCIMIENTOS SOBRE LOS DELITOS Y LAS CORRIENTES QUE DAN EXPLICAN LOS DELITOS. SI ESTO SE APLICARA CON UNA MAYOR FIRMEZA EN NUESTRA SOCIEDAD NO ME CABE LA DUDA QUE SERIAS UN PA�S CON M�S SEGURIDAD Y UN PA�S CON MENOS DELITOS.

shia said...

SHEERLY CARBAJAL MINCHOLA
COD:070251C
01-C
De acuerdo a lo leído cabe resaltar que el casualismo se desarrollo en el siglo XIX Y a décadas del siglo XX durante el cual predomino el positivismo en la que su filosofía trato de encuadrar el derecho penal a lo observable y verificable, dando así lugar al desarrollo de la dogmatica del derecho penal (normativismo) y a la criminología(naturalismo).
Por otro lado el Casualismo Naturalista consideró todo en el sentido causal objetivo externo que quiere decir en todo lo que respecta a la culpabilidad, asimismo analizo desde el punto de vista la relación hecho-autor y consideró al dolo y la culpa como dos formas esenciales de culpabilidad.
Sin embargo existe también la teoría del Casualismo Valorativo la cual estudia el delito en orientación a valores e ideales es decir esta utiliza un método observativo y comprensivo de acuerdo al derecho humano.
En conclusión a lo ya mencionado en mi punto de vista creo que estas dos formas de teorías son muy buenos métodos para identificar el delito y tener en cuenta muchos aspectos en ellos en lo que concierne los derechos humanos y las leyes ya que ambas son correlativas y deben de ser bien analizadas para así determinar soluciones o castigos e identificar los culpables o las victimas en cada delito cometido y que sean bien juzgados con todas las de la ley.

Miguel said...

Manco Allende Jose Miguel
070331G 01-C

Este comentario nos habla de los diversos delitos que s epuieden cometer en nuestra sociedad, un delito en nuestro pais es le pande cada dia pork las autoridades se hacen de la vista gorda, como bien ya lo expllico la lectura esto viene de tiempos remotos...
Todos estos problemas radican desde la misma sociedad aunque mas parece una SUCIEDAD done cualquier persona puede hacer lo que se le plasca.
Lo que se puede hacer es tene rnuestros valores bien claros solo asi se podra salir adelante, generar un cambio en nosotros mismos para poder cambiar en algo la sociedad, para que ya no sea llamada SUCIEDAD, caambiar ese pensamiento del peruano que dice: el mas vivo gana peor ya todos sabemos que tipo de vivesa se habla, solo cambiando nosotros mismo podremos salir adelante........

july said...

Moreno Quispe , July Del Pilar
070020A
FCC-11
Bueno este tema sobre el delito es muy conocido por cada uno de nosotros ya que esto ocurre a diario en nuestra sociedad , el cometer un delito o violar una ley se ha vuelto en nuestros dias el pan de cada dia porque no hay un solo dia donde no salga por las noticias que se ha cometido asaltos, violaciones , homicidios , etc . Esto ocurre por que nuestras autoridades no son muy rectos y firmes en apilcar las reespectivas sanciones que merece cada caso es por eso que algunas personas son omisas a acatar las normas sociales , si las autoridades se preocuparar mas se veria el cambio en la sociedad por eso cada uno debe señirse a las normas sociales para un mejor desarrollo social.

Unknown said...

KaThErYnE MeLeNdEz RoMeRo
CÓdIgO: 070257A
01-C
Esta lectura nos brinda ejemplos en el derecho penal respecto al delito sobre 4 corrientes.Nos dice que el CAUSALISMO NATURALISTA tenia una filosofia sobre el derecho penal que se trataba del desarrollo del normativismo y naturalismo; el CAUSALISMO VALORATIVO lo importante era el conocimiento de la ilicitud o reprochabilidad; SITEMA FINALISTA, considera que lo importante en la culpabilidad es la reprochabilidad y el conocimiento de la ilicitud; SISTEMA FUNCIONALISTA, donde describe al delito en base a la funcion político criminal del derecho penal, nos dice que el hombre es una construcción social, la acción es parte de la teoría de la imputación y la culpabilidad es infidelidad al Derecho.
En las 4 corrientes y en la actualidad el delito no es solo icumplir la ley sino también contra la sociedad. A diario hay una serie de delitos que se comete y queda impune. La falta de enseñanza de valores pude ser una de las causas que trae como consecuencia el incumplimientos de leyes,pero por otro lado creo que una de las mayores causas es la necesidad, es decir, en el Peru hay gran cantidad de ciudadanos necesitados que cometen delitos como robar por causa de la pobreza. Por ello debe haber sanciones radicales para todas las personas que cometen delito pero sin excepción.

DIANA ESPINOZA BELLIDO said...

Diana Espinoza Bellido
Codigo:017224E
01-C
En nuestra sociedada a cada instante se cometen delitos ,la violacion de nuestras leyes,es algo ya comun,lo cual se da por nuestra falta de principios de valores , nuestras conductas sociales no se rigen de manera correcta, para poder cambiar esto tenemos que tener mas conciencia de las consecuencias de nuestars acciones , y para ello nuestras autoridades deben tener mas firmeza en las sanciones que se dan por un delito sin caer en la corruccion, todo esta en nosotros para lograr el cambio en nuestra sociedad.

ALEJANDRO said...

EL ARTICULO ES UNA VISION MUY GENERAL DE LO QUE ES EL DELITO Y DE LOS ELEMENTOS QUE SE DEBEN CONSTITUIR PARA DENOMINARLO COMO TAL, ADEMAS DE DAR UNA BREVE PERO CLARA RESEÑA HISTORICA SOBRE LAS CORRIENTES QUE INFLUYERON SOBRE LA TEORIA DEL DELITO, CON UN LENGUAJE MUY PRACTICO PARA ENTENDERLO POR CUALQUIERA Y DE MUCHA AYUDA PARA QUIENES POSEIAN ALGUNA DUDA SOBRE EL TEMA MENCIONADO.

Unknown said...

Aca hay algo de cierto en todos los comentarios siempre jusgamos a cuanta persona cometa un error y en este caso hablamos siempre del estado, las autoridades tienen siempre la culpa claro eso es cierto pero si somos un poco mas criticos deberiamos jusgarnos primero y alli nos daremos cuenta que ellos los que llamamos gobernates son simplemente como una sintesis de todos en general ahora hablemos del delito cosa que casi nadie esta exento de cometerlo por que delito seria para mi dañar a otra persona y eso quien no lo ha hecho que me diga aquel que nunca boto una basura en la calle varon alguno que no micciono en la calle vean ustedes que cosas tan simples como esas cuando se junta crean en un personaje un individuo que comete muchos delitos entonces pues no vengamos a decir que el estado tiene la culpa de no hacerse respetar pues si nosotros mismos no nos respetamos alli esta el problema actuamos como terceros acuzando y nunca tratando de cambiar por mi parte señores siempre al menos tendre la mentalidad de querer cambiar y tratar de que mi pais se llene de valores y asi podria evitar que se comentan menos delitos asi que no seamos hipocritas y acusemos mas bien planteemos una solucion para cambiar y nosotros mismos hacer respetar la ley por que si esperamos al famoso gobierno el tambien es una victima del poder y hablo del poder corrupto y es por eso que todos losdelitos se comenten tampoco con esto quiero un cambio individual para cada uno eso no por que llegariamos al individualismo y eso es el el principio de todo mal cuando hablo de cambio es total todos porque solamente todos podemos cambiar nuestro pais y el delito sea cosa bien rara y no comun como en nuestro pais y el mundo

ANDERSON ROJAS PERALTA said...

como esta

Unknown said...

ROSSMERY PONCE NOVOA
CICLO III
AULA 405 D
el delito es una accion humana tipica:normada en el codigo penaly por tanto es la violacion de las normas prohibitivas;antijuridica:porque es contrarias al derecho y culpable por reprochabilidad que se le hace al sujeto.El derecho penal no tutela bienes juridicos sino el orden juridico constituido por normas prohibitivas y peermisivas.

ashley said...

ASHLEY VELASQUEZ P.
En penal se consider ala delito como accion,tipica,antijuridica,y culpable.
Se dan dos pensamientos que son:
El Causalimo naturalista: la tipicidad objetiva y despcriptiva, a la antijuricidad objetiva y valorativa,la culpabilidad relacionada con el hecho y autor con dos formas de culpabilidad: dolo y culpa.

El Sistema funcionalista:une la psicologia sitematica y el idealismo kantiano. Refiere al delito en lo politico criminal.

Se divide en 2 vertientes:
Vertiente mesurada:da el libre albedrioy es normativo y axiologico.
Vertiente extrema: el hombre esta hecho para la sociedad.

piero said...

Piero Coquis Perales, Aula 405
Es un tema importante y delicado por el cual se pone en juego la libertad de determinada persona que supuestamente a cometidò un acto reprochable ante la sociedad hecho que se puede comprobar teniendo las tres condiciones fundamentales de la acciòn. Concluyo de estas teorias,que toda infracciòn penal vulnera las normas jurídicas, que regulan el comportamiento externo del hombre en la sociedad.

pavel ferrel velazco said...

NOMBRE: PAVEL FERREL VELAZCO
MAESTRIA EN DERECHO PENAL TERCER SEMESTRE - ICA
PARADIGMA DEL DELITO
Al respecto debo decir que: En primer lugra hay varias teoris que tratan de explicar este tema; y por lo general todas estas; estan orientadas a explicar que acada instante se cometen delitos en nuestra sociedad, y esto se debe mayormente a la falta de valores morales e ideales(como asì lo llama Kant); y peor aùn a las nesecidades que tiene todo ser humano uno mas que otros.

pavel ferrel velazco said...

NOMBRE: PAVEL FERREL VELAZCO
MAESTRIA EN DERECHO PENAL TERCER SEMESTRE - ICA
PARADIGMA DEL DELITO
Al respecto debo decir que: En primer lugra hay varias teoris que tratan de explicar este tema; y por lo general todas estas; estan orientadas a explicar que acada instante se cometen delitos en nuestra sociedad, y esto se debe mayormente a la falta de valores morales e ideales(como asì lo llama Kant); y peor aùn a las nesecidades que tiene todo ser humano uno mas que otros.

Unknown said...

Victor Ormeño Cabrera
II Semestre Maestria - Mencion Ciencias Penales UN SLG-Ica.

La teoría del delito se ocupa de las características que debe tener cualquier hecho para ser considerado delito, así sea un homicidio o un hurto, que aunque tengan características comunes, pueden tener peculiaridades y penalidades distintas. Tiene un carácter claramente instrumental y práctico: es un instrumento conceptual que permite aplicar la ley a casos concretos. Trata de dar una base científica a la práctica de los juristas del derecho penal proporcionándoles un sistema que permita la aplicación de la ley a los casos concretos con un considerable grado de seguridad. El grado de seguridad sin embargo no es absoluto. El jurista del derecho penal tiene que asumir que la teoría del delito no puede eliminar totalmente la inseguridad que está implícita en la tarea de trasladar al caso concreto lo dispuesto en general por el texto de la ley. La teoría del delito realiza por lo tanto, la tarea de mediación entre el texto legal y el caso concreto. La teoría finalista, que aunque se le achaca que sea intelectualista, racionalista y que le da importancia a los sentimientos: pensar, sentir, obrar; para que sean computados para valorar la carga de la pena o bien la capacidad de culpabilidad, y por tanto puedan cuantificar la pena. Parece la más lógica y eficaz a la hora de la valoración de un hecho desde la vertiente médica o psicológica. En la actualidad es preferible hablar de "justificación" antes de definirlo como acción antijurídica. Con ello se hace referencia a la situación que se da cuando alguien ha obrado lesionando una norma, pero no el orden jurídico, es decir, ha realizado una acción típica, pero adecuado al derecho justificada. Como podría ser la: Legítima defensa. Asi tambien puede decirce que es culpable quien actúa de una manera, cuando podía libremente obrar de otra. El fundamento de la culpabilidad es la libertad, en la que el sujeto dentro de sus posibilidades, puede elegir una determinada forma de actuar o evitarla, para no ser objeto de reproche

LynVilSam said...

VILLAFUERTE SAM, LYN
CODIGO: 100021108
AULA: D - 405
TURNO: MAÑANA
FACULTAD: DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

Con respecto a la lectura, se puede decir que existen muchas teorias que hablan del tema, pewro vemos que todas estan apuntan a mencionar que la sociedad esta expuesta de manera constante a la comision de delitos, dandole la explicacion de la falta de valores axiologicos, tambien esto se debe a una diferencia de necesidades entre uno y otro y cual lo necesita mas.


Pero como nosotros procuramos el bien comun deseamos darle una solucion al problema, aplicando nuestra etica y moral sea cual fuere la circunstancia.

A mi parecer es un tema muy interesante, debido que es de interes social.

fernando said...

tello aguirre javier fernando 3ºD 405

segun lo que eh leido este argumento del paradigma del delito; nos habla del delito en si mismo y del causalismo sus tipos.

nos habla tambien de tipicidad; accion y de los sistemas finalista y funcionalista temas que merecen suma importancia.

ivan said...

placido rios ivan de la uigv del tm 306 dijo:este texto esta en relacion de sustento de teorias para el delito como es el caso del causalismo naturalista en ralcion a su voluntad , causalismo valorativo en valores e ideas comprensivos empiricos ,el sistema finalista hace coexion del ontologico y la epistomologia en realcion al dolo y la culpa , sistema funcionalista es una coexion sociologico y el idealismo en base al politico criminal . en conclusion hace una brebe explicacion del delito en funcion a la sociedad de convivencias de normas , costumbres , etc viernes7/1207 . feliz navidad , gracias

Luis Alberto Reto said...

LUIS RETO TORRES UIGV SEXTO CICLO C TM 306, DICE : Hay varias teorìas que explican el paradigma del delito segùn su punto de vista asi tenemos el causalismo naturalista que considera que la acciòn es un movimiento voluntario hay un causalismo resultado tambièn el causalismo naturalismo considera a la tipicidad como objetiva y descriptiva y a la antijuricidad como objetiva valorativa. Mientras en causalismo valorativo esta en funciòn a valores; segùn kant se divide en ciencia de naturaleza y del espìritu posteriormente aparece el sistema finalista funcionalista,etc. En nuestro paìs han aunmentado los delitos considero yo por la falta de valores que no se fomentan en la casa ni en la educaciòn. Hoy dìa vemos que es comùn los robos, el pandillaje, y las autoridades no toman cartas en el asunto, estas plagas de las sociedad tienen que ser radicadas de raiz, fomentemos una sociedad de valores.
Gracias!
Feliz navidad y seamos mejores!! (W_W)

Nilo Amilcar said...

Nilo Amilcar salazar 6c comentaque el paradigma del delito nos habla de una tipicidad que es objetiva externa y que respeta la culpabilidad nos habla de temas relacionado a la culpabilida que se pretende mas encajar en los tipos penales como un hecho de accion nos considera como se ejempariza en todo el sistema del delito las corrientes que se han estudiado los mas grandes juristas de antaño y la actualida y que porponian un sistema mas perfeto en cuanto juzgar un delito y que nuestro sistema de justicia se enfoca por un nivel observativo.

Sandy V. Velasquez Bautista said...

Sandy V. Velásquez Bautista
UIGV Facultad de Derecho Y Ciencias Políticas
Cod: 102757278
Aula-306
Turno-mañana

EL PARADIGMA DEL DELITO
El nacimiento de varias concepciones ontologicas
a lo largo del tiempo ha
permitido definir al
paradigma actual del
derecho penal con respecto
al delito; es así que vemos
la evolución de cada una de
las fases que constituyen la conducta punible.
Tomando el primer presupuesto de la conducta tenemos a la ACCION definida en cuatro distintas épocas como son:
1.El Causalismo Naturalista:
La considera como un movimiento corporal voluntario.
2.El Causalismo Valorativo:
Dice que es una conducta humana, un comportamiento voluntario.
3.El Sistema Finalista:
La constituye como el ejercicio de la actividad final.
4.El Sistema Funcionalista.-
En este sistema se desprenden dos vertientes:
a).Vertiente Mesurada:
Es una conducta socialmente relevante.
b).Vertiente Extrema:
Es parte de la teoría de la imputación.

Prosiguiendo con el relato de la evolución tomaremos el segundo presupuesto del paradigma actual del delito que es la TIPICIDAD, la cual fue definida por las siguientes corrientes como son:
5.El Causalismo Naturalista:
Era objetiva por que determinaba el objetivo del delito y descriptiva por que señalaba cual era la conducta específicamente para que constituya delito.
6.El Causalismo Valorativo: descriptiva, valorativa.
7.El Sistema Finalista:
Para este sistema se necesitaba de un análisis del dolo y la culpa constituyentes del delito.
8.El Sistema Funcionalista.-
Aquí sólo define al tipo y no la tipicidad; y es este el encargado de cumplir con un fin preventivo construyendo la estructura del injusto además de comprender solo las conductas prohibitivas.

Siguiendo con las descripciones tomaremos el tercer presupuesto del paradigma actual del delito que es la ANTIJURICIDAD siendo esta penúltima por:
9.El Causalismo Naturalista: Determina que era objetiva y valorativa en el sentido causal objetivo externo.
10.El Causalismo Valorativo:
Era objetiva y valorativa.
11.El Sistema Finalista:
Aquí se define como objetiva, subjetiva y valorativa.
12.El Sistema Funcionalista.-
a).Vertiente Extrema: El Derecho penal no tutela bienes jurídicos, sino, el orden jurídico constituido por normas prohibitivas y normas permisivas.

Llegando al final del Paradigma actual del delito hayamos la descripción de la CULPABILIDAD por:
13.El Causalismo Naturalista:
Se le considero desde el punto de vista de la relación hecho-autor y consideró al dolo y la culpa como dos formas de culpabilidad.
14.El Causalismo Valorativo:
Es normativa y valorativa, donde lo importante era el conocimiento de la ilicitud o rreprochabilidad.
15.El Sistema Finalista:
Aquí lo mas importante es el conocimiento de la ilicitud o reprochabilidad.
16.El Sistema Funcionalista.-
En este sistema se desprenden dos vertientes:
a).Vertiente Mesurada: Esta es una necesidad preventiva general o especial de la pena.
b).Vertiente Extrema: Aquí se constituye como una infidelidad al Derecho.

En conclusion con el paso del tiempo todas las corrientes concuerdan en que toda conducta que costituye un delito es una accion,tipica,antijuridica y culpable.
pero nadie niega que cada una de las mencionada guarda en si una esencia unica y siempre con el unico fin de llegar a resolver o construir un presupuesto exacto e inequivoco de la conducta punible.

a.d.a.n / julio said...

universidad inca garcilaso de la vega
julio cesar caleb arica sosa
turno: mañana
aula: 405

muchas gracias por el tema, aunque ya lo habia leido (y llevado) anteriormente, me ayuda a comprenderlo un poco mas

Maria Martinez said...

Luego de leer este tema trascendental considero que existe un sin numero de factores que vas a ser causantes de este problema álgido en nuestra sociedad.

Los autores citados tratan de enfocar de que el delito es una accion, es tipico antijuridica y culpable.
Toda accion es un movimiento corporal voluntario y tiene relacion de causalidad con el resultado. El causalismo considero que la tipicidad era objetiva y descriptiva, la antijudicidal objetiva y valorativa y la culpabilida es relacion de hecho y autor.
Practicamente las corrientes citadas son importantes de tomar en cuenta para poder comprender mejor el paradigma del delito.
Gracias

oscar heredia said...

Alumno: OSCAR A. HEREDIA CARLOS
Aula: 306 Turno: MAÑANA.

TEORIA CAUSALISTA

CONDUCTA
Explica el Delito en base a las leyes de la naturaleza, todo lo ven como una relación de causa y efecto.
Conducta: movimiento corporal voluntario que produce consecuencias en el mundo exterior.
Elementos: Consciencia, Voluntad, Movimiento Corporal, Relación de Causalidad y Resultado.

TIPICIDAD.
Tipicidad: es la adecuación de la conducta a los elementos del tipo.
Surgió con Binding como elemento del delito.

TEORIA FINALISTA

Responde a las críticas al causalismo y elaboran una teoría del delito en base a la conducta.
Explica al delito en base a las ideas de Aristóteles, parte de la base de que el hombre siempre actúa motivado por una finalidad.
Por lo anterior, elabora una teoría del delito en base a la conducta, tomando en cuenta la finalidad en todos los elementos del delito.
Por ello se señala que el finalismo ve la intención del sujeto y que la teoría causalita es ciega.
Fundador: Hans Welzel.
Acción: Ejercicio de una actividad finalista, es decir, la realización de una actividad en base a un fin.
Omisión: No acción con posibilidad concreta de acción, es decir, no realizar una actividad pudiéndola hacer.
Elementos. Consciencia y Voluntad.
Cito estas dos teorias porque son las que explican el delito.
Buen texto, aclare todas las dudas sobre las teorias que explican el delito. gracias

Unknown said...

....estas teorias,planteadas,a nuestro modesto entender,mueven a una profunda reflexion,ya que tratandose de nuestro pais,constituido por una sociedad pluridimensional en donde predomina la marginalizacion de vastos sectores de la poblacion resulta evidente la influencia de la sociedad en la configuracion de la conducta delictivas

ANDERSON ROJAS PERALTA said...

DEYVI ANDERSON ROJAS PERALTA
CODIGO:070011-B
01-C
Este texto trata sobre un tema muy importante que es EL DELITO que en nuestro país es muy común.
Casi todos en nuestro pais esta cometiendo algún delito que por mas pequeña que sea esta ya se esta cometiendo alguna falta grave
lo q nosotros debemos es buscar la manera de erradicar la delincuencia de nuestro país para esto todos debemos poner de nuestra parte y sobre todos el estado que nos gobierna.

Unknown said...

vilma rodas carhuatanta
este tema es importante ya que cada dia se comete delito abusos se violan las leyes y es algo de nunca acabar creo que en este sentido debemos mejorar y cambiar en bien de nosotros mismos como personas y para la sociedad.

sirenita said...

EL PARADIGMA DEL DELITO:

DESPUES DE HABER LEIDO A GRANDES EXPONENTES DE LA FILOSOFIA Y UNA LECTURA TAN INTERESANTE, PUES ENCONTRAMOS UN PARADIGMA IMPORTANTE EN EL DERECHO PENAL EL DELITO PERO CON ELLO ESTA DE LA MANO CON LA ACCION, LA TIPICA,ANTIJURIDICA Y CULPABLE.
PUES PARA QUE EXISTA UN DELITO ES NECESARIO QUE EXISTA UNA ACCION PREVIA A ELLO Y ELLO ES EJERCIDA POR EL HOMBRE CON UN SENTIDO VOLUNTARIO Y CONLLEVARA A UNA CAUSALIDAD Y UN RESULTADO.

PUES LA TIPICIDAD, DESCRIBE Y ES VALORATIVA, LA ANTIJURIDICA ES OBJETIVA EN EL SENTIDO EXTERNO Y LA CULPABILIDAD, ES EL REPROCHE DEL DAÑO CAUSADO EL DOLO Y LA CULPA.

FINALMENTE PUEDO DECIR QUE EN EL PARADIGMA DEL DELITO ESTA ENTRELAZADO CON UNA VERTIENTE SUBJETIVA Y UNA VERTIENTE OBJETIVA.

PAOLA CAAMAÑO ORTECHO
NºCODIGO:100023588
UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA DERECHO(409)

Elizabeth said...

EL PARADIGMA DEL DELITO

Esta lectura nos explica de manera explícita que lo predominante en el derecho penal se da a través de la acción del individuo , que en este caso el Delito es una acción tipica, antijuridica y culpable.
Se halla dividido por el Causalismo Naturalista en la cual la acción tiene una relación de causal con el resultado.
Dentro de la culpabilidad se analizan elementos subjetivos y psíquicos del agente, siendo la imputabilidad el presupuesto de ésta
Y el Causalismo Valorativo en la cual pasó a ser una conducta humana introduciendo el elemento de la voluntad utilizando el método comprensivo valorativo.

Finalmente podría decir que el Sistema funcionalista construye la teoria del delito y que la acción es relevante socialmente en la cual cumple un fin preventivo conociendo así las conductas prohibitivas.


ALUMNA: ELIZABETH CRISTINA MEDINA PILLACA
CICLO :IV AULA: 409
UIGV "FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS".
Nº MATRICULA: 3012332527

andres said...

Ante este paradigma, que el delito es una acción, típica, antijurídica y culpable; con lo cual existe de acuerdo a lo leído corrientes para poder definir este paradigma del delito, empezando por el casualismo naturalista, casualismo valorativo, el sistema finalista y sistema funcionalista; donde la mira principal es la realización de la acción o delito como verificable, voluntaria o a través de corrientes epistemológicas o fenomenológicas y a trabes de una función político criminal.
Victor Andres Quispe Aguilar, IV ciclo Mañana Aula 409 UIGV-Derecho

Angelito said...

ha habido varias corrientes con respecto al paradigma del delito propuestas en un determinado tiempo y espacio,como EL CAUSALISMO NATURALISTA,CAUSALISMO VALORATIVO,SISTEMA FINALISTA Y SISTEMA FUNCIONALISTA;estas corrientes tienen cosas en comùn unas y diferencias entre si.
Tanto el casusalismo naturalista y el causalismo valorativo nos dicen que la tipicidad es descriptiva y valorativa.
En el caso del sistema finalista utiliza dos corrientes que son el ontologismo y la epistemologia;a diferencia del sistema funcionalista que une a la sociologia sistematica y el idealismo neokantiano.
Pero como sabemos,en la actualidad el que predomina con respecto al delito es el que menciona en el articulo publicado:EL DELITO ES ACCION,TIPICA,ANTIJURIDICA Y CULPABLE.

angel molina ramirez
4º ciclo "D" turno:I
uigv "Facultad de derecho y ciencias politicas"

Natalie Perez said...

AL CONCLUIR LA LECTURA DEL PARADIGMA DEL DELITO PUEDO DEFINIR A LA ACCION COMO EL COMPORTAMIENTO HUMANO VOLUNTARIO QUE DA LUGAR A UNA ACTIVIDAD FINAL, A LA TIPICIDAD COMO OBJETIVA, DESCRIPTIVA Y VALORATIVA, A LA ANTIJURICIDAD COMO OBJETIVA, SUBJETIVA Y VALORATIVA Y A LA CULPABILIDAD EN LA RELACION HECHO-AUTOR SE CONSIDERO AL DOLO Y A LA CULPA COMO FORMAS DE CULPABILIDAD.
ERA IMPORTANTE EL CONOCIMIENTO DE LA ILICITUD Y LA REPROCHABILIDAD, NECESIDAD PREVENTIVA YA SEA GENERAL O ESPECIAL DE LA PENA.
EN EL SISTEMA FUNCIONALISTA LA CULPABILIDAD ES LA INFIDELIDAD AL DERECHO.
AUN CON EL TIEMPO SE CONSIDERA QUE EL DELITO ES UNA ACCION, TIPICA, ANTIJURIDICA Y CULPABLE

NATALIE PEREZ RUBIO
CICLO: IV
AULA: 409
TURNO: MAÑANA
UNIV. INCA GARCILAZO DE LA VEGA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS".

victoria said...

Paradigma del delito
Cada una de las corrientes trocadas anteriormente, tratan de describir y clasificar los términos comprendidos en el “Paradigma del Delito”, teniendo cada una de ellas un concepto en lo que respecta a la acción y la culpabilidad. En ellas encontramos carencias o deficiencias, así pues el causalismo naturalista obvia el elemento humano , el causalismo valorativo tiene un carácter ideal, el sistema finalista nos da a conocer un panorama incompleto y sistema funcionalista no muestra el rubro penal.


alumna: Gamboa Huertas Victoria
universidad: inca Garcilaso de la Vega
facultad: Derecho y CC.PP
aula:409 seccion: D turno:Mañana

Mauss said...

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas (UIGV)
Luz Cecilia Vélez Elera
Cod. 100025698
Aula 409 “d” IV ciclo

Paradigma del Derecho Penal frente al delito: Es una acción, típica, antijurídica y culpable.
Ahora, hay muchas corrientes que se han dado con el paso del tiempo en cuanto a la noción de acción y la división del delito (causalismo naturalista, causalismo valorativo, y sistemas funcionalista y finalista) pero lo que es seguro es que se buscaba sancionar la ilicitud y reprochabilidad de tales acciones.

En resumen la acción es importante porque todo se va a desenlazar en torno a ella se verán los otros componentes que conforma el delito: si hay tipicidad, antijuricidad y culpabilidad viendo así de la misma manera los elementos subjetivos y objetivos que aparecen en dicha “acción”.

yessikjd said...

EN LA LECTURA EL PARADIGMA DEL DELITO,NOS SA A CONOCER LAS RELACIONES TANTO DEL CAUSALISMO NATURALISTA COMO VALORATIVO Y EL SISTEMA FUNCIONALISTA. YA QUE NOS REMITE A LAS RELACIONES DE DELITOS COMETIDOS, TANTO EN ACCIONES DOLOSAS Y CULPOSAS COMO LAS QUE SE DAN POR ANTIJURICIDAD :COMO LOS "CLEPTOMANOS" QUE SE DEDICAN A ROBAR POR PURO PLACER Y NO PORQUE LES HAGA FALTA. Y ME PARECE UN BUEN APORTE DE GUNTER JAKOBS, EN DONDE NOS EXPRESA QUE EL DERECHO PENAL NO TUTELA BIENES JURIDICOS, SINO,EL ORDEN JURIDICO, PORQUE SE ENCUENTRA CONSTITUIDA POR NORMAS PROHIBITIVASY NORMAS PERMISIVAS.

ALUMNA:YESSICA JUNCHAYA DONAYRE
SECCION.409 TURNO:MAÑANA /2008

hamilton said...

tinoco vasquez -409-d-uigv
todas las corrientes tratan de definir el modelo del delito y sus componentes para ello se basan en el sustento filosofico .bucan definir las conductas del ser humano q pocierto es muy complejo,canbiante.ademas el delito se consolidad segun la conducta q se describa y se relaise plamada een el ordenamiento juridico q puede variarr en descripcion y o sancionn no todos los ord juridicos son identicoss

Unknown said...

PEDRO ROMULO ROCCA LEON
MAESTRIA EN DERECHO - CIENCIAS PENALES
UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA

DISCURSO DEL METODO DE RENE DESCARTES
EL METODO C ARTESIANO.
Mg.Sc. Faustino Beraún Barrantes.

Comentario :
Del análisis del párrafo de El Método Cartesiano, en comento, Rene Descartes se basa en el razonamiento del hombre, que utiliza la lógica la lógica y los sentidos para hallar la verdad, consistiendo su método:” en no recibir como cierto ninguna cosa sin conocer evidentemente que lo era, evitando cuidadosamente la precipitación y la prevención, tratando de comprender únicamente en nuestro juicio lo que se presenta a nuestro espíritu en forma clara y distintamente a efecto de que dicha apreciación no se ponga en duda”.

Para aplicarse el Método Cartesiano, se utilizan las siguientes reglas:
1.- Sólo aceptar como verdadero, lo que es evidente, que se presenta en forma clara y distinta, de manera certera, que no se puede poner en duda.
2.- Dividir el problema para su análisis, en tantas partes que sean necesarias para resolverlas. ( método analítico)
3.- Una vez dividido dicho problema, se debe ordenar todas las partes fragmentada, comenzando por lo los objetos más sencillos y fáciles de conocer, hasta el conocimiento de los más compuestos, es decir sintetizando nuestro pensamiento para desarrollarla investigación con más facilidad. (método deductivo)
4.- Finalmente, se debe hacer un repaso completo de las ideas, para no omitir nada y evitar cometer algún error.

Andrea said...

ANDREA VERA R.(4-B)M
ESTA LECTURA "EL PARADIGMA DEL DELITO" EN MI APRECIACIÓN ES UN TEMA BÁSICO PARA EL CURSO DE DERECHO PENAL Y NOS OFRECE VARIAS POSTURAS DE EMINENCIAS DEL DERECHO LO QUE NOS PERMITE A LOS ESTUDIANTES COMPRENDER Y HACER UN ANÁLISIS DEL DELITO ¿QUE ES EL DELITO EN SI MISMO? CUALES SON SUS ELEMENTOS, CARACTERÍSTICAS Y LOS DIFERENTES ENFOQUES DE LOS AUTORES, SUS TEORÍAS Y LA EVOLUCIÓN LAS MISMAS.

JORGE said...

GUERRERO QUISPE JORGE
409 4TO D

PARADIGMA DEL DELITO
Por lo que pude entender viene a ser la acción es un movimiento corporal voluntario, que tiene una relación de causalidad con el resultado.

Esta teoría se desarrollo durante el último tercio del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX, durante el cual predominó el positivismo naturalista que impuso un pensamiento mecanicista y causalista a la acción. Esta filosofía trató de encuadrar el Derecho Penal a lo observable y verificable, dando lugar al desarrollo de la dogmática del derecho penal (normativismo) y a la criminología (naturalismo).

Xx eLbA xX said...

En la lectura el paradigma predominate, en el derecho penal respecto al delito es de q el delito es una accion,tipica,antijuridica,y culpable.tambien nos dice q en el siglo xx predomina una corriente casualista naturalista imponiendo un pensamiento mecanicista y casualista y aqui es donde entra la filosofia del derecho para encajar al derecho penal con respecto a la culpabilidad q es al relacion del hecho -autor sea verificable y observable dando lugar ala dogmatica del dercho penal y a la criminologia y analizando al dolo y a la culpa como dos formas de culpabilidad.

Por otro lado nos habla tambien sobre el causalismio valorativo,que es,segun (neokantiano)es el estudio del delito en orientacion a los valores e ideales.El casualismo valortivo segun:
-(Zaffaroni), es la conducta humana.

-(Mezger) , es el comprotamiento voluntario.

-(Meyer),es la realizacion de una voluntad humana.
por ultimo ,hace mencion sobre otra corriente filosofica el sistema finalista aqui trata de explicar el delito en 2corrientes filosoficas la primera q es fenomenologica y la otra corriente es la epistemologia.Asimismo cabe hacer mencion sobre le sistema funcionalista(roxin),q une dos corrientes filosoficas :la sociologia sistematica y el idealismo neokantiano construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal.

jose toledo said...

EL PARADIGMA DEL DELITO:
Comentario.-
El presente tema es un problema que hoy en día ocurre a cada momento en nuestro país y que nos podemos enterar gracias a los medios de comunicación, nosotros mismos somos testigos que todos los días se cometen delitos y el estado no hace nada al respecto.
Las autoridades deben tomar todas las medidas preventivas para que no tengamos que lamentar nuevamente victimas humanas y sancionar con todo el peso de la ley a los responsables, o cuando se haya quebrantado el ordenamiento jurídico.
Otro problema que existe en nuestro país es la corrupción por parte de las autoridades, hoy en día ya ni se puede confiar en ellos, en la actualidad existen muchas personas que cuentan con una buena situación económica y llegan a comprar su impunidad, es por eso que la mayoría de la gente toma justicia por sus propias manos cuando se ven afectados.

ALUMNO: TOLEDO CASTILLO, JOSE
CICLO: IV AULA: 409
TURNO: MAÑANA
UNIV. “INCA GARCILAZO DE LA VEGA”
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS.

orlando said...

mas q un comentario intentare establecer una diferenciacion de las teorias q explican al delito:
el causalismo naturalista concibe la accion en terminos fisicos o naturales mediante la accion corporal y la consiguiente modificacion el el mundo exterior como consecuencia de esta accion.Ademas se distinguen 2 fases una interna (ideacion deliberacion de la accion)y externa (exteriorizacion, ejecucion de la accion. El presupuesto es sin lugar a dudas la imputabilidad con su pena correspondiente.
ahora el causalismo valorativo añade al concepto naturalista el elemento de la VOLUNTAD HUMANA es decir q el tipo es conocedor de la magnitud del daño que pudiera causar y tiene toda la intencion de llevarlo a cabo.
El sistema finalista considera la accion como una finalidad determinada de actuar conscientemente en pos de un resultado propuesto voluntariamente de antemano. Desaparece la idea de imputabilidad y aparece la de culpabilidad a traves de un juicio de reproche.
y la teoria funcionalista reconoce los elementos propuestos por el finalismo ( tipicidad, culpabilidad, antijuricidad) sustenta q los presupuestos de la punibilidad deben estar orientados por los fines del derecho penal.

ORLANDO FIGUEROA ESTRADA
IV CICLO SECC: "D" AULA: 409 MAÑANA
UIGV- FACULTAD DE DERECHO

fiorella28 said...

TITO MITMA ROSA FIROELLA
Aula:409 turno:M

En la lectura se puede observar las 4 corrientes de como definen a los requisitos del delito (acciòn, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad) desde su perspectiva
En el CAUSALISMO NATURALISTA encuadrar el Derecho Penal a lo observable y verificable, dando lugar al desarrollo de la dogmática del derecho penal (normativismo) y a la criminología (naturalismo).
El CAUSALISMO VALORATIVO estudia el delito en orientación a valores e ideales
El SISTEMA FINALISTA para explicar el Delito une dos corrientes filosóficas: el ontologísmo fenomenológico (el mundo se organiza de acuerdo a finalidades) y la epistemología (todos los fenómenos tienen un fin)
El SISTEMA FUNCIONALISTA construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal.

crower said...

Se puede decir que la responsabilidad penal es la consecuencia jurídica que resulta de la imputación de una acción u omisión, típica y antijurídica, a su autor culpable para hacerle sufrir las penas que la ley señala de modo preciso para la especie delictiva que le es imputada.
La mejor forma de saber si estamos frente a un delito o no será analizar si están presentes todos los elementos; ya que la falta de alguno de ellos determina la ausencia del mismo.

MIGUEL CROWER VASQUEZ SALAS
MAESTRIA EN DERECHO - CIENCIAS PENALES
I SEMESTRE
UNIV. SAN LUIS GONZAGA

Alex Cuba said...

cuba aqui uigv-409-d mañana

Esta lectura tiene como ideas
filosoficas el cusalismo valorativo el (causalista y mecanissista de la accion) en la q menciona como partes la accion,tipicidad, antijuricidad y culpabilidad ademas de los diferentes autores como safaroni,meier y mesger que todos bucan dar una definicion de la accion y el delito ademas es importante saber y conocer las partes del delito para poder sancionar a las personas q lo hayan cometido y sean imputables(ser conocientes de loq hacen)

Lucero said...

RAISA FLORES BOCANEGRA
409-D Turno:Mañana

EL PARADIGMA DEL DELITO, texto que me parece importante en el ambito penal y que debe ser de nuestro total interes ya que vivimos en una sociedad del cual la palabra delito es un tema de todos los dias... Pues bien cabe decir -a mi parecer- que las corrientes filosoficas se dejan entender respecto al punto central y que teniendo una nocion de ellas podriamos sacar nuestras propias ideas y /o cnclusiones al respecto.

Unknown said...

PARADIGMA DEL DELITO

Con respecto a la lectura el paradigma en el Derecho Penal respecto al delito es una acción, típica, antijurídica y culpable.

Causalimos Naturalista de Lizst – Beling nos dice que la acción es un movimiento corporal voluntario. Considerando la tipicidad como objetiva y descriptiva; la antijuricidad como objetiva y valorativa; y la culpabilidad como el dolo y la culpa.

Causalimos Valorativo de Neokantiano estudia al delito en orientación a valores e ideales. Kant dividió las ciencias en:
* Ciencias Naturales.- utilizando el método empírico y de la observación.
* Ciencias del Espíritu.- utilizando el método comprensivo y valorativo.

La acción según:
* Zaffaroni.- una conducta humana.
* Mezger.- comportamiento voluntario.
* Meyer.- realización de voluntad.

Sistema Finalista explica el delito uniendo 2 corrientes filosóficas: Ontologísmo Fenomenológico y Epistemología.

Sistema Funcionalista de Roxin une dos corrientes: Sociología Sistémica y Idealismo Neokantiano.
Este sistema en su vertiente Mesurada deja al libre albedrío como presupuesto del reproche y da paso a criterios normativos y axiológicos.
En su vertiente Extrema otorga una visión tecnocrática al Derecho Penal y a la Teoría del Delito.


Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Nombre: Maddalena Cuadros Martini
Curso: Derecho Penal II
Turno: Mañana
Aula: 409 - D
Ciclo: IV

Unknown said...

De acuerdo a la lectura puedo entender que seria muy importante que, conozcamos los tipos de conducta que pueden constituir un delito. De esta manera estaremos en posibilidad de identificar esas conductas dañinas para la sociedad, que además son sancionadas por las leyes penales de nuestro país.
El DELITO ES UN ACCION, TIPICA, ANTIJURÍDICA Y CULPABLE.
De aquí la regla general es que si un acto se convierte en delito es cuando contradice a la ley, pero no será delito si la ley penal no lo tipifica.
Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Nombre: Cardenas Moreno ,Anabel Rocio
Curso: Derecho Penal II
Turno: Mañana
Codigo:100040828
Aula: 409 - D
Ciclo: IV

LUIS CARRILLO said...

Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Nombre: Luis Yarin Carrillo
Curso: Derecho Penal II
Turno: Mañana
Aula: 409
Ciclo: IV

PARADIGMA DEL DELITO
Por lo que pude entender viene a ser la acción es un movimiento corporal voluntario, que tiene una relación de causalidad con el resultado.

Esta teoría se desarrollo durante el último tercio del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX, durante el cual predominó el positivismo naturalista que impuso un pensamiento mecanicista y causalista a la acción. Esta filosofía trató de encuadrar el Derecho Penal a lo observable y verificable, dando lugar al desarrollo de la dogmática del derecho penal (normativismo) y a la criminología (naturalismo).

5:12 PM


Xx eLbA xX said...
En la lectura el paradigma predominate, en el derecho penal respecto al delito es de q el delito es una accion,tipica,antijuridica,y culpable.tambien nos dice q en el siglo xx predomina una corriente casualista naturalista imponiendo un pensamiento mecanicista y casualista y aqui es donde entra la filosofia del derecho para encajar al derecho penal con respecto a la culpabilidad q es al relacion del hecho -autor sea verificable y observable dando lugar ala dogmatica del dercho penal y a la criminologia y analizando al dolo y a la culpa como dos formas de culpabilidad.

Por otro lado nos habla tambien sobre el causalismio valorativo,que es,segun (neokantiano)es el estudio del delito en orientacion a los valores e ideales.El casualismo valortivo segun:
-(Zaffaroni), es la conducta humana.

-(Mezger) , es el comprotamiento voluntario.

-(Meyer),es la realizacion de una voluntad humana.
por ultimo ,hace mencion sobre otra corriente filosofica el sistema finalista aqui trata de explicar el delito en 2corrientes filosoficas la primera q es fenomenologica y la otra corriente es la epistemologia.Asimismo cabe hacer mencion sobre le sistema funcionalista(roxin),q une dos corrientes filosoficas :la sociologia sistematica y el idealismo neokantiano construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal.

zenina camacho ayala said...

Comentario
Esta lectura, paradigma del delito, nos especifica que es un delito dándonos a conocer que es una acción típica, antijurídica y culpable, y conforme a este concepto de delito se van a formular teorías tales como el causalismo naturalista, el causalismo valorativo asimismo el sistema funcionalista.
Empezaremos por el 1ero, nos dice que consideran a la acción como un movimiento corporal voluntario que posee una relación de causalismo con el resultado y además considera que la tipicidad era objetiva y descriptiva mientras que la antijuricidad era objetiva y valorativa y también mencionó que la culpabilidad contenía tanto al dolo como la culpa. Por otro lado, el causalismo valorativo estudio al delito en base a valores e ideales, es por ello que kant dividió las ciencias en de la naturaleza y del espíritu, considerando que el derecho estaba en esta ultima porque utiliza un método comprensivo y valorativo.
zenina camacho ayala
turno mañana
4to d
auña 409

zenina camacho ayala said...

Comentario
lo tengo que poner aca porque no esta esta lectura en su pagina profesor.
En el DISCURSO DEL MÉTODO DE RENÉ DESCARTES nos da a conocer LAS REGLAS PARA LA DIRECCION DEL ESPIRITU DEL QUE DESEA HALLAR LA VERDAD dándonos pautas como: creer solo aquello que se presenta de forma clara y distinta, dividir el problema , ir de lo mas simple a lo mas complicado y por ultimo no hacer omisiones. Si bien es cierto, es algo coherente y valido que se debe utilizar sin ninguna duda, pues es el camino para llegar a la verdad porque se nos muestra como una escalera para llegar a alcanzar la puerta. A mi parecer mencionaría que algo que si es indiscutible es que se acepte algo siempre y cuando este algo sea claro y distinto así como también el ir de lo mas simple a lo mas complicado porque no nos podemos meter en cosas que aun no sabemos si no hemos llevado la principal, es algo así como el lanzarte a la piscina sin saber nadar.

javixoman said...

osorio hurtado javier alberto
codigo:100019868
seccion D aula 409


esta lectura nos habla de las diferentes corrientes tales como son el causalismo naturalista, valorativo,el sistema finalista y el sistema funcionalista.. en lo personal pienso que nuestro codigo penal vigente se inclina por la corriente del finalismo.. de esta se desprende que el delito es :una accion tipica antijuridica y culpable..

Unknown said...

El paradigmo del delito, artículo muy interesante y a la vez didáctico, mediante el cual se nos define al delito de manera pedagógica: El delito es la acción típica, antijurídica y culpable, la cual acarrea una pena. Desde distintas concepciones, esta definición es la más acertada, ya que no habría delito sin ninguno de estos elementos. Se observa al delito desde muchos puntos de vista (distintas sistemas), el sistema causalista, el finalista, el funcionalista, etc. Todas estas concepciones servirán para ahondar lo que se entiende por delito y sacar nuestras propias conclusiones.

MARENGO SÁNCHEZ, José Eduardo
100019448
409 "D" - Turno Mañana
UIGV - Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

maria rivas plata mendoza said...

en nuestro pais hay un sin numero de delincuencia la autoridades deben ser mas drastricas y deben de impartir justicia para todos con igualdad, este tema es culposo que no esta dentro de la ley y dentro de la conciencia del la persona
UIGV
Maria Rivas Plata Memdoza
aula 409 S:D

Nicolas Enriquez said...

Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Nombre: Nicolas Santiago Enriquez Taco
Curso: Derecho Penal II
Turno: Mañana
Aula: 409
Ciclo: IV

Una vez leído cada una te estas corrientes filosóficas y ala vez como cada una de ellas trata de dar un concepto de lo que es el paradigma del delito pude definir que el delito es una acción, típica, antijurídica y culpable que son requisitos esenciales para que halla delito también:
Causalismo Naturalista: sostuvo que la acción es un movimiento corporal voluntario y tiene relación de causalidad con el resultado, tiene un pensamiento mecanicista y casualista, que la tipicidad era (objetiva y descriptiva), antijuricidad (objetiva y valorativa), y la culpabilidad tiene relación con el hecho- autor (dolo, culpa)

Causalismo valorativo: estudia el delito en valoración a valores eh ideas, sostiene que es ciencia de la naturaleza y también ciencias del espíritu, la acciones una conducta humana, la tipicidad (descriptiva y valorativa), antijuricidad (objetiva y valorativa), culpabilidad (normativa y valorativa)

Sistema finalista: el delito desde el punto de vista filosófico (ontológico fenomenológico y epistemológico), la acción es el ejerció de la actividad final, tipicidad, antijuricidad (objetiva, subjetiva y valorativa), culpabilidad ( reprobabilidad, el conocimiento de la ilicitud)

Sistema finalista: desde el punto de vista de la filosofía sostiene (sociología sistemática y idealismo neokantiano), la acción es la conducta socialmente relevante, tipo la conductas prohibidas pero no las permitidas.

katherine agurto said...

bueno luego de haber leido la lectura de PARADIGMA DE DELITO, puedo indicar que es algo que tiene que ver mucho con la realidad que se ve en nuestro pais y en el mundo entero dia a dia, puesto que hablamos de cometer un delito que implica la violacion de una no solamanete una ley sino tambien y mas importa los derechos de los perjudicados en este tipo de hecho. Lo que podemos hacer al respecto es tener bien en alto los valores morales y llevarlos a la practica para que hoy en dia no haya mucha delincuencia en el pais y cresca en vez retroceder en cultura y en actos. depende de nosotros cambiar nuestro pais, no pidamos el cambio sino cambiemos nosotros mismos.

KATHERINE PAOLA AGURTO ZAVALA
Codigo: 100051768
Curso: Derecho Penla II
Ciclo: IV
Aula: 409 Seccion: D
Turno: Mañana

vanessa said...

Luego de haber leido la lectura de PARADIGMA DE DELITO, indico que es algo que tiene que ver mucho con la realidad que se ve en nuestro pais y en el mundo entero dia a dia, puesto que hablamos de cometer un delito que implica la violacion de una no solamanete una ley sino tambien y mas importa los derechos de los perjudicados en este tipo de hecho. Lo que tenemos que hacer al respecto es tener bien en alto los valores morales y llevarlos a la practica para que hoy en dia no haya mucha delincuencia en nuestro pais y mejore y cresca en vez retroceder en cultura y en actos.

Causalismo Naturalista: sostuvo que la acción es un movimiento corporal voluntario y tiene relación de causalidad con el resultado, tiene un pensamiento mecanicista y casualista, que la tipicidad era (objetiva y descriptiva), antijuricidad (objetiva y valorativa), y la culpabilidad tiene relación con el hecho- autor (dolo, culpa)

Causalismo valorativo: estudia el delito en valoración a valores eh ideas, sostiene que es ciencia de la naturaleza y también ciencias del espíritu, la acciones una conducta humana, la tipicidad (descriptiva y valorativa), antijuricidad (objetiva y valorativa), culpabilidad (normativa y valorativa)

Sistema finalista: el delito desde el punto de vista filosófico (ontológico fenomenológico y epistemológico), la acción es el ejerció de la actividad final, tipicidad, antijuricidad (objetiva, subjetiva y valorativa), culpabilidad ( reprobabilidad, el conocimiento de la ilicitud)

Sistema finalista: desde el punto de vista de la filosofía sostiene (sociología sistemática y idealismo neokantiano), la acción es la conducta socialmente relevante, tipo la conductas prohibidas pero no las permitidas.

vanessa ARRIVASPLATA BELTRAN VILCHEZ
Codigo: 100051968
Curso: Derecho Penla II
Ciclo: IV
Aula: 409 Seccion: D
Turno: Mañana

Unknown said...

KATHERINE JESUS PEÑA CHIRINOS
AULA: 409
CICLO: IV
SECCION: D





Bueno este tema sobre el delito es muy conocido por cada uno de nosotros ya que esto ocurre a diario en nuestra sociedad , el cometer un delito o violar una ley se ha vuelto en nuestros dias el pan de cada dia porque no hay un solo dia donde no salga por las noticias que se ha cometido asaltos, violaciones , homicidios , etc

La teoría del delito realiza por lo tanto, la tarea de mediación entre el texto legal y el caso concreto. La teoría finalista, que aunque se le achaca que sea intelectualista, racionalista y que le da importancia a los sentimientos: pensar, sentir, obrar; para que sean computados para valorar la carga de la pena o bien la capacidad de culpabilidad, y por tanto puedan cuantificar la pena. Parece la más lógica y eficaz a la hora de la valoración de un hecho desde la vertiente médica o psicológica. En la actualidad es preferible hablar de "justificación" antes de definirlo como acción antijurídica.

Medaly Guanilo Roque said...

Respecto a la presente lectura, podemos señalar que tiene relación con la le lectura de la Teoria del Delito.
Nos señala el concepto tipico de lo que es el Delito, que lo entendemos como la accion, típica. antíjuridica y culpable.
Nos señala distintas corrientes impulsadas por distintos hombres de Derecho, por distintas escuelas, desde una corriente causalista naturalista a una causalista valorativo, pasando por un sistema Finalista y Funcionalista.
Tal y como lo señala el maestro Roxin, concluimos que la accion es una conducta socialmente relevante y que el tipo cumple un fin preventivo y construye la estructura del injusto.

FABIO DE LA CRUZ said...

" PARADIGMA DEL DELITO "

Siendo el Paradigma del Delito la acción, tipicidad, antijuricidad, y culpabilidad; existen corrientes de interpretación como el causalismo naturalista, que considera a la tipicidad como objetiva y descriptiva; a la antijuricidad objetiva y valorativa y la culpabilidad la relación de hecho y autor dolo y culpa como dos formas de culpabilidad; el causalismo valorativo divide la ciencia en dos : ciencia de la naturaleza y ciencia del espiritu a travez de dos metodos, empirico y valorativo, concluyendo en este sentido que la tipicidad es descriptiva y valorativa, la antijuricidad objetiva y valorativa y la culpabilidad normativa y valorativa. la accion segun Zafaroni es considerada como conducta humana
El Sistema Finalista a traves de sus corrientes filosoficas considera que la acción es el ejercicio de la actividad final, la antijuricidad es objetiva subjetiva y valorativa y la culpabilidad lo considera como reprochabilidad. El sistema Funcionalista cosntruye sus bases en función a la Politica criminal del Derecho Penal, la necesidad de la prevencion del Delito.

JUAN FABIO DE LA CRUZ HUAMANI
ESTUDIANTE DE DERECHO CONSTITUCIONAL
UNIVERSIDAD " ALAS PERUANAS"

genaro said...

EN ESTE TEXO SOBRE EL PARADIGMA DEL DELITO HABLA DE LOS DELITOS QUE OCURREN AH DIARIO EN NUESTRO ENTORNO A CADA INSTANTE.
DEBEMOS TOMAR UNA CONCIENCIA MORAL Y ETICA PARA COMBATIR CON ESTE PROBLEMA SOCIAL QUE NO AQUEJA.
GLADYS VEGA VEGA UIGV 409 PENAL II

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL
Zacarias Marin Saavedra Garcia

El articulo trata de cuatro teorias sobre el delito, con una introduccion de que el paradigma predominate en el campo penal, es de que el delito es una Accion, Tipica, Antijuridica y Culpable.
El Causalismo Naturalista de Lizst - Beling sostiene que la accion tiene relacion de causalidad con el resultado. Su desarrollo se produjo en el ultimo tercio del S. XIX y las primeras decadas del S. XX. El pensamiento fue mecanicista y causalista de la accion. Da un desarrollo de la dogmatica del Derecho Penal Y a la criminologia. Considero que la tipicidad era objetiva y descriptiva; la antijuricidad, objetiva y valorativa; a la culpabilidad la analizo en una relacion hecho - autor; y considero al dolo y la culpa como dos formas de culpabilidad.
En cambio, la Teori�a del Causalismo Valorativo (neokantiano) analiza el delito en funcion a valores e ideales. Para Kant el derecho se ubica en las ciencias del espi�ritu. Se establece que la tipicidad es descriptiva, valorativa; la antijuricidad, objetiva y valorativa; la culpabilidad es normativa y valorativa; en la que lo importante es el conocimiento de la ilicitud.
El Sistema Finalista explica el delito uniendo dos corrientes filosoficas: el ontologi�smo fenomenologico y la epistemologia, determinandose que la accion es la actividad final (Welzel). En el analisis de la tipicidad incluye al dolo y la culpa; y senala que la antijuricidad es objetiva, subjetiva y valorativa; y que lo importante en la culpabilidad es la reprochabilidad.
El Sistema Funcionalista,tambien une dos corriente filosoficas: la sociologi�a sistemica y el idealismo neokantiano. Construye la teori�a del delito en base a la funcion poli�tico criminal del Derecho Penal. El tipo cumple un fin preventivo, comprende las conductas prohibitivas, pero no las permisivas. Para Gunter Jakobs (representante de este sistema en su vertiente extrema), el hombre es una construccion social; la accion es parte de la teoria de la imputacion y la culpabilidad es infelidad al derecho.
Conclusion: Las teorias son producto de su tiempo, con el desarrollo de la filosofia se cambian por nuevos paradigmas, que son los que van guiando el avance de las ciencias, en todo el quehacer del hombre.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL

DISTINCION ENTRE EL CONOCIMIENTO PURO Y EL EMPIRICO

La filosofia de Kant es una busqueda de los fundamentos del conocimiento. Según Kant el primer producto del conocimiento es la experiencia, es nuestra primera enseñanza, y es fuente inagotable de informaciones nuevas; pero nuestro conocimiento no se reduce a lo empirico. La experiuencia, a traves de nuestros sentidos, por la impresión de forma, color, dureza, suavidad, olor; nos dice lo que existe, pero no nos dice como esta constituido, careciendo de universalidad esta forma de entendimiento; por ello se le conoce como conocimiento a posteriori o empirico.
En cambio, el conocimiento universal, tienen carcter de necesidad interna, son claros y ciertos. Son los conocimientos a priori, puros, y son independientes de la experiencia. Son el espacio, el tiempo; y se hace necesario conocer para las ciencias y las matematicas.
Debiendose tener en cuenta la forma en que el intelecto puede alcanzar el conocimiento a priori; siendo interes de primer orden del hombre para alzanzar dicho conocimiento con validez universal.
Sin embargo, Kant no trta la capacidad sintetizadora de la mente. El conocimiento involucra conceptos, percepciones, lo que viene por los sentidos; los que sirven como puentes entre la mente y el mundo. Ponen al descubierto la capacidad de la mente para el conocimiento a traves de la imaginacion, el entendimiento y la razon; que son fuentes de representación, a diferencia de la sensibilidad, que solo recibe afecciones y sustenta ciertas representaciones.
El conocimiento puro y el empririco conllevan a una sisntesis de representacion.
Bibliografia:
Un Modelo De Representacion De La Mente: Elementos De Arquitectura Cognitiva En Kant, IVES BENZI ZENTENO,Profesora Departamento de Filosofia, Universidad de Chile.

ELGA TIRADO ANGELES said...

ELGA TIRADO ANGELES
UNIVERSIDAD NACIONA FEDERICO VILLARREAL
I - CICLO AULA: C 1-2
MAESTRIA: DERECHO CONSTITUCIONAL

TEMA: "EL PARADIGMA DEL DELITO"

EL TEMA PARADIGMA DEL DELITO, NOS HABLA DE UN GRAN PROBLEMA QUE AFRONTA NUESTRA SOCIEDAD, AQUELLOS DELITOS QUE IMPLICAN LA VIOLACIÓN DE LA LEY,. ANTE ELLO PODRIAMOS DECIR, QUE UNA PARTE DE SOLUCIÓN ES APRENDER A TENER BIEN EN ALTO LOS VALORES MORALES Y ESTOS LLEVARLOS A LA PRÁCTICA, NO HAY JUSTIFICACIÓN PARA AQUELLOS QUE INCUMPLEN LA LEY, TENEMOS QUE TENER PRESENTE QUE LA SOCIEDAD TIENE UN PAPEL IMPORTANTE DE LOGRAR Y CAMBIAR NUESTRO PAÍS, "NO PIDAMOS EN CAMBIO, SINO CAMBIEMOS NOSOTROS PRIMERO", PARA NUESTRO BIENESTAR Y PARA NUESTROS DESCENDIENTES.

liliana rios said...

LILIANA RIOS SILVA
MAESTRIA DE DERECHO CONSTITUCIONAL
UNIVERSIDAD FEDERICO VILLARREAL-
I CICLO AULA C 1-2

PARADIGMA DEL DELITO:como bien se establece en el articulo el paradigma predominante en el Derecho Penal respecto al Delito es de que èste es una ACCION, TIPICA, ANTIJURÍDICA Y CULPABLE, al respecto conocemos una serie posiciones doctrinarias sobre el contenido de la teoria del delito, como la posicion del CAUSALISMO NATURALISTA (Lizst-Beling),CAUSALISMO VALORATIVO (NeoKantiano)tenieno como representantes a Zaffaroni, Mezger y Meyer,EL SISTEMA FINALISTA,el SISTEMA FUNCIONALISTA Roxin y GÜNTER JAKOBS como uno de sus mas ilustres representantes, de lo que podemos colegir que las teorias del derecho como la vida misma se encuentranen un constante cambio y ello porque buscan dar explicacion a las nuevas situaciones o problemas que se presentan en el derecho, y que anteriormente no se presentaron, teniendo en cuenta tambien que cada una de estas teorias doctrinarias se dio en un contexto distinto y que resulto necesario adecuarse a los nuevos descubrimientos que se presentaban, por ejemplo la culpabilidad en un inico comprendia el dolo y la culpa y ahora la doctrina nos dice que la culpabilidad tiene que ver con la reprochabilidad de la conducta humana, desde el conocimiento de la ilicitud, y asi probablemente el derecho al ser una ciencia seguirà descubriendo nuevas teorias, y quiza el paradigma que ahora aceptamos de manera generalizada mas adelante se vea desplazado por otro que de mejor respuesta a nuestras interrogantes.

Claudia said...

"El Paradigma del Delito"

La presente lectura nos habla acerca de la definición más aceptada y que sirve de guía para comprender el delito, entendida como la acción típica, antijurídica y culpable, así como los diversos puntos de vista del Causalismo Naturalista, el Causalismo Valorativo, el Sistema Finalista y Sistema Funcionalista en cuanto a los elementos que la componen.
Aquí se trata de los diversos presupuestos jurídico penales (desde diversas ópticas) que deben concurrir para establecer si existe un delito, es decir nos permite saber cuando una determinada conducta es considerada como delito, nos permite asimismo saber cuáles son los elementos que hacen posible la aplicación de una sanción penal, a una determinada acción humana.
Considero que en el tiempo las teorías evolucionan, cambian, no son estáticas, en un determinado momento nos pueden ayudar a solucionar ciertos problemas, nos pueden brindar los mecanismos necesarios para imponer una determinada sanción si se cometió un delito, en otros casos simplemente dichas teorías dejan de funcionar y por lo tanto los delitos cada vez mas dejan de ser sancionados y por el contrario van incrementando. Es necesario establecer patrones que nos permitan que una determinada teoría funcione para de esta manera combatir y frenar los delitos que se cometen día a día.

Claudia Flores Bolívar
Filosofía del Derecho
I Ciclo
Universidad Nacional Federico Villarreal

Anonymous said...

Acerca de la lectura del paradigma del delito nos presenta tres corrientes que nos explican sus conceptos pero considero que el SISTEMA FUNCIONALISTA que une las corrientes filosóficas: la sociología sistémica y el idealismo neokantiano, elabora la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal. Por tal tiene una base preventiva del delito como valorativa que va tener como consecuencia que la conducta desplegada por el agente sea evaluada de acuerdo al tipo y la pena siendo de exigencia no llegar a tal punto sino defender el carácter de la prevención del delito.

GUSTAVO VICTOR RODRIGUEZ VARGAS
MAESTRIA DERECHO CONSTITUCIONAL 2008 UNFV
I CICLO AULA C1-2

LAURA said...

Universidad Federico Villarreal
Maestria Derecho Constitucional
Filosofía del Derecho
AULA C1-2
NOMBRE: LAURA E.VILCHEZ SECLEN
la teoria del delito comprende un conjunto de proposiciones sistemáticas organizadas que pretenden explicar la naturaleza jurídica del hecho punible. Análisis secuente del delito como conducta humana compleja e inaceptablemente transgresora de la norma estatal prohibitiva o imperativa. Debe entenderse el delito como una conducta humana transgresora de una previsión creada por el legislador para tutelar determinados bienes jurídicos y son sus rasgos distintivos la tipicidad, antijuricidad y la culpabilidad, descartandose la punibilidad porque esta constituye su consecuencia. Existe criterios diversos que tratan de explicar la conducta humana transgresora como: ónticos naturalísticos (causalismo y finalismo ), criterio axiológico y normativo (funcionalismo ), y asi seguiran apareciendo nuevos paradigmas explicativos del delito.

Hugo Garma said...

El paradigma del delito que nos habla el presente comentario hace referencia a algunas tesis que han sido las mas adoptadas en los Ordenamientos Juridicos de diversos paises, pero como toda tesis y/o paradigma siempre tiene sus anomalias las cuales aparecen en el transcurso del tiempo es por ello que el Derecho Penal es una de las ramas del derecho mas dinamicas que existen yo particularmente me inclino y admiro el pensamiento de GÜNTER JAKOBS.
Inicialmente, la teoría de la imputación objetiva surge de la evolución de las teorías causales que intentaban restringir el amplísimo concepto de causa de la teoría de la equivalencia de condiciones, aportando argumentos para explicar por qué determinadas acciones que desde el punto de vista natural eran causa no podían sin embargo ser consideradas típicas, sin necesidad de acudir al correctivo de la culpabilidad que quedaba demasiado lejos. Recuerdese que en sus orígenes la teoría de la imputación objetiva es defendida por autores que comparten la estructura neoclásica del delito. La concepción mayoritaria actual de la teoría de la imputación objetiva ha abandonado la iniciales fundamentaciones ontológicas de LARENZ y se basa en consideraciones teleológico-normativas derivadas del fin que se atribuye al Derecho penal y a las normas penales (prevención). El sistema del cual se deriva esta concepción es, pues, un sistema "funcional" o "teleológico-racional".

Hugo Garma Saavedra
Universidad Federico Villarreal
Mestria Derecho Constitucional
Aula c 1-2

Carlos Ysaac said...

Paradigma del Delito
Carlos Ysaac YAranga Cabezas

Respecto al Paradigma del Delito, las cuatro corrientes filosóficas: Causalismo Naturalista; Causalismo Valorativo; Sistema Finalista y Sistama Funcionalista, analizan por separado la teoria del delito, cada uno desde un punto de vista Filosófico, concordando las dos primeras con el análisis de acción, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad y los sistemas Finalista y Funcionalista, analizan la acción, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad desde el punto de vista ontológico y fenomenológico, toda las corrientes filosóficas aportan sus conocimientos científicos, previo análisis profunda al desarrollo de la dogmática del derecho penal.
El resumen que hace el maestro Faustino Beraún Barrantes, también es un aporte muy lustrativo, para visualizar que el paradigma del delito, se puede analizar desde un punto de vista filosofico y ontológico.

Maestría en Derecho Constitucional
EUPG. Federico Villarreal

Erica Reupo said...

PARADIGMA DEL DELITO

El tema del delito es importante para los fines de una sociedad, como se ha indicado en la presente lectura, para que se configure un delito debe ser una acción típica, antijurídica y culpable donde lo importante es la reprochabilidad del individuo.
Asimismo existen corrientes que explican el delito, tales como causalismo naturalista y el valorativo y el sistema finalista y funcionalista. Sin embargo, todos estudian el delito pero no existe una teoria que explique cómo dejar que se cometan delitos, y esto es debido a que la conducta humana es muy compleja y dificil de entender.

Son varios factores que pueden contribuir a la delincuencia, no sólo es un problema social sino también de valores, la dación de leyes penales muy poco o nada ha hecho para erradicar la delincuencia en nuestro país, pues no hay un sistema apropiado para ejecutarlas eficazmente.

ERICA M. REUPO AIQUIPA
FILOSOFIA DEL DERECHO I-2008
MAESTRIA DERECHO CONSTITUCIONAL
UNFV.

DELIA JUAREZ ESPINOZA said...
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DELIA JUAREZ ESPINOZA said...

EL PARADIGMA DEL DELITO

El Delito es una ACCION, TIPICA, ANTIJURÍDICA Y CULPABLE (conforme al paradigma predominante), la lectura también nos ha mostrado un listado de los diversos sistemas; CAUSALISMO NATURALISTA (positivismo naturalista, causalista de la acción); CAUSALISMO VALORATIVO (orientación hacia los valores e ideales); SISTEMA FINALISTA (todo está orientado hacia un fin); y el último SISTEMA FUNCIONALISTA (función político criminal del Derecho Penal)y sus diferentes vertientes, éste sistema es el que está en boga, en vigencia, sin embargo, en nuestro país se han tratado de implementar dichos postulados en materia penal, debe indicarse que éste sistema nació en otro tipo de realidad, y si es cierto que se pueden recoger algunos parámetros, también lo es que no se puede aplicar en su totalidad.
UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL
MAESTRÍA EN DERECHO CONSTITUCIONAL
FILOSOFÍA DEL DERECHO- I CICLO
DELIA EDITH JUÁREZ ESPINOZA

Unknown said...

PARADIGMA DEL DELITO

Es un estudio del delito en las diferentes épocas de nuestra historia, que a partir del establecimiento de un paradigma del delito, se han tratado el mismo de diferente manera. Dano una respuesta a la Justicia Penal, en el sentido de qué se entiende por delito, quienes son delincuentes y qué sanción se merecen.

Sin embargo, en el Derecho Penal el paradigma predominante es que el delito es una Acción, Típica, Antijurídica y Culpable.

El estudio, trata de cuatro teorías:
1.- El Causalismo Naturalista.
2.- El Causalismo Valorativo.
3.- El Sistema Finalista.
4.- El Sistema Funcionalista.

El causalismo Naturalista de Lizst-Beling, sostiene que la acción tiene relación de causalidad con el resultado. Su desarrollo se produjo en el último tercio del S. XIX y primeras décadas del S. XX. El pensamiento fue mecanicista y causalista de la acción. Da un desarrollo de la dogmática del Derecho Penal y a la Criminología. Consideró que la tipicidad era objetiva y descriptiva; la antijuricidad, objetiva y valorativa; a la culpabilidad la analizó en una relación hecho - autor; y consideró al dolo y la culpa como dos formas de culpabilidad.

La teoría del causalismo valorativo (neokantiano) analiza el delito en función a valores e ideales. El derecho se ubica en las ciencias del espíritu según Kant. Se establece que la tipicidad es descriptiva, valorativa; la antijuricidad, objetiva y valorativa; la culpabilidad es normativa y valorativa, en la que lo importante es el cono cimiento de la ilicitud.

El sistema finalista explica el delito uniendo dos corrientes filosóficas: el ontologismo fenomenológico y la epistemología, determinándose que la acción es la actividad final(Welzel). En el análisis de la tipicidad incluye al dolo y la culpa; y determina que la antijuricidad es objetiva, subjetiva y valorativa; y que lo importante en la culpabilidad es la reprochabilidad.

El sistema funcionalista, también une dos corrientes filosóficas: la sociología sistémica y el idealismo neokantiano. Construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal. El tipo cumple un fin preventivo, comprende las conductas prohibitivas, pero no las permisivas. Para Gunter Jakobs (representante del sistema funcionalista en su vertiente extrema), el hombre es una construcción sociual, la acción es parte de la teoría de la imputación y la culpabilidad es infidelidad al derecho.

Y, en estos tiempos hay un nuevo paradigma: LA JUSTICIA RESTAURATIVA. Que estudiamodelos de reintegración de la víctima y del ofensor. Busca reducir posibilidades de un daño a futuro a partir de la prevención, lo que requiere el esfuerzo cooperativo de la comunidad y del Estado.
Tiene tres estructuras:
1.- Ventana de la Disciplina Social, que a través del control, impone límites, o ejerce influencia sobre otros, y apoyo, enseñando y estimulando a asistir a otros.
2.-Función de las Partes Interesadas,por la que se busaca establecer las necesidades específicas de cada parte interesada que surgieron a partir de la comisión del delito, y con las respuestas restaurativas necesarias para satisfacer dichas necesidades.
3.- Tipología de las Prácticas Restaurativas, en la que las tres partes interesadas primarias en la justicia restaurativa son las víctimas, los delincuentes y sus comunidades de apoyo, cuyas necesidades son, respectivamente, lograr la reparación del daño, asumir la responsabilidad y llegar a un acuerdo.

La apuesta no sólo es reducir la cantidad de delitos, sino disminuir el impacto de los mismos. Tratar las necesidades emocionales, relacionales y de comprometer a los ciudadanos en el proceso. Es la clave para lograr y mantener una sociedad civil sana.

ZACARIAS MARIN SAAVEDRA GARCIA
UNFV
MAESTRIA:
DERECHO CONSTITUCIONAL
Ciclo I - 2008
Filosofía del Derecho

Dick Mark Reto Zapata said...

Universidad Nacional Federico Villareal
Maestría en Derecho Constitucional
Filosofía del Derecho 2008 - I

Dick Mark Reto Zapata

Comentario:

La filosofía conceptual del paradigma del delito permite expresar que éste es una acción típica, antijurídica y culpable que resume el pensamiento de los juristas y pensadores del Derecho.
Asimismo confronta la teoría del causalismo naturalista con el causalismo valorativo y además permite el debate sobre las teorías del sistema finalista y funcionalista para una mayor ilustración paradigmática del delito.
Todas estas corrientes filosóficas tienden a explicar el delito como paradigma en el Derecho Penal para que a través del debate, analisis, confrontación y explicación los operadores juridiccionales y del derecho puedan aplicar de mejor forma la Ley sancionadora del delito.

elgrande said...

interviene el dolo y la culpa la mayoria de delitos son dolosos ya que tienen pleno conocimiento de causa .

elgrande said...

interviene el dolo y la culpa la mayoria de delitos son dolosos ya que tienen pleno conocimiento de causa .

elgrande said...

la moral:
la moral esta contenido dentro de la etica es la capacidad de dicernimiento diferenciar entre lo que esta bien y lo que esta mal en lo que es licito y es ilicito es apuntalar valores principios no solo se limita a hacer el bien a los que los necesitan sino a todos los que nos rodean por ende no existe discrminacion ni distincion al guna

Unknown said...

MAESTRIA DERECHO CONSTITUCIONAL
UNVF
2008-I C
FILOSOFIA JURIDICA
HUMBERTO CULLANCO DE LA CRUZ

EL PARADIGMA DEL DELITO:

El delito como tantas otras acciones ilícitas que son objeto de reproche al magen de merecer una sanción también debe ser objeto de un análisis profundo para determinar sus consecuencias, por cuanto toda acción ilícita en el que se encuentra inmerso el dolo y en aquellos actos culposos necesariamente tienen que ser objeto de valoración para imponer la sanción. Podemos determinar que la comisión de un delito es consecuencia de la sociedad violenta en el que vive, donde éstos a la vez que son responsables son víctimas del mismo. Se requiere establecer reglas y políticas criminales para contrarestar en cierta forma este flagelo social. SAhora bien debemos entender que el delito para que sea objeto de coerción debe ser típica, antijurídica y culpable conforme lo establece la norma sustantiva.

Jackeline said...

Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Nombre: CHIRINOS SOTA, HILDA JACKELINE
Curso: Derecho Penal II
Turno: Mañana
Aula: 409 - D
Ciclo: IV


En la lectura se puede observar las 4 corrientes de como definen a los requisitos del delito (acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad) desde su perspectiva

En El Causalismo Naturalista acto humano culpable, antijurídico y sancionado con una pena acción típicamente antijurídica y correspondientemente culpable, que no está cubierta con una causa objetiva de exclusión penal

El Causalismo Valorativo estudia el delito en orientación a valores e ideales acción típicamente antijurídica y culpable, acontecimiento típico, antijurídico e imputable

El Sistema Finalista considerada siempre con una finalidad determinada de actuar conscientemente en función de un resultado propuesto voluntariamente. la acción, el dolo y la culpa se ubican en el tipo, pues al ser la acción algo final (tendiente a un fin).

El Sistema Funcionalista reconoce les elementos del delito propuestos por el finalismo (tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad), pero con una orientación político criminal, puesto que los presupuestos de la punibilidad deben estar orientados por los fines del derecho penal.

Jackeline said...

Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Nombre: CHIRINOS SOTA, HILDA JACKELINE
Curso: Derecho Penal II
Turno: Mañana
Aula: 409 - D
Ciclo: IV
En la lectura se puede observar las 4 corrientes de como definen a los requisitos del delito (acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad) desde su perspectiva

En El Causalismo Naturalista acto humano culpable, antijurídico y sancionado con una pena acción típicamente antijurídica y correspondientemente culpable, que no está cubierta con una causa objetiva de exclusión penal

El Causalismo Valorativo estudia el delito en orientación a valores e ideales acción típicamente antijurídica y culpable, acontecimiento típico, antijurídico e imputable

El Sistema Finalista considerada siempre con una finalidad determinada de actuar conscientemente en función de un resultado propuesto voluntariamente. la acción, el dolo y la culpa se ubican en el tipo, pues al ser la acción algo final (tendiente a un fin).

El Sistema Funcionalista reconoce les elementos del delito propuestos por el finalismo (tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad), pero con una orientación político criminal, puesto que los presupuestos de la punibilidad deben estar orientados por los fines del derecho penal.

Jackeline said...

En la lectura se puede observar las 4 corrientes de como definen a los requisitos del delito (acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad) desde su perspectiva

En El Causalismo Naturalista acto humano culpable, antijurídico y sancionado con una pena acción típicamente antijurídica y correspondientemente culpable, que no está cubierta con una causa objetiva de exclusión penal

El Causalismo Valorativo estudia el delito en orientación a valores e ideales acción típicamente antijurídica y culpable, acontecimiento típico, antijurídico e imputable

El Sistema Finalista considerada siempre con una finalidad determinada de actuar conscientemente en función de un resultado propuesto voluntariamente. la acción, el dolo y la culpa se ubican en el tipo, pues al ser la acción algo final (tendiente a un fin).

El Sistema Funcionalista reconoce les elementos del delito propuestos por el finalismo (tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad), pero con una orientación político criminal, puesto que los presupuestos de la punibilidad deben estar orientados por los fines del derecho penal.

carlos salazar legua said...

CARLOS SALAZAR LEGUA
EUPG-UNFV
AULA C-1-2
PARADIGMA DEL DELITO.-
La presente lectura nos describe brevemente varias concepciones paradigmáticas (causalismo naturalista y valorativo, sistema finalista y funcionalista)respecto a los elementos constitutivos del delito, influyendo y dando lugar a varias teorias del delito; sin mbargo el paradigma predominante del delito en el derecho penal es la acción, típica, antijurídica y culpable.

holguin said...

Este paradigma o modelo aceptado, ace de la propia sociedad, como una forma de evitar la conculcación de derechos establecidos y que son proegkidos por una norma jurìdica; por ello solo agregar que los còdigo penales, tiene por funciòn sancionatoria, mas que una funciòn resociabilizadora, ya que la realidad es distinta.
MOISÉS HOLGUÍN FIESTAS.
I Ciclo Maestra Derecho Constitucional.
2008.

olga said...

El DELITO ES UN ACCION, TIPICA, ANTIJURÍDICA Y CULPABLE.
El delito es un acto típico, todo acto humano para considerarse como delito debe adecuarse al tipo penal. Es decir debe haber tipicidad. Si no hay adecuación no hay delito, o peor aun, si no hay tipo, la conducta no es delito. Por eso, todo lo que NO esta prohibido u ordenado, está permitido.

El delito es un acto típicamente antijurídico, esta en oposición a la norma jurídica, debe lesionar o poner en peligro un bien jurídicamente protegido. Un acto típicamente antijurídico puede dejar de ser tal si median las Causas de Justificación.
El acto típicamente antijurídico deber ser culpable. Para que la culpabilidad pueda ligarse a una persona, debe existir los siguientes elementos de culpabilidad: imputabilidad, dolo o culpa y exigibilidad de un comportamiento distinto, pero la conducta deja de ser culpable si median las Causas de Inculpabilidad como: el caso fortuito, cumplimiento de un deber o un estado de necesidad (por ejemplo la legítima defensa, el hurto famélico).
El estado de necesidad tiene doble ubicación sistemática: es causa de justificación como también causa de inculpabilidad de la conducta. Tiene esta doble ubicación porque subsana la inconveniencia de mantener a priori una clasificación de las Causas de Justificación y las Causas de Inculpabilidad. La determinación de su naturaleza queda librada a la jurisprudencia o a la doctrina.
Si al acto típicamente antijurídico le falta algún elemento de la culpabilidad o se dio alguna causa de inculpabilidad el delito deja de ser tal, no hay delito.
El último elemento constitutivo del delito es la punibilidad que es la privación de un bien jurídico a quien haya cometido, o intente cometer, un delito.
Un acto típicamente antijurídico y culpable debe ser sancionado con una pena de carácter criminal. Algunas veces a quien haya cometido un acto típicamente antijurídico y culpable no se le puede aplicar la sanción por las llamadas Causas de Impunidad.
Olga escudero Vílchez
Maestría en Derecho Constitucional I – 2008.
UNFV

Katherine said...
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Katherine said...

Alumna: Katherine Yupanqui Solier
Aula:409 D
ciclo:IV
UIGV "Facultad de Derecho y Ciencias Politicas "

la presente lectura nos habla de un tema que es de mucho interes ya que nos explica las corrientes
que tratan de describir y clasificar los términos comprendidos en el Paradigma del Delito,cada una de ellas no da a conocer un concepto en lo que respecta a la acción y la culpabilidad. En ellas encontramos carencias o deficiencias, así pues el causalismo naturalista no toma en cuenta el elemento humano , el causalismo valorativo es dee un carácter ideal, el sistema finalista no muestra un panorama incompleto y sistema funcionalista no muestra lo referente en tipo penal.

diaz vallejos said...

Alumno:Percy Diaz Vallejos
Aula:409 D
ciclo:IV
UIGV "Facultad de Derecho y Ciencias Politicas "
Codigo: 100023878

PARADIGMA DEL DELITO:

EN EL TEXTO PARADIGMA DEL DELITO SE DIFIERE QUE EL PARADIGMA PREDOMINANTE EN EL DERECHO PENAL RESPECTO AL DELITO ES DE QUE EL DELITO ES LA ACCION:
-TIPICA.
-ANTIJURIDICA.
-Y CULPABLE.
HACE UNA BREVE INTRODUCCIÓN HISTORICA AL RESPECTO, A QUE ESTA TEORÍA SE DESARROLLO DURANTE EL ÚLTIMO TERCIO DEL SIGLO XIX Y LAS PRIMERAS DÉCADAS DEL SIGLO XX. DURANTE EL CUAL PREDOMINÓ EL POSITIVISMO NATURALISMO QUE IMPUSO UN PENSAMIENTO MECANICISTA Y CAUSALISTA A LA ACCION.
Y EN EL TEXTO PARADIGMA DEL DELITO SE HACE MENSION DEL CAUSALISMO VALORATIVO DE KANT; QUE EL DELITO ESTA ORIENTADO A VALORES E IDEALES.
LAS IDEAS ZAFFARONI DE QUE LA ACCION SEGUN EL CAUSALISMO VALORATIVO PASÓ A SER UNA CONDUCTA HUMANA, MEZGER ENCAMBIO PLANTEA QUE ES UN COMPRTAMIENTO VOLUNTARIO Y POR EL CONTRARIO MEYER DIRIA QUE ES LA REALIZACION DE UNA VOLUNTAD HUMANA.
Y AL FINAL SE HABLARA SOBRE LOS DOS GRANDES SISTEMAS DE EXPLICACION DEL DELITO EL SISTEMA FINALISTA Y EL SISTEMA FUNCIONALISTA.
EL PARADIGMA DEL DELITO DEL GRAN MAESTRO FAUSTINO BERAUN BARRANTES ES UN GRAN APORTE A LA RAMA DEL DERECHO PENAL.

kely diaz luna said...

Al haber leido El PARADIGMA DE DELITO, inicio mi comentario diciendo que es algo que tiene que ver mucho con la realidad
del pais y en el mundo entero dia a dia,ya que tener bien en alto los valores morales y llevarlos a la practica para que hoy en dia no haya mucha delincuencia en nuestro pais puesto que hablamos de cometer un delito que implica la violacion no solamanete una ley sino tambien los derechos de los perjudicados en este tipo de hecho.
Causalismo Naturalista: sostuvo que la acción es un movimiento corporal voluntario y tiene relación de causalidad con el resultado, tiene un pensamiento mecanicista y casualista, que la tipicidad era (objetiva y descriptiva), antijuricidad (objetiva y valorativa), y la culpabilidad tiene relación con el hecho- autor (dolo, culpa)

Causalismo valorativo: estudia el delito en valoración a valores eh ideas, sostiene que es ciencia de la naturaleza y también ciencias del espíritu, la acciones una conducta humana, la tipicidad (descriptiva y valorativa), antijuricidad (objetiva y valorativa), culpabilidad (normativa y valorativa)


Sistema finalista: desde el punto de vista de la filosofía sostiene la acción es la conducta socialmente relevante, tipo la conductas prohibidas pero no las permisivas.

Diaz Luna, kely
Codigo: 100052778
Curso: Derecho Penal II
Ciclo: IV
Aula: 409 Seccion: D
Turno: Mañana

Unknown said...

Felix Genaro Altamirano Chinchay.
Maestría en Derecho Ciencias Penales. III-ciclo Curso: DERECHO ECONOMICO.UNICA

La lectura reafirma que el paradigma predominante en el Derecho Penal, respecto al delito es que es una acción TIPICA, ANTIJURIDICA y CULPABLE. Que en el desarrollo histórico del Derecho se puede constatar hasta cuatro concepciones, con puntos discordantes y también coincidentes. LA CORRIENTE DEL CAUSALISMO NATURALISTA, influenciado por el positivismo naturalista de fines del siglo XIX y principios del XX, cuya característica más saltante es que trató de encuadrar el Derecho Penal a lo OBSERVABLE Y VERIFICABLE,dando orígen a la dogmatica y el normativismo. LA CORRIENTE DEL CAUSALISMO VALORATIVO(Neo Kantiano), cuya característica es que ESTUDIA EL DELITO ORIENTADO A VALORES E IDEALES kANT.divide las ciencias en dos ramas:Las ciencias de la naturaleza y las ciencias del espíritu, señalando que en la primeras se utilizan, para su estudio, el método EMPIRICO y el de la OBSERVACION, y en la segunda el método COMPRENSIVO Y VALORATIVO. En esta última se encuentra EL DERECHO.Para esta corrienteLA ACCION, pasó a ser una conducta humana, un comportamiento voluntario. LA CORRIENTE O SISTEMA FINALISTA,que para tratar el problema del delito, une dos corrientes filosóficas: EL ONTOLOGISMO FENOMENOLOGICO(El mundo se organiza de acuerdo a finalidades) y LA EPISTEMOLOGIA( todos los fenómenos tienen un fin)Considera la acción como el ejercicio de la actividad final, incluye en la tipicidad el estudio del dolo y la culpa.LA CORRIENTE O SISTEMA FUNCIONALISTA (ROXIN ), une también dos corrientes filosóficas, LA SOCIOLOGIA SISTEMATICA Y EL IDEALISMO NEO KANTIANO. Esta corriente construye el delito en BASE A LA FUNCION POLITICO CRIMINAL DEL DERECHO PENAL. La acción es una conducta socialmente relevante. Deja de lado el libre albeldrío como presupuesto del reproche y da paso a criterios normativos y axiológicos. Esta misma teoría en su versión más extrema , otorga una visión tecnocrática del Derecho Penal y a la Teoría del Delito, sostiene que el Derecho Penal no tutela bienes jurídicos , sino el orden jurídico( Constituído por normas prohibitivas y permisivas, el hombre es una construcción social, la acción es pàrte de la teoría de la imputación y la culpabilidad, es infidelidad al derecho.

La lectura nos ilustra acerca de cómo a través del tiempo y de las transformaciones y cambios que operan en las sociedades, el Derecho Penal en particular viene enriqueciendo su teoría, de igual forma nos da un ejemplo práctico de la intima relación de la ciencia penal con la Filosofía, la sociología, la psicología y la economía.

cynthia camacho said...

EL PARADIGMA DEL DELITO


El paradigma en el Derecho Penal respecto al Delito es de que el DELITO ES UNA ACCION, TIPICA, ANTIJURÍDICA Y CULPABLE.

CAUSALISMO NATURALISTA: La tipicidad era objetiva y descriptiva; la antijuricidad, objetiva y valorativa en el sentido causal objetivo externo; y en lo que respecta a la culpabilidad, la analizó desde el punto de vista de la relación hecho-autor y consideró al dolo y la culpa como dos formas de culpabilidad.

CAUSALISMO VALORATIVO: Estudia el delito en orientación a valores e ideales, dividió las ciencias en dos: las ciencias de la naturaleza y las ciencias del espíritu. En las primeras, se utiliza el método empírico y de la observación y, en las segundas, el método comprensivo y valorativo.

Por otra parte hay dos corrientes importantes y son:

SISTEMA FINALISTA: Para estudiar el Delito une dos corrientes filosóficas: el ontologísmo fenomenológico (el mundo se organiza de acuerdo a finalidades) y la epistemología (todos los fenómenos tienen un fin) en las cuales se señala que la acción es el ejercicio de la actividad final.

SISTEMA FUNCIONALISTA: Une dos corrientes filosóficas: la sociología sistémica y el idealismo neokantiano, construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal.

cynthia camacho
IV D TURNO MAÑANA
100055218

christianruiz said...

el tema desarrollado trata del modo empirico como furton tomados los hechos y formas de ello sus causas y efectos pues todo ello es parte de este analisis que deviene de autores como Roxin pues como dice paradigma (modelo) del delito en cual se quiere encontrar sau escencia.

christianruiz said...

el tema desarrollado trata del modo empirico como furton tomados los hechos y formas de ello sus causas y efectos pues todo ello es parte de este analisis que deviene de autores como Roxin pues como dice paradigma (modelo) del delito en cual se quiere encontrar sau escencia.

00alex00 said...

Paradigma del Derecho Penal frente al delito: Es una acción, típica, antijurídica y culpable.
Ahora, hay muchas corrientes que se han dado con el paso del tiempo en cuanto a la noción de acción y la división del delito (causalismo naturalista, causalismo valorativo, y sistemas funcionalista y finalista) pero lo que es seguro es que se buscaba sancionar la ilicitud y reprochabilidad de tales acciones.

La teoría del delito realiza por lo tanto, la tarea de mediación entre el texto legal y el caso concreto. La teoría finalista, que aunque se le achaca que sea intelectualista, racionalista y que le da importancia a los sentimientos: pensar, sentir, obrar; para que sean computados para valorar la carga de la pena o bien la capacidad de culpabilidad, y por tanto puedan cuantificar la pena.

00alex00 said...

ALEXANDER LUANREJO CCOLLQUE
DERECHO PENAL II
UIGV 409
TURNO MAÑANA

claudia said...

Sanchez Paz, Claudia
aula: 201 Turno tarde. Sexto Ciclo UIGV

A mi entender acerca " El Paradigma del Delito " , sabiendo que el delito es una accion tipica , antijuridica y culpable; opto por dos perspectivas: la primera que la voluntad causa de la conducta, establece una relación de determinacion entre el consecuente y el antecedente; y la segunda, el comportamiento hacia un determinado resultado.

stefany said...

El paradigma del delito, mediante las acepciones que figura en las diversas corrientes filosoficas, nos damos cuenta de ocmo se maneja el caracter analitico sobre el desapego de las normas.Por medio de estos paradigmas cientificos, se analiza el comportamiento humano y por ende las debidas correcciones mediante las normas descritas.

IGalvez said...

En la lectura bajo comentario se analiza brevemente la evolución general por la cual se ha llegado a desarrollar los conceptos del delito hasta nuestros días en que se considera le considera como una acción típica, antijurídica y culpable.

Observamos cómo del causalismo naturalista de Lizst (quien consideró al delito como aquel acto humano culpable, antijurídico y sancionable con una pena) y Beling (introdujo la tipicidad como categoría autónoma en la definición del delito iniciando la moderna teoría del tipo penal) utilizando como método el positivismo jurídico o formalista, se asume el causalismo valorativo de los neokantianos (entre estos exponentes, Mezger sostuvo que el delito era la acción típicamente antijurídica y culpable, y Mayer, a su vez, que era un acontecimiento típico, antijurídico e imputable). Luego se presenta el finalismo con Welzel (quien consideró que la acción siempre tenía una finalidad en cuanto al resultado propuesto y obtenido voluntariamente hacia el mismo fin pero llega a determinar los errores del tipo y de prohibición. Por su parte, el funcionalismo de Roxin (quien reconoce los elementos del delito del sistema finalista tales como la tipicidad, antijuricidad y culpabilidad) con el contemporáneo desarrollo del funcionalismo extremo o también conocido como sociológico de Günther Jakobs, orientada esta corriente básicamente a reglas orientadas a valoraciones jurídicas socialmente rechazadas (tal como el Derecho Penal del Enemigo que sostiene Jakobs).

Es así como evolucionan los conceptos de los grandes maestros del Derecho Penal hasta desarrollar la concepción moderna y actual.

(Fuente complementaria: Teoría del Delito en la dirección http://www.derecho.unam.mx/papime/TeoriadelDelitoVol.II/uno.htm

IGalvez – UIGV - DPIV – Aula 201 – Turno Tarde – Semestre 2008-3

KAREN RAMIREZ said...

KAREN RAMIREZ BECERRA
AULA: 201 TURNO: TARDE
6TO CICLO - UIGV -

con respecto al tema " EL PARADIGMA DEL DELITO" en lo penal se consider a la accion, tipica, antijuridica y culpable de dicho delito.
ya que todos sabemos que en nuestro pais se comenten muchos delitos sin acerse respetar dichas leyes o normas
CAUSALISMO NATURALISTA nos habla de la acción que es un movimiento corporal voluntario, que tiene una relación de causalidad con el resultado.CAUSALISMO VALORATIVO estudia el delito en orientación a valores e ideales.
El derecho penal no tutela bienes juridicos sino el orden juridico constituido por normas prohibitivas y peermisivas

ingrid said...

Alumna: Ingrid Nevado Sotelo

Aula: 201

Código: 103631038

Paradigma del Delito:

Podemos decir infinidades conceptos acerca del delito como por ejemplo que es la infracción voluntaria de una ley penal haciendo lo que ella prohíbe o demande. Pero en el tiempo se ha dado diferentes teorías acerca del delito que han tratado de explicar o desarrollar el delito analizando cada uno de sus elementos constitutivos.
De acuerdo con lo leído puedo decir que a mi parecer la teoría mejor descritas o plantea es la del sistema Finalista (Welzel) ya que la acción es considerada siempre con una finalidad determinada de actuar conscientemente en función de un resultado propuesto voluntariamente. El tipo ubica al dolo y la culpa, pues al ser la acción algo final (tendiente a un fin), es por ello que el legislador no puede sino prever acciones provistas de finalidad (dolo, culpa y elementos subjetivos específicos del injusto).La teoría finalista también afirma que el legislador al crear tipos penales debe estar sujeto a las estructuras permanentes de la teoría del delito y no violentar las estructuras para evitar caer en contradicciones. De tal modo que el legislador debe partir de los conceptos de acción, antijuricidad y culpabilidad, como estructuras fundamentales, que servirán para preservar los derechos fundamentales del hombre. En la antijuridicidad distingue el aspecto formal, es decir lo contrario a la norma y el material que lesiona o pone en peligro del bien jurídico. Desaparece el concepto de imputabilidad que es absorbido por la culpabilidad la cual consiste en un juicio de reproche.

Fiorella I. Ramírez Casas said...

El paradigma del delito no es otra cosa que la teoría del delito desde una visión filosófica. En las diversas corrientes filosóficas explicadas a lo largo del artículo, nos percatamos de la evolución humana y social (avanza científico y quehacer del hombre); y de la lamentablemente existencia del delito como parte de la realidad social, y como problema que aqueja a nuestras sociedades desde épocas remotas. La acción, la tipicidad, antijuricidad y culpabilidad son términos determinantes dentro del paradigma del delito. Observamos que la acción es una conducta socialmente relevante, y que debido a ciertos males socio-culturales estas conductas se distorsionan, alterando el orden y las buenas costumbres, convirtiéndose en comportamientos que son considerados delitos, hechos punibles susceptibles de penas, hechos que ponen en peligro o vulneran los bienes jurídicos protegidos por el Derecho Penal. Aquellas conductas que se encuadran en los tipos penales, y que contravienen la ley, el Derecho, el ordenamiento jurídico y las buenas costumbres, y que son pasibles de penas.

Fiorella I. Ramírez Casas said...

A
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Fiorella I. Ramirez Casas
VI Ciclo - Tarde - Aula 201 // 2008

Giannina said...

El paradigma del delito es un tema muy interesante y complejo, pues el derecho penal no tutela bienes juridicos, sino el orden publico; la accion, la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad forman parte del delito.
El delito es una accion u omision tipificada y penada por la ley.
En suma el delito es la infraccion voluntaria de una ley penal haciendo lo que ella prohibe o demanda.

___________________________________
VIDAL ANTAY, Giannina.
UIGV- Facultad de Derecho y Ciencias Politicas. VI ciclo.
Aula:201 "A" - TURNO TARDE.

Lila said...

En la PARADIGMA DEL DELITO encontramos el TIPO PENAL definida como la herramienta en donde la acción u omisión construye una infracción a la norma penal, un comportamiento en donde las acciones u omisiones que son considerados como delito se les asignan una pena o sanción.
La Tipicidad: Es una conducta con la descripción legal hecha en la ley. Es la figura delictiva creada por el Estado a través de una norma jurídica y las leyes, ósea, la descripción del comportamiento antijurídico.
La Antijuricidad: Es todo lo contrario a lo establecido al Derecho. Es el conflicto de la conducta con el orden jurídico, entendido no sólo como un orden normativo (antinormatividad), sino como un orden normativo y de preceptos permisivos.
La Culpabilidad: es la relación directa que existe entre la voluntad y el conocimiento del hecho con la conducta realizada. La calificación de una conducta como típica y antijurídica expresa solamente que el hecho realizado por el autor es desaprobado por el Derecho, pero no que el autor deba responder penalmente por ello, asunto que debe decidirse en el ámbito de la Culpabilidad, esto es el conocimiento de la antijuricidad.

NOMBRE:LILA LUZBEEL GONZALES ANTAY
UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA
CICLO: VI AULA: 201 SECCION:"A"
TURNO: TARDE

Masiel Adriana Ardian Ysagawa said...

Masiel Adriana Ardian Ysagawa
Derecho Penal IV
Aula: 201
Seccion: A
Turno: Tarde

De acuerdo al Paradigma del delito, mi posición con respecto al causalismo valorativo, estudia el delito en orientación a valores e ideales; el delito en sentido estricto deriva del abandono y desviación del buen camino, el hecho de alejarse de lo dispuesto señalado por ley. Y con respecto al sistema funcionalista como se dice el tipo cumple con una finalidad preventiva con visiòn a la estructura del injusto; dando paso a criterios normativos omitiendo el libre albedrío como presupuesto del reproche.

vismark said...

Paradigma Del Delito
Cuando hablamos del paradigma del delito encontramos a diversas corrientes filosóficas que aportan al entendimiento de la acción de la conducta: (casualismo naturalista, el casualismo valorativo, el sistema finalista , el sistema funcionalista) que nos hacen reflexionar de la realidad delincuencial que hoy vivimos, existen muchas injusticia en actos delictivos que no son sancionados debidamente ya que las autoridades pertinentes no hacen la debida investigación simplemente porque no se sienten con la capacidad de hacerlo o porque piensan que no son de importancia, actualmente no existen leyes o normas eficientes en actos de asesinatos, violaciones a menores de edad, causadas por personas que no tienen ningún respeto por la vida y la integridad física y moral, las penas para estos delitos son muy flexibles lo cual origina que estos crímenes sigan en aumento. Las autoridades deben tomar conciencia de estos actos delictivos y así brindar a la ciudadanía más seguridad.
NOMBRE: GUILLEN ZAMORA, VISMARK
CODIGO: 085010G
Derecho Publico Privado y Social
Aula:01C 2008-B

Wilbert Rojas 080017C said...

EL PARADIGMA DEL DELITO

Wilbert Rojas Flores 080017C FCC UNAC
DERECHO PRIVADO PUBLICO Y SOCIAL
SALON: 01C

Esto nos hace referencia sobre lo que se debe hacer para hacer frente al delito, como acabar los actos delictivos que se puede producir ante un asociedad.

Llegando a ser reguilados por normas juridicas, teniendo fundamentalente la función de mantener el orden, paz y seguridad; y en estos tiempos se ve cotidianamente en nuestra sociedad manifestandose en secuestros, abusos sexuales.

Y esto debe darse ya que actualmente se comete irregularidades en los sectores mas lejanos de la capital, llegandose a pedir mas conciencia en la diginidad de la persona.

Unknown said...

El principio de Legalidad “Nullum Crimen, nulla poena, sine lege” establece en el Código Penal que “Nadie será sancionado por un acto no previsto como delito o falta por la ley vigente al momento de su comisión, ni sometido a pena o medida de seguridad que no se encuentren establecidas en ella”. Las consecuencias inmediatas del Principio de Legalidad son: La ley penal es la única fuente del Derecho Penal, la ley penal es irretroactiva y no cabe la analogía en materia penal.

Bajo el concepto clásico de que el delito es la acción típica, antijurídica y culpable; el paradigma del delito nos aporta las corrientes y doctrinas que dieron el inicio al análisis del mismo. Entre ellas tenemos el Causalismo Naturalista, el Causalismo Valorativo, el sistema Finalista y el sistema Funcionalista.

Que a grandes rasgos configura que la acción es un comportamiento voluntario o la realización de la voluntad humana, la tipicidad es objetiva y descriptiva; la antijuricidad, objetiva y valorativa y en lo que respecta a la culpabilidad se le considera normativa y valorativa, donde lo importante era el conocimiento de la ilicitud o reprochabilidad.

DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO
CARLOS FLORES CHAVEZ
AULA 01-C
CODIGO: 084006F

Nathaly said...

El Paradigma del Derecho Penal frente al delito, nos habla que el delito es una acción, típica, antijurídica y culpable. Y que la acción es un movimiento corporal voluntario, que tiene una relación de causalidad con el resultado.
también nos hablan de una corriente causalista naturalista a una causalista valorativo, pasando por un sistema Finalista y Funcionalista.
y podemos decir que la acción es una conducta socialmente relevante y que la persona cumple un fin preventivo y es quien construye tambien lo injusto.Para esto es necesario que se establezcan nuevas normas radicales, para que asi se frenen estos actos prohibidos por la ley.

JUDIT NATALI TINCO CCASO
CODIGO: 080304B
AULA: 01C - 2008B

pammella said...

PARADIGMA DEL DELITO

En primer lugar debo resaltar que en este texto nos trata de dar una idea de que es delito desde la prespectiva de varios autores por eso a mi me parece un tema muy interesante por que aqui en el PERU y en todos los paises comenten muchos delitos como si fuera algo comun algo que se debe hacer o algo que no esta penado por la ley y comenten estos delitos como si fuera normal(como comer el pan de cada dia) por que el estado de cada pais no toma decisiones definitivas para acabar con la violencia sino le siguen dando vuelta al asunto y dandonos otras noticias para olvidar lo que de verdad es importante por eso es que ahora vivimos en un pais y mundo donde existe abundante violencia.

VARGAS ESCOBAR PAMMELLA
CODIGO:080026B
AULA:01C

joseluisx10 said...

QUISPE RÍOS JOSÉ LUIS
CÓDIGO: 084007B
AULA 01C
UNIVERSIDAD DEL CALLAO

PARADIGMA DEL DELITO

Estoy de acuerdo con que el paradigma del delito tome las siguientes premisas: el delito es una acción, típica, antijurídica y culpable.

CAUSALISMO NATURALISTA:

Es un paradigma que se adecua de manera objetiva, pero no precisa un mejor proceso de determinación del delito pero es muy interesante, es muy próximo a un correcto paradigma.

CAUSALISMO VALORATIVO:

Estoy en desacuerdo en cuanto diga que la tipicidad es valorativa, ya que la tipicidad solo determina la verificación del tipo y no va más allá de dar un juicio valorativo.

SISTEMA FINALISTA:

Pienso que se equivoca al decir que el juicio de antijuricidad es subjetivo, ya que es aquí donde se determina de manera objetiva la culpabilidad.

SISTEMA FUNCIONALISTA:

Pienso que es mas correcto para un paradigma de delito, ya que es preciso, concreto y objetivo. En lo que respecta al proceso de determinación de los actos realizados ya sea de manera voluntaria o involuntaria. Este paradigma aporta mucho a la teoría del delito.

julio andre hidalgo vasquez said...

este material habla sobre el delito q ue en nuestro pais hay un sin numero de delito, ya que en las poblaciones muy lejanas no hay justicia q aplicar , y asi la gente aplica justicia popular q eso en baso es malo pero q se puede hacer si las autoridades no hasen nada al respecto

PAOLA MEDINA JARAMILLO said...

MEDINA JARAMILLO
CODIGO:080298B
AULA:01C-2008B
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Este texto es importante porque nos habla del delito, ya que en el Perú y en otros países ocurren muchos delitos, cometer un delito es violar la ley establecida, pero nuestras autoridades no hacen nada para disminuir los delitos, ya que en nuestro país hacen justicia popular.
Todo esto depende de las autoridades y de la demás personas que practiquen los valores, ya estos valores se están perdiendo y por eso se cometen muchos delitos.

Unknown said...

Silvana Alvarez De La O
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Codigo:072414G
AULA:01C


EL TEXTO ANTERIOR HABLA DEL DELITO COMO UN TEMA QUE OCURRE SEGUIDAMENTE O MEJOR DICHO A CADA INSTANTE, POR MAS SENCILLA O SIMPLE QUE SEA,ESTO SE DEBE A LA FALTA DE VALORES Y IDEALES , POR LA MALACRIANZA QUE EXISTE EN LOS HOGARES Y ESTO SE TRANSMITE DE GENERACION EN GENERACION,HOY EN DIA TENEMOS UNA SOCIEDAD VIOLENTA, SIN VALORES,CON FALTA DE EDUCACION , SI NOS DAMOS CUENTA AQUI ENTRA OTRO TEMA "LA EDUCACION", CON ESTO PODEMOS CONCLUIR QUE NO SOLO ES UN TEMA , SI NO VARIOS QUE INTERVIENEN PARA QUE ESTO MEJORE, PARA QUE ESTO CAMBIE DEBE HABER UN CAMBIO EN VARIAS INSTITUCIONES.
TANTO ES LA FALTA DE VALORES QUE PODRIA ASEGURAR QUE ABSOLUTAMENTE TODAS LAS PERSONAS COMETEMOS DELITOS A DIARIO Y NO ES QUE QUERRAMOS HACERLO , SINO QUE ES TAN COMUN YA QUE TODOS LO HACEN Y PENSAMOS QUE NO ES UN DELITO.

Evelyne said...

PARADIGMA DEL DELITO

dentro de esto encontramos algunas teorias, analizando las más representativas como:

CAUSALISMO NATURALISTA: a mi parecer describe de manera equitativa el valor de cada una de las características que determinan el delito… ya que la tipicidad era objetiva y descriptiva (porque es donde se evalúa las acciones); en la antijuricidad, objetiva y valorativa ya que nos determina los fundamentos de manera racional; y bueno en la culpabilidad, el análisis de la relación hecho-autor es mas exacta ya que directamente ellos se relacionan en el delito.

CAUSALISMO VALORATIVO: estoy de acuerdo q la acción es una conducta humana, por definirlo así… pero si nos referimos a que es lo más importante si decimos q era el conocimiento de la ilicitud o reprochabilidad... creo q falta basarse en la fundamentación de la sanción…para que se pueda tomar conciencia sobre los delitos.

EL SISTEMA FINALISTA: bueno nos describe de manera vaga…el porque de la realización de los actos, simplemente nos indica q la finalidad d algún hecho ilícito es admitir la ilicitud del hecho, simplemente porque lo determina así… no le da énfasis al análisis, al fundamentación del ¿por qué? de la acción ilícita.

SISTEMA FUNCIONALISTA: nos da a entender q el hombre no solo determina sus acciones, sino que estas se realizan por medio de la contribución social, por eso dice que la acción es parte de la teoría de la imputación y la culpabilidad es infidelidad al Derecho, es decir muchas de las personas comprenden las conductas prohibitivas, pero, no las permisivas.


UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES

Alumna: EVELYNE FLORES QUILICHE

080399C

01C

:.... said...

CARMEN CHACON JESSICA KATHERINE
COODIGO: 080014D
TURNO: 01C 2008B
FCC UNAC

En este articulo se muestra que el delito es una eventualidad sistemática pues la acción, la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad son elementos esenciales del delito y para pasar de uno a otro hay que comprobar que se den los supuestos, y luego que no haya actos justificados que invaliden los mismos. Entonces si no se encuentran las nociones mencionadas no hay delito.

Maryori said...

Universidad Nacional del Callao
Facultad de Ciencias Contables
Aula: 01c
Maryori Cáceres Taype
Código: 080308H
El delito es una acción típica, antijurídica y culpable.
Dentro de esto encontramos:
CAUSALISMO NATURALISTA: La tipicidad es objetiva y descriptiva (porque es donde se evalúa las acciones); en la antijuricidad, objetiva y valorativa ya que nos determina los fundamentos de manera racional; y en la culpabilidad, el análisis de la relación hecho-autor.
CAUSALISMO VALORATIVO: La acción es un comportamiento voluntario del hombre. La tipicidad es descriptiva, valorativa; la antijuricidad es objetiva, valorativa y la culpabilidad es normativa.
EL SISTEMA FINALISTA: Describe el por qué de la realización de los actos, nos indica que la finalidad d algún hecho ilícito es admitir la ilicitud del hecho, simplemente porque lo determina así, no le da énfasis al análisis, a la fundamentación del ¿por qué? de la acción ilícita.
SISTEMA FUNCIONALISTA: El hombre no solo determina sus acciones, sino que éstas se realizan por medio de la contribución social, por eso dice que la acción es parte de la teoría de la imputación y la culpabilidad es infidelidad al Derecho.
Debo resaltar que el texto nos da una idea de qué es el delito desde la perspectiva de varios autores tanto peruanos como extranjeros, y que de alguna manera en el mundo se trata de contrarrestar el delito, sus causas y consecuencias, y que además van a existir normas y leyes para poder frenar los actos prohibidos por precisamente éstos.

Unknown said...

PARADIGMA DEL DELITO:
En nuestro país el DELITO es un tema muy controversial ya que, el solo hecho de cometerlo implica ir en contra de nuestra carta magna poniendo en juego los derechos fundamentales de la persona como es la libertad que caracteriza alas sociedades democráticas.
Según la lectura el derecho penal explica este paradigma en las siguientes corrientes:
El Causalismo Naturalista: esta teoría trata de encaminar el derecho penal a lo observable y verificable.
El Causalismo Valorativo: planteamiento que estudia el delito a través de ideas, utilizando métodos empíricos y valorativos.
El Sistema Finalista: explica que el mundo siempre se organiza a través de finalidades y que todo siempre tiene un fin.
El Sistema Funcionalista: construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal.

Unknown said...
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Unknown said...

PARADIGMA DEL DELITO:
En nuestro país el DELITO es un tema muy controversial ya que, el solo hecho de cometerlo implica ir en contra de nuestra carta magna poniendo en juego los derechos fundamentales de la persona como es la libertad que caracteriza alas sociedades democráticas.
Según la lectura el derecho penal explica este paradigma en las siguientes corrientes:
El Causalismo Naturalista: esta teoría trata de encaminar el derecho penal a lo observable y verificable.
El Causalismo Valorativo: planteamiento que estudia el delito a través de ideas, utilizando métodos empíricos y valorativos.
El Sistema Finalista: explica que el mundo siempre se organiza a través de finalidades y que todo siempre tiene un fin.
El Sistema Funcionalista: construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal.

Elyana Gárate Ramón
UNAC
Turno: mañana 01- 2008B
CÓdigo: 080426K

CARNAQUE CARDOZA ANGEL said...

EN EL TEXTO DICE QUE EL DELITO ES UNA ACCION Y EL AUTOR LIZST-BELING MENCIONA QUE UNA ACCION ES UN MOVIMIENTO CORPORAL VOLUNTARIO..., ENTONCES PUEDO DECIR QUE EL DELITO ES VOLUNTARIO. Y ESTE CONCEPTO EN LA REALIDAD SE APRECOA QUE SE DA, YA QUE VEMOS QUE HAY GENTE QUE COMETE DELITOS VOLUNTARIAMENTE, ES DECIR, SABIENDO QUE ES LO QUE HACEN.
EN EL SISTEMA FINALISTA MENCIONA QUE EL DELITO TIENE UN FIN, Y EN VERDAD ES CIERTO, PORQUE VEMOS GENTE QUE COMETEN DELITOS POR VENGANZA, SIENDO LA VENGANZA EL FIN DEL OBJETIVO.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
DERECHO PRIVADO, PUBLICO Y SOCIAL
CARNAQUE CARDOZA ANGEL
01-C

CHRISTIAN said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
ESTUDIANTE: CHRISTIAN BASTIDAS MORALES
CÓDIGO: 084004C

EL Paradigma del Delito
El delito es un acción, típica, antijurídica y culpable. Todo acto humano para considerarse como delito debe adecuarse al tipo penal. Aquello que no está prohibido, es permitido. Un acto típicamente antijurídico puede dejar de ser tal si median las causas de justificación. También si al acto típicamente antijurídico le falta algún elemento de la culpabilidad, el delito deja de considerarse como tal. En ocasiones, quien comete un acto típicamente antijurídico y culpable no se le aplica la sanción por las llamadas causas de impunidad.

El paradigma del delito puede analizarse desde un punto de vista filosófico y ontológico.
Causalismo Naturalista (Lizst- Beling): la acción es un movimiento corporal voluntario. Trató de encuadrar el Derecho Penal a lo observable y verificable, creando el normativismo y naturalismo. Consideró a la tipicidad objetiva y descriptiva, a la antijuricidad objetiva y valorativa, y a la culpabilidad la analizó desde el punto de vista de la relación hecho-autor, considerando al dolo y la culpa como 2 formas de culpabilidad.

Causalismo Valorativo (Neokantiano): estudia el delito orientado a valores e ideales. La acción pasó a ser según:
-Zaffaroni: conducta humana.
-Mezger: comportamiento voluntario.
-Meyer: realización de la voluntad humana.
Divide a las ciencias en 2: Ciencias de la Naturaleza (método empírico y de la observación) y Ciencias del Espíritu (método comprensivo y valorativo).
Considera a la tipicidad descriptiva y valorativa, a la antijuricidad objetiva y valorativa, y a la culpabilidad normativa y valorativa. Lo importante era el conocimiento de la ilicitud o reprochabilidad.

Sistema Finalista: explica el delito con 2 corrientes filosóficas:
-Ontologismo Fenomenológico, el mundo se organiza de acuerdo a finalidades.
-Epistemología, todos los fenómenos tienen un fin.
Considera la acción como el ejercicio de la actividad final (Welzel). Incluye en la tipicidad el análisis del dolo y la culpa, considera que la antijuricidad es objetiva, subjetiva y valorativa, y que lo importante en la culpabilidad es el conocimiento de la ilicitud.

Sistema Funcionalista (Roxin): une 2 corrientes filosóficas: sociología sistémica e idealismo neokantiano. Construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal. La acción es una conducta socialmente relevante. En su vertiente mesurada, este sistema deja de lado el libre albedrío dando paso a criterios normativos y axiológicos. En su vertiente extrema (Gunter Jakobs), otorga una visión tecnocrática al Derecho Penal y a la teoría del Delito. Considera al hombre una construcción social.

Hoy en día, el delito ya parece una costumbre en la vida cotidiana como si se tratase de algo bueno. Las personas siguen cometiendo toda clase de delitos que ya ni las autoridades pueden contenerlas en ciertas zonas, por lo que el mismo pueblo se toma la ley en sus manos, lo cual, opino yo, está bien a falta de seguridad. El mejor remedio para el peruano sería aprobar una ley de pena de muerte para asesinos y violadores, y el máximo de años para los ladrones y fuertes multas para delitos menores, así la gente aprenderá con el tiempo que es lo que le está prohibido hacer.

LUISINHITO said...

Buenas a todos los lectores,he leido el texto anterior y se me hizo un poco confuso de entenderlo,pero saca una idea general que para mi abarca todo el tema. la idea general del DELITO es que es una violación o abandono de la ley, porque ningún acto se le puede reprochar al hombre si no hay ley que lo prohíbe; un acto se convierte en delito cuando choca con la ley, puede ser malvado, dañoso,ect, pero no será delito si la ley penal no lo tipifica.

Por otra parte, si bien es cierto que solamente las conductas que prevé la ley penal pueden ser consideradas como delitos, la preparación de esas conductas, no obstante que no constituyan propiamente un delito, sí son la tentativa del mismo, la que será penada cuando se pretenda afectar un bien jurídico que trascienda a la seguridad de la sociedad, además del individuo que sufre la lesión causada por el delito.

marian manchego said...

EL PARADIGMA DEL DELITO

El delito es una accion tipica antijuridica y culpable,hay distintas teorias que explican el delito entre las cuales tenemos:
Causalimismo naturalista, Causalismo valorativo, Irracionalismo, finalismo.las cuales nos ayuda a entender un poco mas sobre el delito y asi tomar conciencia de lo que pasa en nuestra sociedad .
UNAC
MARIAN MANCHEGO MARINO
01C 20008-B

Unknown said...

PARADIGMA DEL DELITO:
Este es un problema que a través del tiempo se ha ido agudizando ya que existe un descontrol en las sociedades el cual contribuye a que se presenten conductas delictivas que alteren el orden y bienestar público.
El derecho penal explica este paradigma en cuatro corrientes:
El causalismo valorativo: Es aquel que se orienta a lo ético y moral.
El causalismo naturalista: se enfoca a todas las conductas prohibitivas que van en contra de las normas legales.
El sistema finalista: explica que el mundo se encuentra en una constante organización, la cual hace que todos los fenómenos lleguen a un fin.
El sistema funcionalista: describe el delito orientada en la base político- criminal del derecho penal.

GUEVARA RIMARACHIN, SANDY CORAL
084003G
UNAC
FCC
01-C

mili said...

MILAGROS VALCARCEL BENITES
01C 2008-B
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
CURSO: DERECHO PUBLICO PRIVADO Y SOCIAL


En el texto menciona a los conjuntos de la TEORIA DEL DELITO, describiendo uno a uno y mostrando su importancia, como ellas están siendo parte del Derecho Penal. Nombra el desarrollo de corrientes filosóficas las cuales han sido de gran aporte para el derecho, cita también filosos como Kant mediante se dio el estudio valorativo en el sentido de comprender.
Bueno debemos tomar en cuenta cada uno de estos puntos pues nos llevan a tomar en cuanta cada unos de estos puntos y tratar de tomarlos en cuenta

maykol oswaldo tumbalobos salas said...

"EL PARADIGMA DEL DELITO"

Este tema nos habla acerca de todos los delitos ya que en nuestro país existe un sin numero de normas y leyes que sin darnos cuenta trasgredimos y por ende cometemos un delito, por mas pequeño que sea, esto esta penado. Peor lo mas insólito pasa cuando las autoridades de nuestro país no hacen nada contra las personas que cometen delitos una y otra ves y lo único que queda es hacer justicia por sus propias manos aunque esto es un tema bien ambiguo porque puede que este justificado este hecho o no, solo depende del estado cambiar esto.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO

FACULTA DE CIENCIAS CONTABLES

TUMBALOBOS SALAS MAYKOL 072381-A

DERECHO PRIVADO, PUBLICO Y SOCIAL

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
NOMBRE. PATRICIA DORIS ALFARO SOTO
FACULTAD.CIENCIAS CONTABLES.
AULA .01C
COD.080307A.
EL DELITO ES UN ACTO CRIMINAL, Y QUE POR LO TANTO DEBE SER JUZGADO COM TODO EL PESO DE LA LEY.
EN NUESTRA SOCIEDAD SE VEN MUCHOS CASOS DE DELITOS QUE QUEDAN IMPUNES,COMO POR EJEMPLO DE NUETROS GOBERNANTES TANTA CORRUPCIÓN QUE SE VE, DEBERIAN VER SANCIONES EN FORMAS RADICALES E IMPARCIALES PARA CUALQUIER CLASE DE SECTOR SOCIAL, SIN EXCEPCIÓN, DEBEN APLICARSE LEYES CONCRETAS.
EL DELITO TIENE QUE SER JUZGADO DE ACUERDO A LA GRAVEDAD DE LA FALTA Y SER SANCIONADA CON UNA PENA.
EL DELITO ES DE CARACTER PRACTICO E INSTRUMENTAL, LOS JURISTAS DEBEN ASUMIR ESTOS CASOS CON MUCHA IMPARCIALIDAD.

JoseLuis said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
DERECHO PRIVADO Y PÚBLICO
CHAVEZ CARRILLO JOSE LUIS
AULA:01-C
CÓDIGO:080027I

El tema tratado es de suma importacia ya que en el Peru de hoy se comenten cantidades de delitos.
Pienso que todo delito debe ser bien sancionado asi sea delito leve o agraviado, puesto que a las finales es un delito y sea cual sea el caso, causa malestares a las personas agraviadas.
El estado debe poner un drastico castigo a los robos menores ya que estos no son sancionados de la manera que debe ser, ya que solo los encierran un dia y al ida siguiente ya estan libres, es por eso que estos ladrones siguen con su misma rutina y no reflexionan para nada. Dandoles un castigo merecido ya no les dara ganas de volver a hacerlo y asi se puede disminuir la delincuencia en nuestro Peru.

jesus manuel zafra said...

el delito es uno de los problemas que se ve a diario en nuestro pais, es el hecho de no cumplir una ley o norma ,el delito es una accion humana que esta normada por el codigo penal, y aun asi estas van en aumento ,por tanto las autoridades deben ser mas severas en los castigos inpuestos a estos infractores

Unknown said...

El texto nos informa de los diferentes conceptos que han surgido a través de la historia sobre el delito, en primer lugar, está; el causalismo naturalista que valorizo lo objetivo y descriptivo del delito; en segundo lugar, se encuentra, el causalismo valorativo que se baso en los valores e ideales del comportamiento y en la voluntad humana y finalmente se menciona a los sistemas. El sistema finalista mezcla de dos corrientes filosóficas: el ontologismo y la epistemología y el sistema funcionalista fusión de sociología sistémica y el idealismo neokantiano.
Todas estas corrientes a lo largo del tiempo han ido tomando distintas apreciaciones originándose unas concepciones pluralistas a lo largo del mundo, pese a todo ello, el individuo siempre ha estado, en búsqueda de acciones que demuestren a cabalidad sus argumentos evitando caer en contradicciones que lo conlleven a afrontar una pena legal.
En suma se diría que se busca un juicio ideal con el fin de un bienestar social.
Universidad Nacional del Callao
Facultad de Ciencias Contables
Derecho Privado,Público y Social
080412J
01-C

Unknown said...

El texto nos informa de los diferentes conceptos que han surgido a través de la historia sobre el delito, en primer lugar, está; el causalismo naturalista que valorizo lo objetivo y descriptivo del delito; en segundo lugar, se encuentra, el causalismo valorativo que se baso en los valores e ideales del comportamiento y en la voluntad humana y finalmente se menciona a los sistemas. El sistema finalista mezcla de dos corrientes filosóficas: el ontologismo y la epistemología y el sistema funcionalista fusión de sociología sistémica y el idealismo neokantiano.
Todas estas corrientes a lo largo del tiempo han ido tomando distintas apreciaciones originándose unas concepciones pluralistas a lo largo del mundo, pese a todo ello, el individuo siempre ha estado, en búsqueda de acciones que demuestren a cabalidad sus argumentos evitando caer en contradicciones que lo conlleven a afrontar una pena legal.
En suma se diría que se busca un juicio ideal con el fin de un bienestar social.

Universidad Nacional del Callao
Facultad de Ciencias Contables
Derecho Privado,Público y Social
080412J
01-C

MaRLiTo...!!! XD said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
CICLO I AULA 01C 2008B
Marlon Huayhua Pasmiño 80309D

Este tema es muy polémico. Porque los delitos ocurren a cada momento en cualquier parte del PERU, nuestro país actualmente no tiene un gobierno serio y firme que se preocupe por el bienestar de nosotros. Pero no le podemos echar la culpa al gobierno, ya que los culpables somos todos. El gobierno por no poner fin a todos estos actos de vandalismos que hay y nosotros por tomar las malas influencias de ciertas lacras de la sociedad. Hoy en día la justicia puede ser injusta para algunos quizás mayormente para los que tienes bajos recursos económicos. Y esos algunos que menciono quieren tomar la justicia por sus propios métodos. La verdad todo esto es un problema de todos… deberíamos cambiar todo esta situación para una mejor vida!!!

Unknown said...

El PARADIGMA DEL DELITO.

De acuerdo a este paradigma el delito es visto desde diferentes puntos de vista conocidos como teorías, pero todas llegan a la misma conclusión, que el delito es una acción que se genera producto de una causa, es típico porque describe, antijurídico porque es valorativo y culpable porque es normativo. En mi opinión el delito siempre debe de ser castigado, pero teniendo en cuenta el nivel en el que se dé y la situación.
Digo esto porque hay personas que sobornan a los jueces, y como se dice con un buen dinerito salen libres de culpas, lo cual no debería ser porque es una injusticia para el agraviado.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
ALUMNA: Abanto Lobatón, Ana Carolina.
CODIGO: 080018J
GRUPO HORARIO: O1C-2008B

GASPAR QUISPE said...

GASPAR QUISPE
FCC-UNIVERSIDAD NACIONL DEL CALLAO
01C MAÑANA-080296J
Al hablar del PARADIGMA DEL DELITO
nos referimos a la conceptualizacion de este,por un lado el Causalismo Naturalista y Valorativo nos dan aconocer un concepto q sustenta la conducta humana encerrada en un cuadro mecanista, y por otro el Sitema finalista y funcional nos habla de un paradigma un poco mas imparcial al referirce a la accion relevante q comprende conductas prohibidas.
En mi opinion referida a estos dos puntos el concepto de delito encirra el comportamiento prohibido, efectuado atraves de la accion voluntaria q es fruto de una mala formacion moral y social.

GASPAR QUISPE said...

GASPAR QUISPE
FCC-UNIVERSIDAD NACIONL DEL CALLAO
01C MAÑANA-080296J
Al hablar del PARADIGMA DEL DELITO
nos referimos a la conceptualizacion de este,por un lado el Causalismo Naturalista y Valorativo nos dan aconocer un concepto q sustenta la conducta humana encerrada en un cuadro mecanista, y por otro el Sitema finalista y funcional nos habla de un paradigma un poco mas imparcial al referirce a la accion relevante q comprende conductas prohibidas.
En mi opinion referida a estos dos puntos el concepto de delito encirra el comportamiento prohibido, efectuado atraves de la accion voluntaria q es fruto de una mala formacion moral y social.

mayela perez said...

En este texto podemos encontrar el conjunto de elementos que se encuentran en el texto de teoría de delito, ya que aquí podemos encontrar un breve resumen de la historia, en la cual el problema se ha ido agudizando en las sociedades, el cual contribuye a que se presenten conductas delictivas que alteren el orden y bienestar público.
También podemos definir que en este texto encontramos cuatro corrientes:
El causalismo valorativo: Es aquel que se orienta a lo ético y moral.
El causalismo naturalista: se enfoca a todas las conductas prohibitivas que van en contra de las normas legales.
El sistema finalista: explica que el mundo se encuentra en una constante organización, la cual hace que todos los fenómenos lleguen a un fin.
El sistema funcionalista: describe el delito orientada en la base político- criminal del derecho penal.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PRIVADO PUBLICO Y SOCIAL
MAYELA PEREZ RODAS
CODIGO: 080380K
G.H. 01 C-2008B

raul_paz said...

PARADIGMA DEL DELITO

el texto trata aserca del delito como punto principal.
en cual el delito es considerado como un acto voluntario.
ahora bien entendamos por delito todo aquello que quebranta una ley.
en el texto tambien nos habla aserca de las doctricas de diferentes pensadores en cual cada uno tiene diferente maneras de expresarse aserca del delito.
pero hay un punto en el cual casi todos convergen y es en el que el delito es una accion tipica, antijuridica y culpable.

universidad nacional del callao
raul huaman campos
codigo:080352G

Aejandra said...

FLORA ALEJANDRA ALVA LAYME
CÓDIGO:080302-J
01-C
FCC-CONTABILIDAD

PARADIGMA DEL DELITO:
Respecto al delito sabemos que es una acciòn típica, antijurídica que se adquiere por medio de un modelo sabiendo que es penado que comete la persona en diferentes tipos de delito, donde prohibe predominadamente la ley en virtud de la cual una causa produce una o más efectos observables y verificables dando lugar a la criminología natural(CAUSALISMO NATURALISTA).
Y como dice Kant estudia el delito según los valores e ideales tanto acciones y pensamientos, e utiliza el método empírico de tal modo juzga en el otro método comprensivo de las acciones según como le parece.

Alberto Dominguez said...

Alberto Miguel Dominguez Bernaola
01c - 2008b
codigo 080021k

existen diversas teorias que nos tratan de explicar acerca del delito y sus paradigmas, pero lo q si es muy cierto es q el delito es un acto que va en contra de toda normal moral y social, no hay delito menor ni mediano todos los delitos deberian ser jusgados de la misma manera y penados de acuerdo a la magnitud del hecho.

miguel sandoval said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
MIGUEL ANGEL SANDOVAL ASURZA
CODIGO:080403K
AULA:01C
FCC
CICLO: I - 2008B

ESTE TEXTO SE CENTRA MAYORMENTE SOBRE EL TEMA DEL DELITO LA CUAL HAY D DIFERENTES TIPOS Y LA CUAL OCURRE FRECUENTEMENTE EN NUESTRO PAIS...El delito es un acto humano, culpable, contrario al derecho y sancionado con una pena y
tambien son delitos las acciones determinadas por motivos individuales (egoístas) y antisociales, que turban las condiciones de vida y lesionan la moralidad media de un pueblo dado, en un momento dado».por eso es bueno siempre poner en accion nuestras normas morales q nos enseñaron y asi poder contrarrestar todo delito q se pueda ocasionar y asi poder tener una cultura mas desarrollada

AnitaLazo said...

Este argumento es defindo como una conducta o acciòn tìpica y es Antijurìdica ;por que va en contra del derecho .
El Estado deberia de ser mas severo en cuanto a este tema.
Cada uno es dueño de sus actos sabemos muy bien que es lo bueno y lo malo,y no hagamos que nuestra sociedad este en la violencia o mejor dicho siga viviendo en violencia.

AnitaLazo said...

Univ.Nac.del Callao
Facultad de Ciencias Contables
Anita Lazo Pastor
Cod.080299 I Aula : 01C

Este argumento es defindo como una conducta o acciòn tìpica y es Antijurìdica ;por que va en contra del derecho .
El Estado deberia de ser mas severo en cuanto a este tema.
Cada uno es dueño de sus actos sabemos muy bien que es lo bueno y lo malo,y no hagamos que nuestra sociedad este en la violencia o mejor dicho siga viviendo en violencia.

Unknown said...

Este texto me da a entender que el PARADIGAMA DEL DELITO se muestra desde diferentes puntos de vistas ya sea naturalista,que se basa en los hechos; valorativo,se deja llevar por la forma de pensar de cada persona; finalista, que nos dice que el mundo actúa con un fin y funcionalista,que se basa en la función político criminal del Derecho Penal. Pero siempre se vale de cuatro principios fundamentales que son: la acción, la tipicidad, la antijuridismo y la culpabilidad.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
ALUMNA: Ayala Damián, Karla S.
CODIGO: 080361F
GRUPO HORARIO: O1C-2008B

Eliana Barco Salazar said...

Este tema es muy interesante, hoy en día los delitos ocurren a cada momento, nuestro país no tiene un gobierno que realmente se preocupe por el bienestar de su gente y que las normas y leyes se cumplan como están establecidas, y eso también tiene parte de culpa el pueblo ya que no esta unido y no exigimos que el gobierno los haga cumplir.
Por mi parte pienso que deberiamos pedir al gobierno que autorise el funcionamiento de las rondas vecinales para ayudar a combatir la delincuencia.
Eliana Barco
F.C.C
UNAC

Edwind said...

EDWIND RAPHAEL GARCIA YUPANQUI
CODIGO:080019F
1ER CICLO
Lo que entiendo es que el paradigma del delito es algo inevitable para la sociedad ya que siempre va haber infracciones y no importa cual fuese la magnitud del delito ¡todo acto delictivo debe de ser sancionado¡¡

Marianela said...

Rosa Marianela Román Arias
UIGV Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Aula -201
Turno - tarde
Código 100021708
La teoría del delito abarca un conjunto de preposiciones sistemáticas organizadas que pretenden explicar la naturaleza jurídica del hecho punible. Sin embargo, en el Derecho Penal el paradigma predominante es que el delito es una Acción, Típica, Antijurídica y Culpable. A este estudio, veremos cuatro teorías:
1° El Causalismo Naturalista.
2° El Causalismo Valorativo.
3° El Sistema Finalista.
4° El Sistema Funcionalista.
1° El causalismo Naturalista de Lizst-Beling, sostiene que la acción tiene relación de causalidad con el resultado. Su desarrollo se produjo en el último tercio del S. XIX y primeras décadas del S. XX. El pensamiento fue mecanicista y causalista de la acción. Da un desarrollo de la dogmática del Derecho Penal y a la Criminología. Consideró que la tipicidad era objetiva y descriptiva; la antijuricidad, objetiva y valorativa; a la culpabilidad la analizó en una relación hecho - autor; y consideró al dolo y la culpa como dos formas de culpabilidad.
2° La teoría del causalismo valorativo (neokantiano) analiza el delito en función a valores e ideales. El derecho se ubica en las ciencias del espíritu según Kant. Se establece que la tipicidad es descriptiva, valorativa; la antijuricidad, objetiva y valorativa; la culpabilidad es normativa y valorativa, en la que lo importante es el cono cimiento de la ilicitud.
3° El sistema finalista explica el delito uniendo dos corrientes filosóficas: el ontologismo fenomenológico y la epistemología, determinándose que la acción es la actividad final (Welzel). En el análisis de la tipicidad incluye al dolo y la culpa; y determina que la antijuricidad es objetiva, subjetiva y valorativa; y que lo importante en la culpabilidad es la reprochabilidad.
3° El sistema funcionalista, también une dos corrientes filosóficas: la sociología sistémica y el idealismo neokantiano. Construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal. El tipo cumple un fin preventivo, comprende las conductas prohibitivas, pero no las permisivas. Para Gunter Jakobs (representante del sistema funcionalista en su vertiente extrema), el hombre es una construcción social, la acción es parte de la teoría de la imputación y la culpabilidad es infidelidad al derecho.
El análisis del delito como conducta humana es compleja e inaceptablemente transgresora de la norma estatal prohibitiva o imperativa. Debe entenderse el delito como una conducta humana transgresora de una previsión creada por el legislador para tutelar determinados bienes jurídicos y son sus rasgos distintivos la tipicidad, antijuricidad y la culpabilidad, descartándose la punibilidad porque esta constituye su consecuencia.
El Tema escogido por el Dr. Faustino Beraun Barrantes es un gran aporte a la sociedad estudiantil y a los operantes del derechos estatal, estable al Derecho Penal sus teorías, de igual forma nos da un ejemplo versado de la intima relación de la ciencia penal con otras ciencias como la economía, la Filosofía, la sociología, y la psicología .

Andree said...
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julio said...

Yo estoy de acuerdo con el sistema funcionalista (ROXIN); que habla en la teoria de la causalidad adecuada, que se requiere que el resultado causado por el autor, fuese hasta cierto punto probable al realizar la accion; para que este se pueda contemplar como causa del resultado, que es opuesta a la teoria de jackob que habla que la persona no es responsable mientras no se salga de su rol. por ejemplo: el dueño de un restaurante le dice a un moso que por favor le lleve este plato al señor de la esquina, pero este moso estudia medicina y se da cuenta de que la comida estaba envenenada, pero aun asi se lo da al señor de la mesa, este señor se lo come y al rato fallecia.

En este caso concreto segun la teoria de jackob, diria que el moso no es responsable porque no se salio de su rol de ser moso por lo tanto no se le puede imputar una sancion; en cambio la teoria de roxin que es la que se usa en el peru diria que tambien es responsable el moso; porque el moso sabia que la comida tenia veneno gracias a sus conocimientos de medicina, y en ese momento esta en las manos del moso la vida de esa persona, y aun sabiendo eso decide darselo, entonces si se le imputaria al moso.

julio said...

La accion es la conducta voluntaria, que consiste en un movimiento de su organismo destinado a producir cierto cambio en el mundo exterior vulnerando una norma prohibitiva. se dice que es tipico al encuadramiento de la conducta humana en el tipo penal; la antijuridicidad es el desvalor de una accion tipica contrario a las normas del Derecho en general; y es culpable porque son circunstancias específicas que concurrieron en la persona en el momento de la comisión del hecho ya calificado como típico y antijurídico. Se trata del elemento del delito en el que la persona se relaciona con del ius puniendi (estado),la culpabilidad como la reprochabilidad de un acto típico y antijuridico.

glenny said...

UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

GLENNY ARCE PORTELLA
CICLO: VI
SECCION: A
AULA:305

TEMA: PARADIGMA DEL DELITO

La teoría del delito abarca un conjunto de preposiciones sistemáticas organizadas que pretenden explicar la naturaleza jurídica del hecho punible. Sin embargo, en el Derecho Penal el paradigma predominante es que el delito es una Acción, Típica, Antijurídica y Culpable. A este estudio, veremos cuatro teorías:

*EL CAUSALISMO NATURALISTA.- estudia el delito en orientación a valores e ideales. Kant, dividió las ciencias en dos: las ciencias de la naturaleza y las ciencias del espíritu.

*EL CAUSALISMO VALORATIVO.- estudia el delito en orientación a valores e ideales. Kant, dividió las ciencias en dos: las ciencias de la naturaleza y las ciencias del espíritu. En las primeras, se utiliza el método empírico y de la observación y, en las segundas, el método comprensivo y valorativo. En éstas últimas se encuentra el derecho.

*EL SISTEMA FINALISTA.- para explicar el Delito une dos corrientes filosóficas: el ontologísmo fenomenológico (el mundo se organiza de acuerdo a finalidades) y la epistemología (todos los fenómenos tienen un fin); en las cuales se señala que la acción es el ejercicio de la actividad final (Welzel); incluyendo en la tipicidad el análisis del dolo y la culpa: considerando que la antijuricidad es objetiva, subjetiva y valorativa y, que lo importante en la culpabilidad es la reprochabilidad, el conocimiento de la ilicitud

*EL SISTEMA FUNCIONALISTA.- la sociología sistémica y el idealismo neokantiano, construye la teoría del delito en base a la función político criminal del Derecho Penal. La acción es una conducta socialmente relevante; el tipo cumple un fin preventivo y construye la estructura del injusto señalando que, el tipo comprende las conductas prohibitivas, pero, no las permisivas.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
Obregón Ortiz, Nathalie Stefany
092248E 01-C
CURSO: DERECHO PRIVADO, PÚBLICO Y SOCIAL
Buenas noches...
En esta lectura podemos encontrar 4 corrientes que de manera clara nos explican cada una de ellas la cuales son:
CAUSALISMO NATURALISTA: era objetiva y descriptiva,en la cual se impuso un pensamiento mecanista y causalista a la accion.
CAUSALISMO VALORATIVO: aqui se estudiaal delito en orientacion a valores e ideales,decimos que paso a ser una conducta humana donde lo importante era el conocimiento de la ilicitud o reprochabilidad.
SISTEMA FINALISTA: decimos que es el ejercicio de la actividad final considerando que es objetiva,abjetva y valorativa y lo importante es el conocimiento de la ilicitud.
y finalmente,SISTEMA FUNCIONALISTA: es una conducta social reevante comprende las conductas prohibidas y debe ser vista como una necesidad especial de la pena.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
EVELYN VANESSA DIAZ SALAZAR
CODIO:094212H
AULA:01C
CURSO: DERECHO PRIVADO, PÚBLICO Y SOCIAL
el paradigma del delito es una lectura importante para la sociedad.
veremos algunos conceptos

CAUSALISMO NATURALISTA:
Distingue las fases interna (ideación, deliberación, resolución) y externa (exteriorización, preparación, ejecución) del delito. Distingue entre elementos objetivos (tipicidad y antijuridicidad) y subjetivos (culpabilidad) del delito. El tipo se limita a elementos de carácter externo, negando la posibilidad de justificar alguna acción, cuya valoración jurídica sólo puede tener cabida dentro del análisis de la antijuridicidad.
desde un punto de vista es la relacion de hecho-autor

CUSALISMO VALORATIVO:estudia el delito en orientación a valores e ideales.
Postula la existencia de los elementos normativos y subjetivos del tipo, con lo que se separa de la concepción netamente objetiva estableciendo la necesidad de analizar en el tipo un contenido de valor o de intencionalidad.

EL SISTEMA FINALISTA:
aca participa dos corrientes filosoficas el ontologismo fenomenologico y la epistemologia ya que incluye el dolor y la culpa.

EL SISTEMA FUNCIONALISTA:
yo opino que esta relacionado con el derecho penal, donde el recluso esta prohibido a su libertad.

en conclusion podemos decir que en nuestro pais se cometen delitos ,como la violencia , el robo, la matanza y hoy en dia las auotridades no hacen nada.
pues por eso podemos ver en television que muchos pueblos hacen justicias por sus propias armas , ya que las autoridades no las escucha y no hacen nada .
pues es hora que nuestro pais cambie , que las autoridades tomen conciencia y tomen buenas decisiones y no seguir permitiendo delitos que estan azotando nuesttro pais.

rogger361 said...

Universidad nacional de callao
Nombre: rogger sejo hinojosa
Código: 094210E
Turno: 01-C
curso:derecho publico y privado social


En el texto leído el delito es visto como un movimiento ilícito y con diferentes ideas de autores que expresan que es el paradigma del delito pero en realidad el delito en nuestro país es visto aquel que roba aquel que rompe las reglas y normas de la sociedad , pero y nuestros grande lideres políticos no roban al país cada ves mas…regresando al tema del paradigma del delito diría que no es una acción que nos lleve a progresar como personas , también concuerdo que debería tener una sanción… así que de una manera o otra deberíamos tomar este texto como idea de que es el delito y saber a que nos lleva si caemos en el…

cynthia silvana said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PÚBLICO,PRIVADO Y SOCIAL
CYNTHIA OSTOS QUIÑONES
094204E
01-C
El paradigma del delito es un tema muy delicado en un país como el nuestro en el que incluso detenerse ante un señal del semafóro parece no importarle a la mayoría o detenerse a mitad o prácticamente al final del crucero peatonal es fastidioso,a pesar de la evolución que a tenido el derecho penal parece que este no es muy conocido en nuesro país.

Andrea Pereyra said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
ELIZABETH ANDREA PEREYRA CALVO
CÓDIGO:094208K 01C
Esta lectura tiene mucha relación con la lectura Teoría del delito.
Es interesante ver como todo lo que hoy conocemos como ley y la aplicación del mismo, fueron objetos de una serie de cambios, censuras e ideales.En general lo que mejor se conoce como evolución,
tanto en su definición como en su uso.
Sabemos, que al realizar una acción tipica de delito,se genera una violación de la ley y por ende,también un castigo.Suena fácil describirlo,pero en epocas pasadas, tanto en las corrientes o sistemas que se detallan con exactitud en la lectura,pues fue de tedio en su aplicación por las propuestas de cada posición.
En nuestro país, es típico que todos los días se cometan delitos,y obviamente se generen los castigos.Para otorgarlos, primero pasa por una serie de etapas, en la cual se toman varios puntos,en los cuales el paradigma tomado debe ser el correcto.

KAREN ELENA said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
Karen Elena Barbeyto Toledo
Codigo: 094211A
Curso: DERECHO PRIVADO, PÚBLICO Y SOCIAL
Turno: 01C
Tema muy relacionado con la lectura anterios "Teoría del delito" en la cual vemos la similitud de las diferentes sanciones que se puede recibir por cometer actos indebidos que van en contra de la ley, que por lo tanto son violaciones que merecen con mucha razón un justificado castigo. Claro cada delito con su respectiva sanción, pues vemos que desde años atrás se ha podido observar como castigaban los diversos delitos, cosa que disminuyó la violencia pero a través del tiempo y ahora en la actualidad los delitos no son castigados tan duros como antes pero igual tienen un grado de sanción para cada delito comentido.
Muchas gracias por estas lecturas que nos permiten analizar y aún mucho más reflexionar sobre los diferentes casos que violaciones que se dan y sobre las sanciones que pueden recibir si en caso se comete estas infracciones.

Unknown said...

Universidad Nacional del Callao
Alza Wong, César Eduardo
092383J
01-C
Derecho Privado Público y Social

Si comparamos las dos primeras corrientes que son el Causalismo Naturalista y el Causalismo Valorativo, podemos darnos cuenta,entre otras cosas, de que mientras dentro del Causalismo Naturalista la tipicidad aparte de ser descriptiva es objetiva, dentro del Causalismo Valorativo la tipicidad sigue siendo descriptiva, pero en vez de objetiva pasa a ser valorativa; pienso que el cambio obedece a que el Causalismo Valorativo se enfoca más en las ciencias del espíritu que es en donde se encuentra el derecho.
En el caso de las dos últimas corrientes que son el Sistema Finalista y el Sistema Funcionalista, podemos darnos cuenta de que si algo tienen en común ambas corrientes es que basan su análisis apoyándose de corrientes filosóficas.
También se puede observar que el Sistema Funcionalista tiene una influencia directa del Causalismo Valorativo por el idealismo NeoKantiano.

rogelio said...

Universidad Nacional del Callao
Rogelio Edson Segura Cajachagua 01-C 092262H
En este artículo nos explica las diferentes visiones que tuvo el derecho en la historia a nivel de derecho penal que al parecer este argumento es un poco complicado de poder interpretarlo ya que el derecho en si esta relacionado con un poco de ideas filosóficas y juntas establecen leyes que corrigen al ser humano y ordenar la vida del ser humano es complicado ya que este esta acostumbrado al libre albedrio siendo así, para que una conducta sea punible debe tener ciertos requisitos obligatorios que deben ser ejemplos siendo la tipicidad, culpabilidad y la antijuridicidad un ejemplo descubriendo conductas que sea considerado delitos. Y así tenemos tres conceptos la de Causalismo Naturalista; la del causalismo valorativo y sistema finalista el primero consideró que la tipicidad era objetiva y descriptiva; la antijuricidad, objetiva y valorativa en el sentido causal objetivo externo; y en lo que respecta a la culpabilidad y también consideró el dolo y la culpa como dos formas de culpabilidad, el segundo estudia el delito en orientación de valores e ideales, divide las ciencias en dos las ciencias de la naturaleza y las ciencias del alma y es en esta en la que se encuentra el derecho, también define a la acción coko una conducta humana, un comportamiento voluntario y la realización de una voluntad humana y la tercera une dos corrientes filosóficas el ontologismo fenomenológico y la epistemología y señala que la acción es el ejercicio de la actividad final.

Unknown said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
ALUMNA: CHIPANA MENDOZA LIZ R.
CODIGO: 092019F
01C
CURSO: DERECHO PUBLICO, PRIVADO Y SOCIAL
COMENTARIO:
El texto trata principalmente del delito cosa q en la actualidad se esta intensificando en toda sociedad empezando con las personas de mayor poder y tbm personas que no tienen principios ni normas ya que nosotros estamos sujetos a un sin numero de normas y leyes que algunos no cumplen .Los delitos se vendrian a cometer por una mal formación social de lo que vendria a ser permisivo y prohitivo , ya que la accion es algo voluntario del autor. Hay un sin numero de puntos de vista que utilizan diferentes escuelas filosoficas para explicar dichas caracteristicas ya que como vemos dia a dia hay delitos menores y delitos graves lo cual determinan diferentes formas de solucion .En nuestro pais es muy frecuente los delitos menores ya que hay robos, violaciones ,etc. El cambio esta en empezar por nosotros mismos quieren un pais diferente esta en sus manos

Gaby said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
ALUMNA:CASTILLO ENRIQUEZ,GABY MARILYN
CODIGO: 092366H
01-C
DERECHO,PUBLICO PRVADO Y SOCIAL

En esta lectura nos concretizan mas acerca del delito, dandonos una definicion mas exacta de lo que sginifica.Para ello las corrientes que surguieron de diferencias por los distintos puntos de vista que le da; veamos:

CAUSALISMO NATURALISTA: Lo define el movimiento corporal voluntario con la relación de causalidad con el resultado, es decir lo relaciona como hecho-autor.
CAUSALISMO VALORATIVO: Lo estudia hacia una inclinación de los valores e ideales; en la que la accion del delito se debe a una conducta humana y/o realización de una voluntad humana.
SISTEMA FINALISTA: Une dos corrientes tanto el ontologísmo fenomenológico como la epistemología señalando o interezandole al Derecho Penal la actuación del hombre que lo comprende como una acción final.
SITEMA FUNCIONALISTA: Esta también une dos corrientes, la sociologia sitemática y el idealismo neokantiano, que construye una teoría del delito en base a la función político criminal del derecho penal.

Ahora, podemos decir que en este y en muchos paises, violan las leyes de manera continua sin importan como desgracian a su país; con este informe podemos analizar que el estado no es severo con las leyes en el momento de hacer justicia.

Gaby said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
ALUMNA:CASTILLO ENRIQUEZ,GABY MARILYN
CODIGO: 092366H
01-C
DERECHO,PUBLICO PRVADO Y SOCIAL

En esta lectura nos concretizan mas acerca del delito, dandonos una definicion mas exacta de lo que significa.Para ello nos muestra las corrientes que surguieron durante varios años, con distintos puntos de vista; veamos:

CAUSALISMO NATURALISTA: Lo define el movimiento corporal voluntario con la relación de causalidad con el resultado, es decir lo relaciona como hecho-autor.
CAUSALISMO VALORATIVO: Lo estudia hacia una inclinación de los valores e ideales; en la que la accion del delito se debe a una conducta humana y/o realización de una voluntad humana.
SISTEMA FINALISTA: Une dos corrientes tanto el ontologísmo fenomenológico como la epistemología señalando o interezandole al Derecho Penal la actuación del hombre que lo comprende como una acción final.
SITEMA FUNCIONALISTA: Esta también une dos corrientes, la sociologia sitemática y el idealismo neokantiano, que construye una teoría del delito en base a la función político criminal del derecho penal.

Ahora, podemos decir que en este y en muchos paises, violan las leyes de manera continua sin importan como desgracian a su país; con este informe podemos analizar que el estado no es severo con las leyes en el momento de hacer justicia.

lucero said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
ALUMNA: CACHAY GUZMAN AUREA LUCERO
CODIGO:092345K
DERECHO PUBLICO,PRIVADO Y SOCIAL
01-C

Bueno en este tema nos hablan un poco más sobre el delito para tener una definición más amplia para poder entenderla mejor y así comienza explicándonos las diferentes movientes de tiempos atrás como son:
Causalismo naturalista: que no es más que un movimiento corporal voluntario que busca el resultado de modificaciones en el mundo exterior, unidos por un nexo causal.
Causalismo valorativo: va a estudiar al delito en orientación a valores e ideales. En donde al concepto naturalístico de la acción introduce el elemento humano de la voluntad.
Sistema finalista: aquí señala que la acción es el ejercicio de la actividad final y la acción es considerada siempre con una finalidad determinada de actuar conscientemente en función de un resultado propuesto voluntariamente.
Sistema funcionalista: la acción es una conducta socialmente relevante. el hombre es una construcción social, la acción es parte de la teoría de la imputación y la culpabilidad es infidelidad al derecho.
Así podemos ver como con los pasos del tiempo se han ido forando distintos movimientos para explicar el paradigma del delito. Así ahora podemos conocer cuáles fueron sus objetivos y ideales.

CarLa said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES

CARLA YAEMI FLORES SALVADOR
CÓDIGO_095206A
CURSO_DERECHO PRIVADO,PÚBLICO Y SOCIAL.

COMENTARIO:
En la lectura se puede apreciar las diferentes corrientes y apreciaciones para el delito.
Mientras que en las variaciones de l Causalismo, una se basa en la observación y verificación (Causalismo Naturalista) la otra se basa en lo empírico y axiológico (Causalismo Valorativo) . Así mismo en las variaciones de los Sistemas Finalista y Funcionalista , uno enfatiza en la acción como actividad final y el otro en la función político criminal del derecho penal, respectivamente.

jheymi said...

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
DERECHO PRIVADO PÚBLICO Y SOCIAL
HUAMAN MEZARINA JHEYMI
092259G
01-C

En la actualidad el mundo carece de una educación en valores y criterios normativos que nos guíen a un camino de paz y confraternidad, o si las hay no las cumplimos.
No es novedad hablar de robos, asesinatos y muchos otros actos delictivos, que lo único que hacen es crear un ambiente hostil que degrada nuestra esencia humana.
Creo que es momento que las autoridades cumplan con las exigencias que pide a gritos el pueblo, de erradicar la delincuencia y aquellos actos inmorales.
No esperemos crear guerras o que la gente tome justicia por sus propias manos para que recién el estado baje de sus laureles, y haga algo para reestructurar la nación, cuando lamentablemente ya los ciudadanos han creado un ambiente de conflicto, disconformidad y odio a sus semejantes y hacia sus autoridades que dicen ser “los que ponen orden en su país”.

cynthia said...

Universidad Nacional del Callao
Facultad de Ciencias Contables
Aula: 01c
cortez reyes cynthia
Código: 092014d

En este texto se habla acerca de 4 corrientes de como definen a los requisitos del delito (acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.

por otra parte en nuestro pais los delitos ocurren a cada momento es decir las personas violan la ley con cada homicidio ,violacion , corrupcion,etc. es decir todos estos actos hacen que las autoridades pierdan respaldo y se les concidere como autoridades debiles creo que estas autoridades deberian aplicar medidad mas severas que hagan que se pueda disminuir la ola de delitos y hasta nosotros mismos tambien debemos tener en cuenta nuestros principios y valores , para que mas adelante no caigamos en algun delito del que podamos arrepentirnos, ya que lo que se desea establecer es un destino comun, que trate de solucionar estee gran problema del delito.

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